Tabla salarial 2025 · Provincial · Zamora
Tablas salariales de construcción de Zamora 2025.
Sueldo bruto de las 12 categorías del convenio de construcción de Zamora en 2025: de 16.579 € a 25.713 € al año.
FUENTEBOP Zamora · Tabla 2025 · actualizado elCláusula de garantía salarial 2022-2024: las tablas de 2024 suben un 0,40 % (base para 2025). (acuerdo parcial de 22/1/2026, segundo y tercero) Fuente
El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se pueden descansar en fechas posteriores, siempre de acuerdo entre empresa y trabajador. (art. 27 y anexo I del acuerdo parcial de 22/1/2026 (columna «Horas extras 2025»)) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Grupo | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Nivel II | nivel II | 1.732,97 € | 14 | 25.713,08 € | 17,83 € | Neto de Nivel II |
| Nivel III | nivel III | 1.690,29 € | 14 | 25.077,55 € | 17,35 € | Neto de Nivel III |
| Nivel IV | nivel IV | 1.602,68 € | 14 | 23.773,08 € | 16,52 € | Neto de Nivel IV |
| Nivel V | nivel V | 1.553,43 € | 14 | 23.039,89 € | 15,96 € | Neto de Nivel V |
| Nivel VI | nivel VI | 1.476,48 € | 14 | 21.894,15 € | 15,17 € | Neto de Nivel VI |
| Nivel VII | nivel VII | 34,97 €/día | 14 | 21.235,41 € | 13,36 € | Neto de Nivel VII |
| Nivel VIII | nivel VIII | 34,97 €/día | 14 | 20.923,20 € | 13,36 € | Neto de Nivel VIII |
| Nivel IX | nivel IX | 34,97 €/día | 14 | 20.615,49 € | 13,14 € | Neto de Nivel IX |
| Nivel X | nivel X | 34,97 €/día | 14 | 20.312,41 € | 12,89 € | Neto de Nivel X |
| Nivel XI | nivel XI | 34,97 €/día | 14 | 20.013,79 € | 12,41 € | Neto de Nivel XI |
| Nivel XII | nivel XII | 34,97 €/día | 14 | 19.719,56 € | 12,28 € | Neto de Nivel XII |
| Nivel XIII | nivel XIII | 33,36 €/día | 14 | 16.578,58 € | 9,55 € | Neto de Nivel XIII |
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Plus de distancia
0,29 € por kilómetro, descontando 2 km de ida y 2 de vueltaLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento desde la residencia habitual al puesto de trabajo en medios propios o públicos.
-
Plus de desgaste de herramientas
1,20 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Solo oficiales; por día efectivamente trabajado.
-
Dieta completa
61,31 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajadores con derecho a dieta por desplazamiento; si no cubre los gastos, la empresa paga el exceso o contrata alojamiento y comida.
-
Media dieta
13,29 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajadores con derecho a media dieta por desplazamiento.
-
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable.
-
Plus de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
-
Trabajo nocturno en domingos y festivos
Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo nocturno en domingo o festivo que no sea hora extraordinaria.
-
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras
4,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de los grupos 1 a 5 que trabaja de forma habitual en conservación y mantenimiento de autopistas, autovías y carreteras, en contratas licitadas tras la publicación del Convenio General; proporcional si la jornada es inferior.
-
Complemento por discapacidad
17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complementoQuién lo cobra: Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más).
-
Antigüedad consolidada («ad personam»)
Importe fijo que se mantiene invariable como complemento personal; no genera nuevos tramos y se extingue con el contratoLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.