Tabla salarial 2025 · Provincial · Pontevedra
Tablas salariales de sanidad privada de Pontevedra 2025.
Sueldo bruto de las 42 categorías del convenio de sanidad privada de Pontevedra en 2025: de 13.494 € a 20.890 € al año.
FUENTEBOP Pontevedra · Tabla 2025 · actualizado elLa hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Empresa y trabajadores pueden pactar en cada empresa abonarlas con un recargo del 75 % o compensarlas con descanso. (art. 13) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|
| Asistencial · Grupo I | |||||
| Director/a médico/a | 1.492,15 € | 14 | 20.890,10 €* | 20,65 € | Neto de Director/a médico/a |
| Subdirector/a médico/a | 1.356,74 € | 14 | 18.994,36 €* | 18,78 € | Neto de Subdirector/a médico/a |
| Jefe/a de servicio | 1.356,74 € | 14 | 18.994,36 €* | 18,78 € | Neto de Jefe/a de servicio |
| Farmacéutico/a | 1.297,31 € | 14 | 18.162,34 €* | 17,96 € | Neto de Farmacéutico/a |
| Odontólogo/a | 1.297,31 € | 14 | 18.162,34 €* | 17,96 € | Neto de Odontólogo/a |
| Psicólogo/a | 1.297,31 € | 14 | 18.162,34 €* | 17,96 € | Neto de Psicólogo/a |
| Médico/a | 1.297,31 € | 14 | 18.162,34 €* | 17,96 € | Neto de Médico/a |
| Asistencial · Grupo II | |||||
| Jefe/a de enfermería | 1.290,72 € | 14 | 18.070,08 €* | 17,87 € | Neto de Jefe/a de enfermería |
| Supervisor/a de enfermería | 1.186,56 € | 14 | 16.611,84 €* | 16,42 € | Neto de Supervisor/a de enfermería |
| Enfermero/a especialista, matrón/a | 1.186,56 € | 14 | 16.611,84 €* | 16,42 € | Neto de Enfermero/a especialista, matrón/a |
| Enfermero/a | 1.180,85 € | 14 | 16.531,90 €*1 | 16,35 € | Neto de Enfermero/a |
| Fisioterapeuta | 1.180,85 € | 14 | 16.531,90 €*2 | 16,35 € | Neto de Fisioterapeuta |
| Logopeda | 1.180,85 € | 14 | 16.531,90 €*3 | 16,35 € | Neto de Logopeda |
| Terapeuta ocupacional | 1.180,85 € | 14 | 16.531,90 €*4 | 16,35 € | Neto de Terapeuta ocupacional |
| Dietista y nutricionista | 1.180,85 € | 14 | 16.531,90 €*5 | 16,35 € | Neto de Dietista y nutricionista |
| Óptico/optometrista | 1.180,85 € | 14 | 16.531,90 €*6 | 16,35 € | Neto de Óptico/optometrista |
| Asistencial · Grupo III | |||||
| Supervisor/a de área | 1.089,44 € | 14 | 15.252,16 €*7 | 15,08 € | Neto de Supervisor/a de área |
| Coordinador/a de área | 1.089,44 € | 14 | 15.252,16 €*8 | 15,08 € | Neto de Coordinador/a de área |
| Técnico/a superior en cualquier especialidad asistencial | 1.054,22 € | 14 | 14.759,08 €*9 | 14,59 € | Neto de Técnico/a superior en cualquier especialidad asistencial |
| Asistencial · Grupo IV | |||||
| Auxiliar de enfermería | 1.014,57 € | 14 | 14.203,98 €*10 | 14,04 € | Neto de Auxiliar de enfermería |
| Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE) | 1.014,57 € | 14 | 14.203,98 €*11 | 14,04 € | Neto de Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE) |
| Técnico/a de farmacia | 1.014,57 € | 14 | 14.203,98 €*12 | 14,04 € | Neto de Técnico/a de farmacia |
| Puericultor/a | 1.014,57 € | 14 | 14.203,98 €*13 | 14,04 € | Neto de Puericultor/a |
| Asistencial · Grupo V | |||||
| Cuidador/a | 1.001,33 € | 14 | 14.018,62 €*14 | 13,86 € | Neto de Cuidador/a |
| Técnico/a en atención sociosanitaria | 1.001,33 € | 14 | 14.018,62 €*15 | 13,86 € | Neto de Técnico/a en atención sociosanitaria |
| Celador/a | 1.001,33 € | 14 | 14.018,62 €*16 | 13,86 € | Neto de Celador/a |
| Gestión y servicios · Grupo A | |||||
| Administrador/a, gerente | 1.492,15 € | 14 | 20.890,10 €* | 20,65 € | Neto de Administrador/a, gerente |
| Director/a administrativo/a | 1.297,31 € | 14 | 18.162,34 €* | 17,96 € | Neto de Director/a administrativo/a |
| Titulados superiores | 1.297,31 € | 14 | 18.162,34 €* | 17,96 € | Neto de Titulados superiores |
| Trabajador/a social | 1.180,23 € | 14 | 16.523,22 €*17 | 16,34 € | Neto de Trabajador/a social |
| Gestión y servicios · Grupo B | |||||
| Jefe/a de departamento | 1.088,47 € | 14 | 15.238,58 €*18 | 15,07 € | Neto de Jefe/a de departamento |
| Técnico/a de mantenimiento | 1.072,83 € | 14 | 15.019,62 €*19 | 14,85 € | Neto de Técnico/a de mantenimiento |
| Informático/a | 1.014,57 € | 14 | 14.203,98 €*20 | 14,04 € | Neto de Informático/a |
| Oficial administrativo/a | 1.014,57 € | 14 | 14.203,98 €*21 | 14,04 € | Neto de Oficial administrativo/a |
| Gestión y servicios · Grupo C | |||||
| Cocinero/a | 1.013,46 € | 14 | 14.188,44 €*22 | 14,03 € | Neto de Cocinero/a |
| Auxiliar administrativo/a | 979,90 € | 14 | 13.718,60 €*23 | 13,56 € | Neto de Auxiliar administrativo/a |
| Camarero/a | 979,90 € | 14 | 13.718,60 €*24 | 13,56 € | Neto de Camarero/a |
| Telefonista | 979,90 € | 14 | 13.718,60 €*25 | 13,56 € | Neto de Telefonista |
| Gestión y servicios · Grupo D | |||||
| Pinche de cocina | 976,09 € | 14 | 13.665,26 €*26 | 13,51 € | Neto de Pinche de cocina |
| Peón de mantenimiento | 963,87 € | 14 | 13.494,18 €*27 | 13,34 € | Neto de Peón de mantenimiento |
| Limpiador/a | 963,87 € | 14 | 13.494,18 €*28 | 13,34 € | Neto de Limpiador/a |
| Personal de lavandería | 963,87 € | 14 | 13.494,18 €*29 | 13,34 € | Neto de Personal de lavandería |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Enfermero/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
2. Fisioterapeuta: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
3. Logopeda: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
4. Terapeuta ocupacional: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
5. Dietista y nutricionista: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
6. Óptico/optometrista: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
