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Convenio colectivo de trabajo para el sector de las actividades de comercio mixto de la provincia de Burgos (2021-2025).

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 09000105011982

Convenio de los años 2021 a 2025 (del 1/1/2021 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.794horas
Vacaciones31días

naturales · art. 15

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo I
Gerente2.050,86 €30.762,95 €
Encargado General1.747,08 €26.206,06 €
Encargado de Establecimiento1.595,20 €23.928,08 €
Jefe de Administración1.671,16 €25.067,54 €
Grupo II
Jefe de Equipo /Sección1.385,39 €20.780,98 €
Dependiente de 1ª1.371,72 €20.575,69 €
Oficial de Administración de 1ª1.519,23 €22.788,45 €
Oficial de Oficios Varios de 1ª1.443,25 €21.648,81 €
Grupo III
Dependiente de 2ª1.253,24 €18.798,53 €
Oficial de Administraición de 2ª1.215,40 €18.231,01 €
Oficial de Oficios Varios de 2ª1.253,24 €18.798,53 €
Grupo IV
Auxiliar de Dependiente Comercio1.162,49 €17.437,34 €
Auxiliar de Administración1.177,37 €17.660,56 €
Auxiliar de Oficios Varios1.161,99 €17.437,34 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

Trabajos con mucha autonomía, iniciativa y responsabilidad, con mando, dirección y supervisión de tareas o personas.

  • GerenteDirige y coordina la gestión financiera, la compra de mercancías y la contratación de personal, participando en la política de la empresa.
  • Encargado GeneralDirige varios establecimientos o sucursales y coordina su actividad bajo la supervisión de la gerencia.
  • Encargado de EstablecimientoEstá al frente de un establecimiento y dirige a su personal.
  • Jefe de AdministraciónDirige y vigila con plenas facultades todas las tareas administrativas de la empresa.

Grupo II

Trabajos cualificados con cierta autonomía, bajo supervisión de un superior del grupo I o del titular; pueden tener o no personal a cargo.

  • Jefe de Equipo /SecciónControla y supervisa tareas o personas de una sección o equipo y además vende: orienta al cliente, controla la reposición y cuida escaparates y vitrinas.
  • Dependiente de 1ªHace ventas de gran complejidad o proyectos complejos con dominio técnico de los artículos; controla reposición y escaparates y puede supervisar al resto del personal de ventas.
  • Oficial de Administración de 1ªHace trabajo administrativo con iniciativa propia: correspondencia y contratos, estadísticas, informes, contabilidad, nóminas y seguros sociales.
  • Oficial de Oficios Varios de 1ªHace los trabajos de un oficio con iniciativa, responsabilidad y autonomía propias, como conductores, montadores o instaladores.

Grupo III

Trabajos cualificados que requieren iniciativa y se hacen con instrucciones concretas, bajo supervisión de los grupos I o II o del titular.

  • Dependiente de 2ªVende y/o cobra en caja por sí mismo, haya hecho o no el aprendizaje.
  • Oficial de Administraición de 2ªCon iniciativa y responsabilidad limitadas y bajo un jefe u oficial de primera, hace trabajo administrativo secundario que solo exige conocimientos generales.
  • Oficial de Oficios Varios de 2ªHace los trabajos de un oficio con cierta iniciativa y responsabilidad, siguiendo instrucciones de un superior. Incluye las antiguas categorías de auxiliar A de servicios auxiliares.

Grupo IV

Trabajos con poca iniciativa, con instrucciones concretas y total dependencia; pueden implicar esfuerzo físico y no requieren formación específica. Nunca se les encarga abrir o cerrar el establecimiento.

  • Auxiliar de Dependiente ComercioAyuda al personal de ventas en reposición, caja o venta directa bajo supervisión; puede ser la categoría de entrada antes de dependiente de 2.ª, como preparador de pedidos.
  • Auxiliar de AdministraciónHace operaciones administrativas elementales y tareas mecánicas de oficina.
  • Auxiliar de Oficios VariosHace trabajos concretos que exigen cierta práctica sin ser un oficio ni incluir ventas, como mozo de almacén o personal de limpieza. Incluye las antiguas categorías de auxiliar B y C de servicios auxiliares.

