Saltar al contenido

Tablas salariales de transporte de mercancías de Palencia 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 65 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 10 y anexo)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Agencias de transportes · Personal administrativo
    Jefe/a de sección1.337,69 €20.113,77 €*10,61 €
    Jefe/a de negociado1.337,69 €20.113,77 €*10,61 €
    Oficial administrativo de 1ª1.157,49 €17.410,77 €*10,61 €
    Oficial administrativo de 2ª1.157,49 €17.410,77 €*10,61 €
    Auxiliar administrativo1.099,24 €16.537,02 €*10,61 €
    Aspirante administrativo1.069,39 €16.089,27 €*10,61 €
    Encargado/a general1.337,69 €20.113,77 €*10,61 €
    Encargado/a de almacén1.157,49 €17.410,77 €*10,61 €
    Agencias de transportes · Personal de movimiento
    Capataz1.152,72 €17.339,22 €*10,61 €
    Factor/a1.123,51 €16.901,07 €*10,61 €
    Auxiliar de almacén y basculero1.123,51 €16.901,07 €*10,61 €
    Conductor/a plaza1.123,51 €16.901,07 €*10,61 €
    Mozo/a especializado/a1.123,51 €16.901,07 €*10,61 €
    Mozo/a de carga y descarga1.078,69 €16.228,77 €*10,61 €
    Repartidor/a de mercancías1.078,69 €16.228,77 €*10,61 €
    Garajes, estaciones de lavado y engrase y aparcamientos
    Encargado/a general1.157,49 €17.410,77 €*10,61 €
    Encargado/a de almacén1.157,49 €17.410,77 €*10,61 €
    Engrasador/a1.122,41 €16.884,57 €*10,61 €
    Lavacoches1.122,41 €16.884,57 €*10,61 €
    Guarda nocturno1.122,41 €16.884,57 €*10,61 €
    Guarda de día1.077,62 €16.212,72 €*10,61 €
    Mozo/a1.077,62 €16.212,72 €*10,61 €
    Garajes, estaciones de lavado y engrase y aparcamientos · Personal de taller
    Jefe/a de taller1.337,69 €20.113,77 €*10,61 €
    Encargado/a o contramaestre1.225,99 €18.438,27 €*10,61 €
    Encargado/a de almacén1.155,57 €17.381,97 €*10,61 €
    Oficiales de 1ª y 2ª1.141,11 €17.165,07 €*10,61 €
    Oficial de 3ª1.122,40 €16.884,42 €*10,61 €
    Mozo/a de taller1.077,62 €16.212,72 €*10,61 €
    Aprendices1.069,39 €16.089,27 €*10,61 €
    Mercancías por carretera · Personal administrativo
    Jefe/a de sección de administración1.453,58 €21.852,12 €*10,61 €
    Jefe/a de negociado1.453,58 €21.852,12 €*10,61 €
    Oficial administrativo de 1ª1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €
    Oficial administrativo de 2ª1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €
    Auxiliar administrativo1.157,49 €17.410,77 €*10,61 €
    Aspirante administrativo1.069,39 €16.089,27 €*10,61 €
    Mercancías por carretera · Personal de movimiento
    Jefe/a de tráfico de 1ª1.323,05 €19.894,17 €*10,61 €
    Jefe/a de tráfico de 2ª1.323,05 €19.894,17 €*10,61 €
    Jefe/a de tráfico de 3ª1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €
    Conductor/a mecánico1.232,37 €18.533,97 €*10,61 €
    Conductor portavehículos1.338,46 €20.125,32 €*10,61 €
    Conductor/a1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Conductor/a segunda1.089,65 €16.393,17 €*10,61 €
    Conductor/a ayudante1.069,39 €16.089,27 €*10,61 €
    Conductor/a motocicleta y furgoneta1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Ayudante1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Mozo de carga y descarga1.160,22 €17.451,72 €*—
    Repartidor1.160,22 €17.451,72 €*10,61 €
    Encargado/a de almacén de mudanzas1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €
    Capataz1.232,37 €18.533,97 €*10,61 €
    Capitonista1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Mozo/a especializado/a1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Carpintero/a1.232,37 €18.533,97 €*10,61 €
    Mercancías por carretera · Personal de taller
    Jefe/a de taller1.323,06 €19.894,32 €*10,61 €
    Encargado/a o contramaestre1.323,06 €19.894,32 €*10,61 €
    Encargado/a de almacén1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €
    Oficiales de 1º y 2º año1.232,37 €18.533,97 €*10,61 €
    Oficial de 3º año1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Mozo/a de taller1.160,19 €17.451,27 €*10,61 €
    Aprendices1.069,39 €16.089,27 €*10,61 €
    Mercancías por carretera · Personal de logística
    Encargado/a1.323,06 €19.894,32 €*10,61 €
    Oficiales de 1ª1.232,37 €18.533,97 €*10,61 €
    Administrativo1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €
    Mozo/a especializado/a1.208,37 €18.173,97 €*10,61 €
    Carretillero1.232,37 €18.533,97 €*10,61 €
    Capataz1.246,15 €18.740,67 €*10,61 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus personal de antigüedad consolidada

      Cantidad individual consolidada a 31/12/1996

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad adquirida a 31/12/1996.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      No se genera nueva antigüedad. Entra en las tres pagas extra (art. 14).

    • Plus de nocturnidad

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora o fracción trabajada entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

    • Plus de peligrosidad

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Actividad principal de transporte o manipulación de mercancías peligrosas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

      15 % del salario base salvo pacto.

    • Plus de penosidad (polvo de sílice)

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo en atmósfera contaminada por polvo de sílice.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

      15 % del salario base salvo pacto.

    • Plus de penosidad en lavaderos

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Personal que trabaja en los lavaderos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

    • Plus de conducción de vehículos nuevos

      125,61 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien tiene como misión principal manipular y posicionar al cargue vehículos nuevos a la salida de fábrica.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

    • Plus de manipulación de mercancías sin muelle

      79,57 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal no conductor que carga y descarga habitualmente con transpaleta manual dentro del camión donde no hay muelle.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

      No absorbible ni compensable.

    • Dieta completa nacional (servicio regular)

      41,20 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio nacional (España y Portugal) con desplazamiento.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. art. 17 y anexo

      En servicio discrecional la media dieta es el 50 % de la completa; con pensión completa a cargo de la empresa se cobra el 50 % por día fuera.

    • Dieta: desayuno

      4,41 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desayuno fuera por el servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. anexo

    • Dieta: comida

      11,03 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida fuera por el servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. anexo

    • Dieta: cena

      11,03 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cena fuera por el servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. anexo

    • Bolsa de vacaciones

      48,42 € al mes, en 1 pagas

      Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Palencia · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    ¿Eres empresa?

    Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

    Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

    Ver soluciones para empresas

    Lo que suele venir después.