Tabla salarial 2026 · Autonómico · Cataluña
Tablas salariales de sanidad privada de Cataluña 2026.
Sueldo bruto de las 20 categorías del convenio de sanidad privada de Cataluña en 2026: de 18.654 € a 33.466 € al año.
FUENTEDOGC · Tabla 2026 · actualizado el3 % sobre todos los conceptos e importes de las tablas con efectos de 1/1/2026 (atrasos en la nómina de julio de 2026) (acuerdo parcial de 3/7/2026, punto primero) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2026 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | ||||||
| Grupo 1 · Nivel 1 (básico) | 2.308,92 € | 14 | 32.324,88 €* | +3,0 % | 23,41 € | Neto de Grupo 1 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 1 · Nivel 2 (superior) | 2.390,46 € | 14 | 33.466,44 €* | +3,0 % | 24,24 € | Neto de Grupo 1 · Nivel 2 (superior) |
| 2 | ||||||
| Grupo 2 · Nivel 1 (básico) | 2.155,65 € | 14 | 30.179,10 €* | +3,0 % | 21,86 € | Neto de Grupo 2 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 2 · Nivel 2 (superior) | 2.207,80 € | 14 | 30.909,20 €* | +3,0 % | 22,38 € | Neto de Grupo 2 · Nivel 2 (superior) |
| 3 | ||||||
| Grupo 3 · Nivel 1 (básico) | 1.883,41 € | 14 | 26.367,74 €* | +3,0 % | 19,10 € | Neto de Grupo 3 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 3 · Nivel 2 (superior) | 1.928,98 € | 14 | 27.005,72 €* | +3,0 % | 19,56 € | Neto de Grupo 3 · Nivel 2 (superior) |
| 4 | ||||||
| Grupo 4 · Nivel 1 (básico) | 1.501,36 € | 14 | 21.019,04 €* | +3,0 % | 15,22 € | Neto de Grupo 4 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 4 · Nivel 2 (superior) | 1.537,69 € | 14 | 21.527,66 €* | +3,0 % | 15,59 € | Neto de Grupo 4 · Nivel 2 (superior) |
| 5 | ||||||
| Grupo 5 · Nivel 1 (básico) | 1.332,45 € | 14 | 18.654,30 €* | +3,0 % | 13,51 € | Neto de Grupo 5 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 5 · Nivel 2 (superior) | 1.364,70 € | 14 | 19.105,80 €* | +3,0 % | 13,84 € | Neto de Grupo 5 · Nivel 2 (superior) |
| 6 | ||||||
| Grupo 6 · Nivel 1 (básico) | 2.308,92 € | 14 | 32.324,88 €* | +3,0 % | 23,41 € | Neto de Grupo 6 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 6 · Nivel 2 (superior) | 2.390,46 € | 14 | 33.466,44 €* | +3,0 % | 24,24 € | Neto de Grupo 6 · Nivel 2 (superior) |
| 7 | ||||||
| Grupo 7 · Nivel 1 (básico) | 2.155,65 € | 14 | 30.179,10 €* | +3,0 % | 21,86 € | Neto de Grupo 7 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 7 · Nivel 2 (superior) | 2.207,80 € | 14 | 30.909,20 €* | +3,0 % | 22,38 € | Neto de Grupo 7 · Nivel 2 (superior) |
| 8 | ||||||
| Grupo 8 · Nivel 1 (básico) | 1.883,41 € | 14 | 26.367,74 €* | +3,0 % | 19,10 € | Neto de Grupo 8 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 8 · Nivel 2 (superior) | 1.928,98 € | 14 | 27.005,72 €* | +3,0 % | 19,56 € | Neto de Grupo 8 · Nivel 2 (superior) |
| 9 | ||||||
| Grupo 9 · Nivel 1 (básico) | 1.501,36 € | 14 | 21.019,04 €* | +3,0 % | 15,22 € | Neto de Grupo 9 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 9 · Nivel 2 (superior) | 1.537,69 € | 14 | 21.527,66 €* | +3,0 % | 15,59 € | Neto de Grupo 9 · Nivel 2 (superior) |
| 10 | ||||||
| Grupo 10 · Nivel 1 (básico) | 1.332,45 € | 14 | 18.654,30 €* | +3,0 % | 13,51 € | Neto de Grupo 10 · Nivel 1 (básico) |
| Grupo 10 · Nivel 2 (superior) | 1.364,70 € | 14 | 19.105,80 €* | +3,0 % | 13,84 € | Neto de Grupo 10 · Nivel 2 (superior) |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.726 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla
Anexo I del acuerdo parcial de 3/7/2026 (DOGC 30/07/2026): +3 % con efectos de 1/1/2026 (columna «2026»). El mismo acuerdo fija otra columna «31/12/2026» con un 1 % más desde el 31/12/2026, sin efectos retroactivos en 2026. Grupos 1-5: área asistencial; 6-10: administración y servicios generales. Nivel 1 = básico, nivel 2 = superior (se pasa al superior con 4 años en el grupo y horas de formación, art. 54.3). El anual no viene en la tabla: se calcula salario base × 14 (12 mensualidades + pagas de junio y diciembre de una mensualidad de salario de convenio más antigüedad, art. 21). No incluye antigüedad, nocturnidad ni otros pluses.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (escala anual del anexo VI)
Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde el día de ingreso en la empresa, sea cual sea el contrato. Proporcional a la jornada..