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 · art. 1225 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de domingo o festivoCada domingo o festivo trabajado en establecimientos con apertura excepcional (no en contratos de lunes a domingo ni en centros comerciales de apertura generalizada) · art. 1850,00 € por día
Plus de desplazamiento (polígonos)Personal que trabaja en polígonos industriales, por día trabajado · art. 123,50 € por día
Dieta completaViajes por orden de la empresa a otra población, si la empresa no paga los gastos justificados · art. 1245,00 € por día
Media dietaViajes por orden de la empresa a otra población, si la empresa no paga los gastos justificados · art. 1225,00 € por día
Plus de permanencia (decenios)Al cumplir cada decenio en la misma empresa (decenios cumplidos desde el 1/1/2008) · art. 21Una paga única del salario base mensual por cada decenio cumplido; puede prorratearse en los 12 meses siguientes

Horas extra: se pagan con un recargo del 25 % sobre la hora ordinaria (art. 17). (art. 17)

Subidas pactadas: 2025: 2 % (Tablas 2025 = 2024 + 2 %); 2026: 1 % (Si la inflación subyacente acumulada 2021-2025 supera el 11,45 %, los salarios suben un 1 % desde el 1/1/2026. Aplicado: tablas 2026 publicadas el 26/08/2026 (2025 + 1 %).).

Revisión salarial: No hay revisión por IPC de las tablas 2021-2025 (art. 10). Cláusula de actualización: si la inflación subyacente sumada de 2021 a 2025 supera el 11,45 %, +1 % desde el 1/1/2026 (art. 11); la comisión negociadora lo aplicó en el acuerdo de 07/07/2026. (arts. 10 y 11).

Permisos pagados.

3 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 37.3.a ET15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o hijosart. 19.24 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º gradoart. 19.22 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta 2.º grado (y pareja de hecho)art. 19.25 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Intervención sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta 2.º gradoart. 37.3.b ET5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 37.3.c ET1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.3.d ET—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 19.21Mejora el Estatuto
Acompañar a consulta médica a familiares convivientes hasta 2.º grado (hasta 12 horas al año)art. 19.2—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo I: 3 meses
  • Grupo II: 3 meses
  • Grupo III: 3 meses
  • Grupo IV: 3 meses
  • Fijos discontinuos (primer llamamiento) y contratos para situaciones ocasionales y previsibles: 15 días

Preaviso si te vas

  • Grupo I: 1 mes
  • Grupos II y III: 7 días
  • Único vendedor del establecimiento: 15 días

Novedades del convenio.

  • 26/8/2026 · Publicadas las tablas salariales de 2026 (+1 %).
  • 1/3/2023 · Publicado el convenio de comercio mixto de Burgos 2021-2025 (Federación de Empresarios de Comercio y CC OO).

Fuente: BOP Burgos de 1 de marzo de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vencido el 31/12/2025, tácitamente denunciado y vigente hasta que lo sustituya otro (art. 5). Tablas 2026 publicadas el 26/08/2026 (BOP Burgos n.º 161): +1 % por la cláusula de actualización del art. 11.

Es el convenio general del comercio en Burgos (comercio mixto: venta de cualquier clase de artículos). Alimentación, metal, mueble y equipamiento de la persona tienen convenios propios.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de comercio mixto de Burgos?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2021 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio mixto de Burgos en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.437,34 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar de Dependiente Comercio).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio mixto de Burgos?

31 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 3 meses. Grupo II: 3 meses. Grupo III: 3 meses. Grupo IV: 3 meses. Fijos discontinuos (primer llamamiento) y contratos para situaciones ocasionales y previsibles: 15 días.

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