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Tablas salariales de transporte de mercancías de Valladolid 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 35 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (arts. 12 y 13 y anexo («V.H. Extra»))

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo I: Personal superior y técnico
    Director/a de Área o Depto1.642,26 €25.595,04 €+3,0 %17,33 €
    Director/a o Delegado de Sucursal1.604,07 €25.022,22 €+3,0 %16,95 €
    Jefe/a de Servicio1.587,39 €24.771,96 €+3,0 %16,78 €
    Titulado/a de Grado Superior1.486,64 €23.260,74 €+3,0 %15,75 €
    Jefe/a de Sección1.301,86 €20.489,09 €+3,0 %13,88 €
    Jefe/a de Negociado1.254,73 €19.782,19 €+3,0 %13,40 €
    Titulado/a de Grado Medio1.256,79 €19.813,00 €+3,0 %13,42 €
    Jefe/a de Tráfico de 1ª1.239,66 €19.556,02 €+3,0 %13,24 €
    Jefe/a de Tráfico de 2ª1.192,16 €18.843,62 €+3,0 %12,76 €
    Encargado/a General1.239,66 €19.556,02 €+3,0 %13,24 €
    Inspector/a-Visitador/a1.192,16 €18.843,62 €+3,0 %12,76 €
    Jefe/a de Taller1.362,90 €21.404,60 €+3,0 %14,50 €
    Grupo II: Personal administrativo
    Oficial/a de Primera1.184,27 €18.725,20 €+3,0 %12,68 €
    Oficial/a de Segunda1.145,95 €18.150,49 €+3,0 %12,29 €
    Auxiliar1.090,68 €17.321,38 €+3,0 %11,73 €
    Teleoperador/a1.083,39 €17.212,09 €+3,0 %11,66 €
    Grupo III: Personal de movimiento
    Encargado/a de Almacén1.159,38 €18.351,87 €+3,0 %12,43 €
    Encargado/a de garaje, campas y otras dependencias1.161,06 €18.377,00 €+3,0 %12,45 €
    Jefe/a de Equipo1.142,89 €18.104,53 €+3,0 %12,26 €
    Conductor/a mecánico1.170,11 €18.512,80 €+3,0 %12,54 €
    Conductor/a1.147,16 €18.168,56 €+3,0 %12,30 €
    Conductor/a-Repartidor/a de vehículos ligeros1.119,95 €17.760,46 €+3,0 %12,03 €
    Capitonista1.142,89 €18.104,53 €+3,0 %12,26 €
    Mozo/a especializado-carretillero/a1.098,46 €17.438,08 €+3,0 %11,81 €
    Auxiliar de Almacén-Basculero/a1.110,08 €17.612,44 €+3,0 %11,93 €
    Ayudante o Mozo Especializado1.098,46 €17.438,08 €+3,0 %11,81 €
    Mozo/a Repartidor/a1.075,39 €17.091,95 € SMI+3,0 %11,58 €
    Grupo IV: Personal de servicios auxiliares
    Jefe/a de Equipo de Taller1.221,53 €19.284,07 €+3,0 %13,06 €
    Oficial/a de Oficios1.155,70 €18.296,62 €+3,0 %12,39 €
    Carpintero/a de mudanzas o guardamuebles1.075,47 €17.093,15 € SMI+3,0 %11,58 €
    Mozo/a Especializado en Taller1.094,11 €17.372,85 €+3,0 %11,77 €
    Personal de Mantenimiento y Limpieza1.075,47 €17.093,15 € SMI+3,0 %11,58 €
    Ordenanza1.075,47 €17.093,15 € SMI+3,0 %11,58 €
    Guarda1.075,47 €17.093,15 € SMI+3,0 %11,58 €
    Peón/a1.075,47 €17.093,15 € SMI+3,0 %11,58 €

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cantidad fija por tramos)

      Importe total según años de servicio: 22,18 € (3 años), 44,3 € (5 años), 81,36 € (10 años), 118,33 € (15 años)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, por tiempo de servicio en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      El baremo da el importe total de cada tramo (los tramos guardan la diferencia entre totales, calculada). El convenio no dice si es mensual: se carga como mensual y se cobra en las pagas extra (art. 15: salario base más antigüedad). Quien cobraba más lo conserva hasta que el nuevo sistema lo supere.

    • Plus de nocturnidad

      (Salario base anual / 1.792 horas) × 25 % por hora nocturna

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00; no lo cobran quienes fueron contratados para ese horario, el trabajo nocturno por naturaleza ni los conductores de ruta.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20 y anexo

      La tabla da en «V.H. Noctur.» el valor completo de la hora nocturna (precio hora del salario base × 1,25), guardado en valor hora nocturna de cada fila.

    • Plus de penosidad, peligrosidad y toxicidad

      (Salario base anual / 1.792 horas) × 20 % por hora

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos penosos, peligrosos o tóxicos según la ley.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16 y anexo

      La tabla da en «V.H. Pelig. y Penos.» el valor completo de esa hora (precio hora × 1,20), guardado en valor hora peligrosidad penosidad.

    • Ayuda familiar por hijo en edad escolar

      84,0 € al año por hijo

      Quién lo cobra: Por cada hijo de 3 a 19 años; se paga en octubre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Dieta nacional (diaria)

      53,17 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por día; se reparte en comida 35 %, cena 25 %, cama 30 % y desayuno 10 %. Importes mínimos.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. art. 14

    • Dieta internacional (diaria)

      64,95 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por día en el extranjero; mismo reparto por comidas. Importes mínimos.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS en el extranjero (48,08 €/día sin pernocta y 91,35 €/día con pernocta); el exceso cotiza. art. 14

    • Plus de actividad

      80,09 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Valladolid · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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