Dudas laborales · Vacaciones y permisos
¿Tengo derecho a días de asuntos propios?
Solo si lo dice tu convenio o tu contrato. El Estatuto de los Trabajadores no reconoce días de asuntos propios o de libre disposición.
Muchos convenios dan entre uno y tres al año. Búscalo en la ficha de tu convenio.
En detalle.
- Si tu convenio los tiene, suele fijar cómo pedirlos y con cuánta antelación.
- No confundirlos con los permisos retribuidos del Estatuto, que sí tienes siempre (matrimonio, hospitalización, mudanza…).
- Tampoco con los 4 días de fuerza mayor familiar, que exigen un motivo urgente.
- Los funcionarios tienen su propio régimen.
Busca tu convenioPreaviso, permisos, vacaciones y tablas de tu sector.
EmpezarLee el texto completo: artículo 37 del Estatuto.
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Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.
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