Tabla salarial 2025 · Provincial · Huelva
Tablas salariales de construcción de Huelva 2025.
Sueldo bruto de las 19 categorías del convenio de construcción de Huelva en 2025: de 10.279 € a 26.228 € al año.
FUENTEBOP Huelva · Tabla 2025 · actualizado elCláusula de garantía salarial 2022-2024 del art. 55.4 del VII Convenio General: las tablas de 2024 suben un 0,40 % antes de aplicar la subida de 2025. (acta 2/2025, acuerdo segundo) Fuente
El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. La empresa puede compensarlas con tiempos equivalentes de descanso si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para los límites. (art. 31 y tabla de horas extraordinarias 2025 (anexo II del acta 2/2025)) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Grupo | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Nivel VI · Encargado (tabla diaria) | nivel VI | 46,08 €/día | 14 | 21.681,57 €* | 17,12 € | Neto de Nivel VI · Encargado (tabla diaria) |
| Nivel VII · Capataz (tabla diaria) | nivel VII | 43,48 €/día | 14 | 20.480,81 €* | 16,32 € | Neto de Nivel VII · Capataz (tabla diaria) |
| Nivel VIII · Oficial de 1.ª (tabla diaria) | nivel VIII | 41,31 €/día | 14 | 19.478,67 €* | 15,59 € | Neto de Nivel VIII · Oficial de 1.ª (tabla diaria) |
| Nivel IX · Oficial de 2.ª (tabla diaria) | nivel IX | 39,22 €/día | 14 | 18.520,70 €* | 14,90 € | Neto de Nivel IX · Oficial de 2.ª (tabla diaria) |
| Nivel X · Ayudante (tabla diaria) | nivel X | 37,46 €/día | 14 | 17.707,63 €* | 14,68 € | Neto de Nivel X · Ayudante (tabla diaria) |
| Nivel XI · Peón especializado (tabla diaria) | nivel XI | 36,26 €/día | 14 | 17.148,13 €* | 13,98 € | Neto de Nivel XI · Peón especializado (tabla diaria) |
| Nivel XII · Peón ordinario (tabla diaria) | nivel XII | 34,84 €/día | 14 | 16.489,52 €*1 | 13,49 € | Neto de Nivel XII · Peón ordinario (tabla diaria) |
| Nivel XIII · Formación (tabla diaria) | nivel XIII | 27,52 €/día | 14 | 12.739,97 €*2 | 9,47 € | Neto de Nivel XIII · Formación (tabla diaria) |
| Nivel XIV · Formación (tabla diaria) | nivel XIV | 21,86 €/día | 14 | 10.279,45 €*3 | — | Neto de Nivel XIV · Formación (tabla diaria) |
| Nivel II · Titulado superior (tabla mensual) | nivel II | 1.696,15 € | 14 | 26.228,48 €* | 20,59 € | Neto de Nivel II · Titulado superior (tabla mensual) |
| Nivel III · Jefe administrativo de 1.ª (tabla mensual) | nivel III | 1.652,96 € | 14 | 25.570,27 €* | 20,13 € | Neto de Nivel III · Jefe administrativo de 1.ª (tabla mensual) |
| Nivel IV · Encargado general (tabla mensual) | nivel IV | 1.471,92 € | 14 | 22.811,73 €* | 18,07 € | Neto de Nivel IV · Encargado general (tabla mensual) |
| Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª (tabla mensual) | nivel V | 1.448,38 € | 14 | 22.442,48 €*4 | 18,12 € | Neto de Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª (tabla mensual) |
| Nivel VI · Jefe administrativo de 1.ª (tabla mensual) | nivel VI | 1.385,07 € | 14 | 21.488,49 €*5 | 17,27 € | Neto de Nivel VI · Jefe administrativo de 1.ª (tabla mensual) |
| Nivel VII · Delineante de 2.ª (tabla mensual) | nivel VII | 1.306,56 € | 14 | 20.292,27 €* | 16,35 € | Neto de Nivel VII · Delineante de 2.ª (tabla mensual) |
| Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª (tabla mensual) | nivel VIII | 1.242,24 € | 14 | 19.312,38 €* | 15,54 € | Neto de Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª (tabla mensual) |
| Nivel IX · Auxiliar administrativo (tabla mensual) | nivel IX | 1.219,35 € | 14 | 18.963,51 €* | 15,35 € | Neto de Nivel IX · Auxiliar administrativo (tabla mensual) |
| Nivel X · Vigilante (tabla mensual) | nivel X | 1.166,33 € | 14 | 18.150,19 €* | — | Neto de Nivel X · Vigilante (tabla mensual) |
| Nivel XIII · Formación (tabla mensual) | nivel XIII | 793,33 € | 14 | 12.260,78 €*6 | — | Neto de Nivel XIII · Formación (tabla mensual) |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Nivel XII · Peón ordinario (tabla diaria): La tabla da 62,46 € (2025) y 64,33 € (2026) como total por día, unos céntimos menos que la suma de sus columnas (redondeo del boletín). El «anual» de 2026 sin pluses (16.985,81 €) queda por debajo del SMI; con los pluses por día trabajado lo supera (remuneración mínima del Convenio General 2026: 20.298,22 €).
