Tablas salariales de transporte de mercancías de Salamanca 2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
Hay 35 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +2,8 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. En festivo, más un 50 %. De común acuerdo, descanso retribuido equivalente dentro de los dos meses siguientes. (art. 23)
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo 1.º Personal superior y técnico | |||
| Director/a de área | 1.593,58 € | 25.725,90 €* | 17,89 € |
| Director/a de sucursal | 1.543,75 € | 24.978,45 €* | 17,37 € |
| Jefe/a de servicio | 1.486,71 € | 24.122,85 €* | 16,77 € |
| Titulado/a grado superior | 1.382,92 € | 22.566,00 €* | 15,69 € |
| Jefe/a de sección | 1.149,93 € | 19.071,15 €* | 13,26 € |
| Titulado/a grado medio | 1.149,93 € | 19.071,15 €* | 13,26 € |
| Jefe/a de negociado | 1.143,66 € | 18.977,10 €* | 13,19 € |
| Jefe/a de tráfico de primera | 1.130,20 € | 18.775,20 €* | 13,05 € |
| Jefe/a de tráfico de segunda | 1.079,11 € | 18.008,85 €* | 12,52 € |
| Encargado/a general de agencias de transporte | 1.127,97 € | 18.741,75 €* | 13,03 € |
| Inspector/a visitador/a de empresas de mudanzas | 1.079,11 € | 18.008,85 €* | 12,52 € |
| Jefe/a de taller | 1.254,97 € | 20.646,75 €* | 14,35 € |
| Contramaestre o encargado/a | 1.109,30 € | 18.461,70 €* | 12,83 € |
| Grupo 2.º Personal administrativo | |||
| Oficial de primera | 1.087,53 € | 18.135,15 €* | 12,61 € |
| Oficial de segunda | 1.031,34 € | 17.292,30 €* | 12,02 € |
| Encargado/a de almacén de agencias de transporte | 1.063,49 € | 17.774,55 €* | 12,36 € |
| Encargado/a de garaje | 1.059,38 € | 17.712,90 €* | 12,31 € |
| Auxiliar | 1.005,95 € | 16.911,45 €* | 11,76 € |
| Telefonista | 1.001,63 € | 16.846,65 €* | 11,71 € |
| Grupo 3.º Personal de movimiento | |||
| Conductor/a mecánico/a | 1.087,28 € | 18.131,40 €* | 12,61 € |
| Conductor/a | 1.054,99 € | 17.647,05 €* | 12,27 € |
| Conductor/a repartidor/a de vehículos ligeros | 1.030,75 € | 17.283,45 €* | 12,02 € |
| Capataz | 1.046,87 € | 17.525,25 €* | 12,18 € |
| Capitonista | 1.021,41 € | 17.143,35 €* | 11,92 € |
| Ayudante y/o mozo/a especializado/a | 983,18 € | 16.569,90 €* | 11,52 € |
| Auxiliar de almacén basculero | 1.005,95 € | 16.911,45 €* | 11,76 € |
| Mozo/a ordinario | 976,66 € | 16.472,10 €* | 11,45 € |
| Grupo 4.º Personal de servicios auxiliares | |||
| Ordenanza | 980,35 € | 16.527,45 €* | 11,49 € |
| Guarda | 980,35 € | 16.527,45 €* | 11,49 € |
| Personal de mantenimiento y limpieza (hora) | 966,03 € | 16.312,65 €*1 | 11,34 € |
| Capataz de taller o jefe/a de equipo | 1.087,28 € | 18.131,40 €* | 12,61 € |
| Oficial de 1.ª de oficios | 1.062,41 € | 17.758,35 €* | 12,35 € |
| Oficial de 2.ª de oficios | 1.046,87 € | 17.525,25 €* | 12,18 € |
| Mozo/a especializado/a de taller | 983,18 € | 16.569,90 €* | 11,52 € |
| Peón ordinario | 976,66 € | 16.472,10 €* | 11,45 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Personal de mantenimiento y limpieza (hora): La tabla pone «(hora)» junto a la categoría, pero el importe está en la columna €/mes y es del mismo orden que el resto: se trata como mensual.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.798 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. La tabla del anexo solo da el salario base mensual (€/mes) y los pluses. anual calculado = salario base × 15 (12 + tres pagas de 30 días de salario base) + plus de convenio × 12 (se cobra 12 meses, sin pagas extra; art. 29). Sin antigüedad.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (quinquenios del 5 %)
un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 4 (tope: 20 % del salario)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: 5 % del salario base por quinquenio (5 % a los 5 años, 10 % a los 10, 15 % a los 15 y 20 % a los 20 o más), desde el día 1 del mes siguiente. Entra en las tres pagas extra..
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Plus de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00..
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Plus de carga peligrosa
el 10 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Transporte habitual de mercancías explosivas o inflamables, siempre que la carga sea completa..
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Plus de quebranto de moneda
30,69 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Quien tiene como función cobros o pagos de dinero: 0,75 por mil de los fondos manejados, con este mínimo mensual..
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Plus de Navidad y Año Nuevo
92,05 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar entre las 20 h del 24 y las 20 h del 25 de diciembre, o entre las 20 h del 31 de diciembre y las 20 h del 1 de enero, o tener el descanso de esas fechas fuera de la residencia..
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Plus compensatorio de formación
66,40 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Solo en empresas que no acrediten su participación en una organización empresarial representativa del sector que impulse la formación, ni en planes agrupados de formación de los sindicatos más representativos. Mensual..
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Plus de kilometraje (sistema alternativo)
Hasta 7.000 km al mes: nada. De 7.000 a 10.000 km: 0,0125 € por km desde el primer kilómetro. Desde 10.000 km: 0,015 € por km a partir del 10.000.Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Solo si la empresa opta por este sistema (por años naturales) para conductores que trabajan habitualmente a más de 100 km del centro; sustituye a horas extra, horas de presencia y nocturnidad..
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Desplazamiento en vehículo propio
0,19 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Quien, excepcionalmente, empieza o acaba la jornada en un lugar distinto del habitual: la empresa paga el billete o 0,19 € por km en vehículo propio (o el máximo exento que se fije)..
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Dieta servicios regulares
34,08 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la residencia en servicios regulares. Comida 35 % (salida antes de las 12 h y regreso después de las 15 h), cena 25 % (salida antes de las 20 h y regreso después de las 23 h), cama y desayuno 40 %..
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Dieta servicios discrecionales
46,65 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la residencia en servicios discrecionales. Mismo reparto (35 %, 25 % y 40 %)..
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Dieta servicios internacionales
57,84 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios internacionales. Mismo reparto (35 %, 25 % y 40 %)..
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Dieta comida en plaza
12,14 € por cada día trabajadoAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Comida en la propia plaza por necesidades del servicio..
Plus de convenio
151,85 € al mes, en 12 pagasPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Salamanca · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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