Dudas laborales · Jornada, contrato y conciliación
¿Puedo pedir un cambio de horario para cuidar de mis hijos?
Sí. Puedes pedir adaptar la duración y distribución de tu jornada, tu horario, tu turno o trabajar a distancia para conciliar, hasta que tus hijos cumplan 12 años (art. 34.8 ET).
La empresa debe negociar contigo y responder por escrito en 15 días. Si no se opone de forma motivada, se presume concedida.
En detalle.
- La petición tiene que ser razonable y proporcionada para ti y para la empresa.
- Si la empresa la deniega o propone otra cosa, debe explicar las razones objetivas.
- Si no estás de acuerdo, puedes ir al juzgado en 20 días hábiles, sin papeleta previa.
- No reduce tu sueldo, a diferencia de la reducción de jornada.
Pide la adaptación de jornadaEl escrito del artículo 34.8, listo para entregar.
EmpezarLee el texto completo: artículo 34 del Estatuto.
Otras dudas sobre jornada, contrato y conciliación
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Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.
¿Eres empresa?
Hazlo bien a la primera.
Ante una petición del 34.8 tienes 15 días para negociar y responder por escrito con razones objetivas. El silencio equivale a concederla.
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