Tablas salariales de transporte de mercancías de Almería 2026.
No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
Hay 36 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Prorrogada del año anterior Subida general 0,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se pueden compensar con descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes (entonces no cuentan para el límite legal). (arts. 24 y 38, Anexo II)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I. Personal superior y técnico | ||||
| Director/a de Área o Departamento | 1.128,93 € | 18.938,10 €* | 0,0 % | 8,52 € |
| Director/a o Delegado/a de Sucursal | 1.128,93 € | 18.938,10 €* | 0,0 % | 8,52 € |
| Jefe/a de Servicio | 1.128,93 € | 18.938,10 €* | 0,0 % | 8,52 € |
| Titulado/a de Grado Superior | 1.110,27 € | 18.658,20 €* | 0,0 % | 8,52 € |
| Titulado/a de Grado Medio | 991,45 € | 16.875,90 €* SMI1 | 0,0 % | 8,52 € |
| Jefe/a de Sección | 1.000,84 € | 17.016,75 €* SMI2 | 0,0 % | 8,52 € |
| Jefe/a de Negociado | 982,00 € | 16.734,15 €* SMI3 | 0,0 % | 8,52 € |
| Jefe/a de Tráfico de Primera | 976,41 € | 16.650,30 €* SMI4 | 0,0 % | 8,52 € |
| Jefe/a de Tráfico de Segunda | 970,80 € | 16.566,15 €* SMI5 | 0,0 % | 8,52 € |
| Encargado/a General | 967,05 € | 16.509,90 €* SMI6 | 0,0 % | 8,52 € |
| Inspector/a-Visitador/a de Empresas de Mudanzas | 955,43 € | 16.335,60 €* SMI7 | 0,0 % | 8,52 € |
| Jefe/a de Taller | 1.016,98 € | 17.258,85 €* | 0,0 % | 8,52 € |
| Grupo II. Personal administrativo | ||||
| Oficial Administrativo/a 1ª | 965,11 € | 16.480,80 €* SMI8 | 0,0 % | 8,13 € |
| Oficial Administrativo/a 2ª | 936,69 € | 16.054,50 €* SMI9 | 0,0 % | 7,94 € |
| Auxiliar | 919,20 € | 15.792,15 €* SMI10 | 0,0 % | 7,94 € |
| Telefonista | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI11 | 0,0 % | 7,94 € |
| Encargado/a de Almacén | 953,86 € | 16.312,05 €* SMI12 | 0,0 % | 8,13 € |
| Jefe/a de Equipo | 942,49 € | 16.141,50 €* SMI13 | 0,0 % | 7,98 € |
| Encargado/a de Garaje | 953,99 € | 16.314,00 €* SMI14 | 0,0 % | 7,98 € |
| Conductor/a-Mecánico/a | 942,54 € | 16.142,25 €* SMI15 | 0,0 % | 8,13 € |
| Conductor/a | 918,31 € | 15.778,80 €* SMI16 | 0,0 % | 7,98 € |
| Conductor/a-Repartidor/a | 928,73 € | 15.935,10 €* SMI17 | 0,0 % | 8,13 € |
| Capitonista | 915,80 € | 15.741,15 €* SMI18 | 0,0 % | 7,98 € |
| Mozo/a Especializado/a-carretillero/a | 915,80 € | 15.741,15 €* SMI19 | 0,0 % | 7,98 € |
| Ayudante y/o Mozo/a Especializado | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI20 | 0,0 % | 7,94 € |
| Auxiliar de Almacén-Basculero | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI21 | 0,0 % | 7,94 € |
| Mozo/a | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI22 | 0,0 % | 7,94 € |
| Personal de Mensajería Urbana | 828,53 € | 14.432,10 €* SMI23 | 0,0 % | 7,94 € |
| Grupo IV. Personal de servicios auxiliares | ||||
| Ordenanza | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI24 | 0,0 % | 7,94 € |
| Guarda | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI25 | 0,0 % | 7,94 € |
| Personal de Mantenimiento y Limpieza | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI26 | 0,0 % | 7,94 € |
| Jefe/a de Equipo de Taller | 942,49 € | 16.141,50 €* SMI27 | 0,0 % | 7,98 € |
| Oficial de 1ª de Oficios | 928,73 € | 15.935,10 €* SMI28 | 0,0 % | 8,13 € |
| Oficial de 2ª de Oficios | 919,20 € | 15.792,15 €* SMI29 | 0,0 % | 7,94 € |
| Mozo/a Especializado de Taller | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI30 | 0,0 % | 7,94 € |
| Peón | 914,94 € | 15.728,25 €* SMI31 | 0,0 % | 7,94 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
1. Titulado/a de Grado Medio: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
2. Jefe/a de Sección: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
3. Jefe/a de Negociado: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
4. Jefe/a de Tráfico de Primera: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
5. Jefe/a de Tráfico de Segunda: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
6. Encargado/a General: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
7. Inspector/a-Visitador/a de Empresas de Mudanzas: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
8. Oficial Administrativo/a 1ª: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
9. Oficial Administrativo/a 2ª: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
10. Auxiliar: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
11. Telefonista: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
12. Encargado/a de Almacén: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
13. Jefe/a de Equipo: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
14. Encargado/a de Garaje: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
15. Conductor/a-Mecánico/a: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
16. Conductor/a: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
17. Conductor/a-Repartidor/a: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
18. Capitonista: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
19. Mozo/a Especializado/a-carretillero/a: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
20. Ayudante y/o Mozo/a Especializado: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
21. Auxiliar de Almacén-Basculero: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
