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Convenio colectivo de supermercados, autoservicios y detallistas de alimentación en general de la provincia de Alicante (2024-2028).

VigenteDescargar el convenioCódigo 03000655011981

Convenio de los años 2024 a 2028 (del 1/1/2024 al 31/12/2028).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.800horas
Vacaciones28días

hábiles · art. 16

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo IX
GRUPO IX1.289,48 €20.656,16 €
Grupo VIII
GRUPO VIII1.254,17 €20.126,70 €
Grupo VII
GRUPO VII1.098,85 €17.796,79 €
Grupo VI
GRUPO VI1.085,28 €17.593,23 €
Grupo V
GRUPO V1.070,61 €17.373,28 €
Grupo IV
GRUPO IV1.065,61 €17.298,28 €
Grupo III
GRUPO III1.060,61 €17.223,28 €
Grupo II
GRUPO II1.055,61 €17.148,28 €
Grupo I
GRUPO I1.050,61 €17.073,28 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo profesional IX

Funciones de titulado superior o de máxima responsabilidad: dirección técnica de una unidad, coordinación de toda la administración, gestión comercial de una zona o gama, planificación y resultados.

  • GRUPO IXFunciones de titulado superior o de máxima responsabilidad: dirección técnica de una unidad, coordinación de toda la administración, gestión comercial de una zona o gama, planificación y resultados.

Grupo profesional VIII

Funciones técnicas de nivel académico medio y responsabilidad sobre una unidad: ordenar y supervisar producción, mantenimiento, administración o red de ventas; compras complejas.

  • GRUPO VIIIFunciones técnicas de nivel académico medio y responsabilidad sobre una unidad: ordenar y supervisar producción, mantenimiento, administración o red de ventas; compras complejas.

Grupo profesional VII

Venta de productos de complejidad media, mando de un turno o unidad, contabilidad, programación informática, compras sencillas, idiomas con dominio.

  • GRUPO VIIVenta de productos de complejidad media, mando de un turno o unidad, contabilidad, programación informática, compras sencillas, idiomas con dominio.

Grupo profesional VI

Venta especializada y mandos directos: jefe de un grupo que recibe, clasifica y expide mercancía, inspección de mercancías, coordinación de cocina o control de la despensa.

  • GRUPO VIVenta especializada y mandos directos: jefe de un grupo que recibe, clasifica y expide mercancía, inspección de mercancías, coordinación de cocina o control de la despensa.

Grupo profesional V

Tareas cualificadas: operador de ordenador, parte de la contabilidad, nóminas, despacho de pedidos con registro, conducción con reparto con carné C, D o E, oficios al más alto nivel.

  • GRUPO VTareas cualificadas: operador de ordenador, parte de la contabilidad, nóminas, despacho de pedidos con registro, conducción con reparto con carné C, D o E, oficios al más alto nivel.

Grupo profesional IV

Tareas con algo de iniciativa o de oficio: venta avanzada, escaparates, almacén con control de entradas y salidas, carretillas, cobro a domicilio, administración con iniciativa o mando directo de un grupo de peones.

  • GRUPO IVTareas con algo de iniciativa o de oficio: venta avanzada, escaparates, almacén con control de entradas y salidas, carretillas, cobro a domicilio, administración con iniciativa o mando directo de un grupo de peones.

Grupo profesional III

Tareas sencillas y rutinarias con instrucciones concretas: venta sin especialización, recepción y teléfono sin idiomas, introducir datos, archivo y facturación sencillos, ayuda en cocina, portería o embalaje.

  • GRUPO IIITareas sencillas y rutinarias con instrucciones concretas: venta sin especialización, recepción y teléfono sin idiomas, introducir datos, archivo y facturación sencillos, ayuda en cocina, portería o embalaje.

Grupo profesional II

Tareas manuales y elementales: envasar y etiquetar, cargar y descargar, limpiar locales, hacer recados, recibir y colocar mercancía sin registrarla.

  • GRUPO IITareas manuales y elementales: envasar y etiquetar, cargar y descargar, limpiar locales, hacer recados, recibir y colocar mercancía sin registrarla.

Grupo profesional I

Iniciación: el ayudante que entra en la empresa y auxilia en las distintas secciones, como máximo 2 años en esta categoría.

