Convenio colectivo · Provincial · Zamora
Convenio de construcción de Zamora 2026.
El convenio de construcción de Zamora está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2021). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 26.484 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Zamora · 16/01/2019 · actualizado elConvenio Colectivo de Construcción, Obras Públicas y derivados del Cemento de la provincia de Zamora
Texto 2017-2021 denunciado (REGCON, 10/11/2021) y sin texto nuevo: sigue aplicándose (art. 86 ET). Tablas 2025 y 2026 fijadas por el acuerdo parcial de la Comisión Negociadora de 22/1/2026 (BOP Zamora 4/2/2026), que aplica la modificación del VII Convenio General.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Nivel II | 1.784,96 € | 14 | 26.484,46 € | Calcular neto |
| Nivel III | 1.740,99 € | 14 | 25.829,87 € | Calcular neto |
| Nivel IV | 1.650,76 € | 14 | 24.486,28 € | Calcular neto |
| Nivel V | 1.600,03 € | 14 | 23.731,09 € | Calcular neto |
| Nivel VI | 1.520,78 € | 14 | 22.550,98 € | Calcular neto |
| Nivel VII | 36,02 €/día | 14 | 21.872,47 € | Calcular neto |
| Nivel VIII | 36,02 €/día | 14 | 21.550,90 € | Calcular neto |
| Nivel IX | 36,02 €/día | 14 | 21.233,95 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 12. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 34).
7 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 35.1.a |
| Nacimiento o adopción de un hijo (+2 días con desplazamiento) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 35.1.b |
| Fallecimiento del cónyuge o de parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 35.1.c |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 35.1.d |
| Traslado del domicilio habitual (+2 días con desplazamiento) | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 35.1.e |
| Fallecimiento de parientes de 3.er grado | 1 | Mejora el Estatuto | art. 35.1.g |
| Matrimonio de padres, hijos o hermanos | 1 | Mejora el Estatuto | art. 35.1.i |
| Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 35.1.f |
| Consulta médica de la Seguridad Social con justificante (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 35.1.h |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto) | tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 35.2 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de distancia | 0,30 € | Desplazamiento desde la residencia habitual al puesto de trabajo en medios propios o públicos | art. 19 (importe del acuerdo parcial de 22/1/2026, sexto) |
| Plus de desgaste de herramientas | 1,24 € por día | Solo oficiales; por día efectivamente trabajado | art. 19 (importe del acuerdo parcial de 22/1/2026, sexto) |
| Dieta completa | 63,15 € por día | Trabajadores con derecho a dieta por desplazamiento; si no cubre los gastos, la empresa paga el exceso o contrata alojamiento y comida | art. 19 (importe del acuerdo parcial de 22/1/2026, séptimo) |
| Media dieta | 13,60 € por día | Trabajadores con derecho a media dieta por desplazamiento | art. 19 (importe del acuerdo parcial de 22/1/2026, séptimo) |
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos | 20 % sobre el salario base | Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable | art. 22 |
| Plus de nocturnidad | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 | art. 23 |
| Trabajo nocturno en domingos y festivos | 75 % sobre el salario base por hora | Trabajo nocturno en domingo o festivo que no sea hora extraordinaria | art. 23 |
| Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras | 4,00 € por día | Personal de los grupos 1 a 5 que trabaja de forma habitual en conservación y mantenimiento de autopistas, autovías y carreteras, en contratas licitadas tras la publicación del Convenio General; proporcional si la jornada es inferior | art. 24.1 |
| Complemento por discapacidad | 17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento | Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más) | art. 26 |
| Antigüedad consolidada («ad personam») | Importe fijo que se mantiene invariable como complemento personal; no genera nuevos tramos y se extingue con el contrato | Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 | art. 19 |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 9,84 a 18,36 € la hora. Se pueden descansar en fechas posteriores, siempre de acuerdo entre empresa y trabajador (art. 27 y anexo II del acuerdo parcial de 22/1/2026 (columna «Horas extras 2026»)).
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía salarial 2022-2024: las tablas de 2024 suben un 0,40 % (base para 2025).); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas de 2024 (ya con la garantía), con efectos de 1/1/2025. Atrasos en una sola paga en los dos meses siguientes a la publicación.); 2026: 3 % (Incremento del 3 % sobre las tablas de 2025, con efectos de 1/1/2026 (tabla del anexo II).).
Cláusula de revisión: Si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (acuerdo parcial de 22/1/2026, cuarto (art. 55.7 VII CGSC)).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
12 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.
Grupo Sin grupo 12 categorías
- Nivel II · nivel II
- Nivel III · nivel III
- Nivel IV · nivel IV
- Nivel V · nivel V
- Nivel VI · nivel VI
- Nivel VII · nivel VII
- Nivel VIII · nivel VIII
- Nivel IX · nivel IX
- Nivel X · nivel X
- Nivel XI · nivel XI
- Nivel XII · nivel XII
- Nivel XIII · nivel XIII
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X (salvo oficiales, ayudantes de oficio y especialistas): 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 7 días
06 · Novedades
Cómo va el siguiente convenio.
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Zamora?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2021. Texto 2017-2021 denunciado (REGCON, 10/11/2021) y sin texto nuevo: sigue aplicándose (art. 86 ET). Tablas 2025 y 2026 fijadas por el acuerdo parcial de la Comisión Negociadora de 22/1/2026 (BOP Zamora 4/2/2026), que aplica la modificación del VII Convenio General.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Zamora en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 17.075,93 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Zamora?
30 días naturales al año, según el art. 34.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X (salvo oficiales, ayudantes de oficio y especialistas): 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
Fuente: BOP Zamora de 16 de enero de 2019 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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