22. Mozo/a: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
23. Personal de Mensajería Urbana: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
24. Ordenanza: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
25. Guarda: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
26. Personal de Mantenimiento y Limpieza: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
27. Jefe/a de Equipo de Taller: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
28. Oficial de 1ª de Oficios: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
29. Oficial de 2ª de Oficios: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
30. Mozo/a Especializado de Taller: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
31. Peón: Salario de tabla (base + plus convenio. 15 pagas) por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): se cobra como mínimo el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.826 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Convenio vencido el 31/12/2024 y denunciado; sin tablas posteriores publicadas a 14/10/2026: en 2026 se aplica la «Tabla de salarios 2024» del Anexo I (BOP Almería núm. 131 de 11/07/2022), art. 86 ET. Columnas: salario base mensual y plus convenio mensual; anual (calculado) = (base + plus convenio) × 15, porque las 3 pagas extra incluyen salario base, antigüedad y plus convenio (art. 33). Bienio y quinquenio mensuales de la «Tabla de antigüedad 2024» (Anexo I-2) en bienio mes y quinquenio mes. Personal de grupos de cotización 8 a 11: salario diario = mensual ÷ 30 (art. 29). Los complementos son los importes de 2024. Toda la tabla queda por debajo del SMI de 2025 y 2026: rige el SMI.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (bienios y quinquenios)
Importe mensual por categoría de cada bienio (importe de cada categoría) y de cada quinquenio (campo quinquenio mes de la fila), según la tabla de antigüedad 2024Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Como máximo dos bienios y dos quinquenios (se respeta a título personal lo que se cobrase de más). Se cobra también en las 3 pagas extra..
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Plus de transporte
37,26 € al mes, en 11 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla, salvo en el periodo de vacaciones..
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Plus de nocturnidad
1,39 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00, siempre que se trabajen al menos 2 horas en esa franja..
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Plus de conductor/a-perceptor/a
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductores o ayudantes que cobran los portes de las mercancías y conductores-repartidores de mercancía fraccionada. No se cobra durante las suspensiones del contrato ni en vacaciones..
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Plus de peligrosidad, penosidad y toxicidad
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Conductores y, en su caso, ayudantes de líquidos inflamables y mercancías peligrosas; pintores; conductores de camiones grúa; conductores y ayudantes que transportan y manipulan graneles que producen polvo..
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Plus de personal de talleres
5,54 € por cada día trabajadoLo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Personal de talleres (mecánicos, lavacoches y mozos), por día trabajado..
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Suplemento de engrase y limpieza
43,50 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Conductores que voluntariamente hacen el engrase, lavado o limpieza de los vehículos..
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Quebranto de moneda
1,31 € por cada día trabajadoLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Conductores o ayudantes que cobran los portes y cobradores de facturas, por día trabajado..
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Bolsa de vacaciones
92,21 € al año (importe de 2024)Quién lo cobra: Toda la plantilla, antes de empezar las vacaciones..
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Dieta en servicios internacionales e interprovinciales (completa)
55,71 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida 19,49 €, cena 19,49 € y pernoctación con desayuno 16,72 €. Son mínimos; nunca por encima de los límites del Reglamento del IRPF. En destacamento (más de 3 meses y hasta un año), el 85 %..
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Dieta en servicios provinciales (completa)
36,58 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida 12,77 €, cena 12,77 € y pernoctación con desayuno 11,04 €. Son mínimos; nunca por encima de los límites del Reglamento del IRPF. En destacamento (más de 3 meses y hasta un año), el 85 %..
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Ayuda de comida en plaza
75 % de la dieta de almuerzo correspondiente, salvo acuerdo de empresaAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Comer fuera del centro de trabajo y del domicilio por conveniencia del servicio, sin desplazarse a otra localidad..
Plus convenio
133,61 € al mes, en 15 pagasPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Almería · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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