  • GRUPO IIniciación: el ayudante que entra en la empresa y auxilia en las distintas secciones, como máximo 2 años en esta categoría.

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de nocturnidad (después de las 22:00)Tiempo que excede de las 22:00 cuando la jornada se prolonga por necesidades del centro, incluidas las tareas de cierre · art. 1325 % sobre la hora ordinaria por hora
Trabajo en domingos y festivosHoras trabajadas en domingo o festivo (siempre voluntarias) · art. 1525 % sobre la hora ordinaria por hora
Promoción económica (antigua antigüedad)Solo quien tenía contrato indefinido a 31/12/1994 y cobraba antigüedad (5 % del salario base por quinquenio) · art. 23Cantidad consolidada y no absorbible que ya se venía cobrando; no genera nuevos tramos
Kilometraje por desplazamiento a otro centroDesplazamiento temporal a otro centro fuera de la localidad, a más de 10 km del de origen, si alarga el trayecto desde casa · art. 200,19 €
Dieta de comida en desplazamiento con jornada partidaDesplazamiento a otro centro que obliga a comer fuera por la jornada partida · art. 207,00 € por día
Premio de permanencia (25 años)Al cumplir 25 años ininterrumpidos en la empresa, una sola vez · art. 31Una mensualidad de salario base más promoción económica, en el mes siguiente

Horas extra: se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria. Preferentemente en descanso incrementado un 50 %, dentro de los 4 meses siguientes (art. 14). (art. 14)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (Incremento del 3 % sobre las tablas de 2024, garantizando el SMI, sin atrasos; más 150 € brutos de «compensación convenio» para los grupos II a V); 2026: 3 % (Incremento del 3 % sobre las tablas de 2025 desde el 1/1/2026); 2027: 2 % (Incremento del 2 % sobre las tablas de 2026 desde el 1/1/2027 (más hasta 1 % si el IPC de 2026 supera el 3 %)).

Revisión salarial: Si el IPC de 2026 supera el 3 %, se añade hasta un 1 % que se incorpora a las tablas sobre las que se aplica la subida de 2027, con efectos de 1/1/2027 y sin atrasos; igual en 2027 y 2028 si el IPC supera el 2 %. Las empresas pueden compensar la subida con lo pagado «a cuenta convenio» ese año. En caso de prórroga sin denuncia, las retribuciones suben el IPC nacional de los últimos 12 meses (art. 4). (art. 21, art. 22 y art. 4).

Permisos pagados.

2 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o unión de hechoart. 1715Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 173 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 175Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 171Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento, solo si no se tienen cotizaciones para la prestación por nacimientoart. 175Mejora el Estatuto
Exámenes de formación académica, profesional o social: el tiempo necesarioart. 17—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médica propia, o acompañar al cónyuge o a hijos/as si no hay otro familiar: el tiempo necesarioart. 17—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal: el tiempo indispensableart. 17—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Imposibilidad de llegar al trabajo por restricciones de las autoridades o riesgo grave (catástrofe, fenómeno meteorológico)art. 174Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente que exija presencia inmediata)art. 17.2.D4Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupos VI, VII, VIII y IX: 6 meses
  • Grupo V: 3 meses
  • Grupos I a IV: 45 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 20/1/2026 · Publicado el convenio de supermercados, autoservicios y detallistas de alimentación de Alicante 2024-2028, con tablas hasta 2028.

Fuente: BOP Alicante de 20 de enero de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Firmado por la Asociación de Empresarios Minoristas de Alimentación, CCOO y UGT. Efectos económicos del 1/1/2024 al 31/12/2028 (art. 3); publicado en el BOP de Alicante de 20/01/2026, con tablas 2024-2028.

Es el convenio de la especialidad de alimentación de Alicante (supermercados, autoservicios y detallistas de alimentación). El comercio que no es de alimentación va al convenio de comercio general de la provincia (comercio-alicante).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de supermercados y alimentación de Alicante?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de supermercados y alimentación de Alicante en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 17.073,28 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de supermercados y alimentación de Alicante?

28 días hábiles al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupos VI, VII, VIII y IX: 6 meses. Grupo V: 3 meses. Grupos I a IV: 45 días.

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