2. Nivel XIII · Formación (tabla diaria): Contrato formativo: importes propios de la tabla; pueden quedar por debajo del SMI anual porque el anual no incluye los pluses por día trabajado ni el tiempo de formación.
3. Nivel XIV · Formación (tabla diaria): Contrato formativo: importes propios de la tabla; pueden quedar por debajo del SMI anual porque el anual no incluye los pluses por día trabajado ni el tiempo de formación.
4. Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª (tabla mensual): En la tabla, el total mensual de este nivel no cuadra con el salario más los pluses como en los demás niveles (unos 2,5 € menos); se cargan los importes tal como se publican.
5. Nivel VI · Jefe administrativo de 1.ª (tabla mensual): La tabla mensual rotula este nivel «Jefe Adm 1.ª», igual que el nivel III (probable errata del boletín: en el encuadramiento del Convenio General el nivel VI administrativo es oficial administrativo de 1.ª).
6. Nivel XIII · Formación (tabla mensual): Contrato formativo: el total mensual de la tabla (1.076,50 € en 2025) no cuadra con los pluses de 20,44 € que figuran en su columna; los pluses de formación de la tabla diaria son 8,50 €. El anual puede quedar por debajo del SMI.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de asistencia
de 8,50 a 20,44 € por día trabajado según categoríaPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con rendimiento normal; decrece a medida que aumentan las ausencias.
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Plus extrasalarial de transporte
7,21 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, igual para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia.
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Plus de trabajo nocturno
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
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Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable.
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Plus por discapacidad
21,95 € al mes (13-22 %), 30,99 € (23-32 %) y 43,90 € (33 % o superior)Quién lo cobra: Discapacidad reconocida del 13 % o más.
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Plus de gruista
12,15 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Gruistas; por día efectivamente trabajado.
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Plus de conservación de carreteras
4,53 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de conservación y mantenimiento de carreteras de los grupos profesionales 1 a 5 que trabaja de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras; por día efectivo de trabajo (proporcional si la jornada es menor).
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Dieta completa
38,08 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual.
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Media dieta
10,86 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa.
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Plus de distancia fuera del casco urbano
0,15 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del casco urbano.
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Desgaste de herramientas
0,31 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Personal que aporta su herramienta; por día de trabajo.
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Compensación por ropa de trabajo no entregada
73,68 € por cada seis meses de permanencia en la empresaCompensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa no entrega el mono a los seis meses de permanencia; se abona en la liquidación.
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Ayuda a estudios
39,14 € al año por hijoQuién lo cobra: Por cada hijo de 4 a 16 años cumplidos; se paga del 1 al 5 de octubre (completa con un año de permanencia; proporcional si no).
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Complemento personal de antigüedad consolidada
Porcentaje consolidado de la escala del art. 27 (5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 15 % a los 9, 20 % a los 14, 25 % a los 19, 30 % a los 24, 35 % a los 29 y 40 % a los 34) sobre los salarios base vigentes a 31/12/1983; complemento personalLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad devengada el 21/11/1996.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
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