7. Supervisor/a de área: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
8. Coordinador/a de área: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
9. Técnico/a superior en cualquier especialidad asistencial: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
10. Auxiliar de enfermería: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
11. Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE): Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
12. Técnico/a de farmacia: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
13. Puericultor/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
14. Cuidador/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
15. Técnico/a en atención sociosanitaria: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
16. Celador/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
17. Trabajador/a social: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
18. Jefe/a de departamento: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
19. Técnico/a de mantenimiento: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
20. Informático/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
21. Oficial administrativo/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
22. Cocinero/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
23. Auxiliar administrativo/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
24. Camarero/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
25. Telefonista: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
26. Pinche de cocina: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
27. Peón de mantenimiento: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
28. Limpiador/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
29. Personal de lavandería: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla
Anexo I (tabla 2025): un salario base mensual por nivel, compartido por varias categorías (se repite en cada una). El anual no lo da la tabla: salario base × 14 (12 mensualidades y pagas de julio y Navidad, art. 18), calculado; no incluye el plus de vinculación (una mensualidad más al año, en complementos).
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de vinculación o permanencia (una mensualidad al año)
de 963,87 a 1.492,15 € al mes según categoría, en 1 pagasQuién lo cobra: Haber tenido contrato con la empresa en los 12 meses anteriores, con un mínimo de 300 días entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto; se paga en la nómina de septiembre.
-
Plus de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 8:00.
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Retribución por trabajo en festivo
15,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por festivo trabajado (desde el 30/7/2025, fecha de la firma).
-
Retribución por trabajo en domingo
7,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por domingo trabajado (desde el 30/7/2025, fecha de la firma).
-
Plus por servicios en fechas especiales
30,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por trabajar de 22:00 del 24 a 22:00 del 25 de diciembre, de 22:00 del 31 de diciembre a 22:00 del 1 de enero o de 22:00 del 5 a 22:00 del 6 de enero; proporcional al tiempo trabajado en cada franja.
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Complemento de puesto: toxicidad, peligrosidad o penosidad
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Personal sanitario de los grupos I, II y III que trabaje en quirófanos, radioterapia, radioelectrología, medicina nuclear, laboratorio de análisis, UCI, psiquiatría, riñón artificial, bacteriología o pabellón de infecciosos (también en clínicas dentales, de fisioterapia o estéticas).
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Plus de puesto de trabajo (hospitales de más de 300 camas)
54,09 € al mes, en 14 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Trabajar en un centro hospitalario de más de 300 camas.
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Plus de auxiliar de ayuda a domicilio
15,03 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Categoría de auxiliar de ayuda a domicilio (no figura en la tabla salarial).
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Plus de unidades asistenciales de drogodependencias
Al mes: grupo A (titulados superiores) 90 €; grupo B (titulados de grado medio) 60 €; grupo C (técnicos, especialistas y equivalentes) 45 €; grupo D (auxiliares de enfermería, monitores y equivalentes) 30 €; grupo E (servicios generales y subalternos) 15 €Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de unidades asistenciales de drogodependientes.
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Complemento de transporte (jornada continua)
62,03 € al mes, en 12 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por mes efectivo de trabajo en jornada continua.
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Complemento de transporte (jornada partida)
85,88 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajar en jornada partida. Quién lo cobra: Por mes efectivo de trabajo en jornada partida (sustituye al de jornada continua).
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Complemento de equidad
15,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Quienes cobran un complemento para llegar al SMI; proporcional al tiempo trabajado (desde la nómina de agosto de 2025).
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
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