Dudas laborales · Vacaciones y permisos

¿Qué pasa con mis vacaciones si me pongo de baja?

No las pierdes. Si la baja coincide con tus vacaciones y te impide disfrutarlas, puedes cogerlas al terminar, aunque haya acabado el año, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron (art. 38.3 ET).

Si la baja es por embarazo, parto o lactancia, puedes disfrutarlas después sin ese límite.

FUENTE BOE Art. 38 ET· actualizado el

En detalle.

  • Comunica la baja a la empresa en cuanto la tengas.
  • Pide por escrito las nuevas fechas al volver.
  • Si el contrato termina estando de baja, las vacaciones no disfrutadas se pagan en el finiquito.
  • El convenio puede mejorar estas reglas.
Solicita tus vacacionesEl escrito para pedir tus fechas por escrito.
Empezar

Lee el texto completo: artículo 38 del Estatuto.

Otras dudas sobre vacaciones y permisos

Respuesta orientativa basada en la ley vigente. Tu convenio colectivo puede mejorar lo que dice el Estatuto: compruébalo en su ficha.