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Plus de nocturnidad
de 333,12 a 597,62 € al mes según categoría, en 12 pagasLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00. El importe del anexo II es el mensual con jornada completa en horario nocturno; si solo parte de tus horas son nocturnas, se cobra en proporción. No se cobra si el salario ya se fijó por ser trabajo nocturno por naturaleza..
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Plus de domingo (por hora)
de 5,21 a 7,44 € por hora según categoríaLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 0 y las 24 h del domingo. Solo en servicio activo (no en IT, vacaciones ni permisos). Si el domingo es festivo especial, se cobra el festivo especial..
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Plus de sábado (por hora)
de 2,60 a 3,71 € por hora según categoríaQuién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 0 y las 24 h del sábado. Solo en servicio activo. Si el sábado es festivo, se cobra el plus de festivo..
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Festivo intersemanal trabajado con descanso compensatorio (por hora)
de 5,21 a 7,44 € por hora según categoríaLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en festivo intersemanal que sí tienen descanso compensatorio: se pagan con el importe por hora del anexo X (el mismo que el domingo)..
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Festivo intersemanal trabajado sin descanso compensatorio
un 75 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en festivo intersemanal sin descanso compensatorio: hora ordinaria con un 75 % de recargo..
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Festivo especial (Navidad y Año Nuevo)
Con descanso compensatorio: 100 % de recargo sobre el valor del día. Sin descanso: el 100 % de lo que corresponde por festivo trabajado (art. 33.3).Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Desde el turno de noche del 24 al 25 de diciembre hasta el final del turno de tarde del 25, y desde el turno de noche del 31 de diciembre hasta el final del turno de tarde del 1 de enero..
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Plus de transporte (turno seguido)
29,62 € al mes, en 12 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Personal de turno seguido (también el de jornada partida que come en el centro). Incompatible con el plus de distancia..
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Plus de transporte (turno partido)
59,22 € al mes, en 12 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Personal de turno partido que no come en el centro. Incompatible con el plus de distancia..
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Plus de ayuda familiar por cónyuge o padres a cargo
20,87 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Cónyuge o pareja de hecho que no trabaje, o padre, madre o afines que convivan contigo y estén a tu cargo. Se cobra entero aunque trabajes a tiempo parcial..
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Plus de ayuda familiar por cada hijo/a
12,65 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Por cada hijo/a menor de 18 años que no trabaje. Se cobra entero aunque trabajes a tiempo parcial..
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Plus por familiar con discapacidad a cargo
45,33 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Por cada cónyuge o hijo/a con discapacidad reconocida por la Seguridad Social a tu cargo. Incompatible con la ayuda familiar por ese mismo familiar..
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Plus de responsabilidad, supervisión o mando
el 10 % de tu salario baseLo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Puestos de confianza con especial responsabilidad, mando o supervisión, mientras se ejerzan. No consolidable. Mínimo del 10 % del salario base..
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Atención continuada de presencia (médicos), día laborable
de 24,55 a 30 € por hora según categoríaLo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada hora de jornada complementaria de presencia física en día laborable (guardias de facultativos). Las horas de localización no se pagan salvo que te hagan ir al centro..
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Atención continuada de presencia (médicos), domingo o festivo
de 27,28 a 34,09 € por hora según categoríaLo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada hora de jornada complementaria de presencia física en domingo o festivo..
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Carrera profesional (grupos 1 y 2)
de 83,71 a 101,03 € al mes según categoría, en 14 pagasLo que se paga por tener un título que exige el puesto. Quién lo cobra: Profesionales sanitarios de los grupos 1 y 2 con el nivel de carrera profesional reconocido (nivel 3: 6 años en el nivel 2 y 100 puntos de evaluación). Voluntario; no compensable ni absorbible..
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Sistema de incentivación profesional (SIP, grupos 3 a 10)
de 43,29 a 86,58 € al mes según categoría, en 14 pagasQuién lo cobra: Grupos 3 a 10 con el nivel 3 del SIP reconocido (6 años en el nivel 2 y las horas de formación del art. 54.5). No compensable ni absorbible..
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Plus de distancia
Coste del transporte público, o 0,19 € × km entre municipiosLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Si vives fuera del municipio del centro: la empresa paga el billete de transporte público; si no hay transporte público en tu horario, 0,19 € por km según la distancia oficial entre municipios. Incompatible con el plus de transporte..
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Kilometraje con vehículo propio
0,19 € por kmLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos de trabajo con tu propio vehículo, más parking y peajes justificados..
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Dieta completa
63,06 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por trabajo que obligan a pernoctar fuera..
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Media dieta
33,45 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por trabajo sin pernoctar..
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Premio de fidelidad (25 años)
Un mes de vacaciones adicional ese año, o su compensación en dinero si lo pidesQuién lo cobra: Al cumplir 25 años en la empresa. También en proporción si te despiden (improcedente u objetivo) con más de 10 años, si te jubilas con 10 o más años, o en jubilación parcial..
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
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