Tabla salarial 2025 · Provincial · Pontevedra

Tablas salariales de sanidad privada de Pontevedra 2025.

Sueldo bruto de las 42 categorías del convenio de sanidad privada de Pontevedra en 2025: de 13.494 € a 20.890 € al año.

FUENTEBOP Pontevedra · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+2,4 %

+2,4 % (art. 14) Fuente

Hora extra13,34–20,65 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Empresa y trabajadores pueden pactar en cada empresa abonarlas con un recargo del 75 % o compensarlas con descanso. (art. 13) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

Montar mi bruto anual

Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraCalcular
Asistencial · Grupo I
Director/a médico/a1.492,15 €1420.890,10 €*20,65 €Neto de Director/a médico/a
Subdirector/a médico/a1.356,74 €1418.994,36 €*18,78 €Neto de Subdirector/a médico/a
Jefe/a de servicio1.356,74 €1418.994,36 €*18,78 €Neto de Jefe/a de servicio
Farmacéutico/a1.297,31 €1418.162,34 €*17,96 €Neto de Farmacéutico/a
Odontólogo/a1.297,31 €1418.162,34 €*17,96 €Neto de Odontólogo/a
Psicólogo/a1.297,31 €1418.162,34 €*17,96 €Neto de Psicólogo/a
Médico/a1.297,31 €1418.162,34 €*17,96 €Neto de Médico/a
Asistencial · Grupo II
Jefe/a de enfermería1.290,72 €1418.070,08 €*17,87 €Neto de Jefe/a de enfermería
Supervisor/a de enfermería1.186,56 €1416.611,84 €*16,42 €Neto de Supervisor/a de enfermería
Enfermero/a especialista, matrón/a1.186,56 €1416.611,84 €*16,42 €Neto de Enfermero/a especialista, matrón/a
Enfermero/a1.180,85 €1416.531,90 €*116,35 €Neto de Enfermero/a
Fisioterapeuta1.180,85 €1416.531,90 €*216,35 €Neto de Fisioterapeuta
Logopeda1.180,85 €1416.531,90 €*316,35 €Neto de Logopeda
Terapeuta ocupacional1.180,85 €1416.531,90 €*416,35 €Neto de Terapeuta ocupacional
Dietista y nutricionista1.180,85 €1416.531,90 €*516,35 €Neto de Dietista y nutricionista
Óptico/optometrista1.180,85 €1416.531,90 €*616,35 €Neto de Óptico/optometrista
Asistencial · Grupo III
Supervisor/a de área1.089,44 €1415.252,16 €*715,08 €Neto de Supervisor/a de área
Coordinador/a de área1.089,44 €1415.252,16 €*815,08 €Neto de Coordinador/a de área
Técnico/a superior en cualquier especialidad asistencial1.054,22 €1414.759,08 €*914,59 €Neto de Técnico/a superior en cualquier especialidad asistencial
Asistencial · Grupo IV
Auxiliar de enfermería1.014,57 €1414.203,98 €*1014,04 €Neto de Auxiliar de enfermería
Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE)1.014,57 €1414.203,98 €*1114,04 €Neto de Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE)
Técnico/a de farmacia1.014,57 €1414.203,98 €*1214,04 €Neto de Técnico/a de farmacia
Puericultor/a1.014,57 €1414.203,98 €*1314,04 €Neto de Puericultor/a
Asistencial · Grupo V
Cuidador/a1.001,33 €1414.018,62 €*1413,86 €Neto de Cuidador/a
Técnico/a en atención sociosanitaria1.001,33 €1414.018,62 €*1513,86 €Neto de Técnico/a en atención sociosanitaria
Celador/a1.001,33 €1414.018,62 €*1613,86 €Neto de Celador/a
Gestión y servicios · Grupo A
Administrador/a, gerente1.492,15 €1420.890,10 €*20,65 €Neto de Administrador/a, gerente
Director/a administrativo/a1.297,31 €1418.162,34 €*17,96 €Neto de Director/a administrativo/a
Titulados superiores1.297,31 €1418.162,34 €*17,96 €Neto de Titulados superiores
Trabajador/a social1.180,23 €1416.523,22 €*1716,34 €Neto de Trabajador/a social
Gestión y servicios · Grupo B
Jefe/a de departamento1.088,47 €1415.238,58 €*1815,07 €Neto de Jefe/a de departamento
Técnico/a de mantenimiento1.072,83 €1415.019,62 €*1914,85 €Neto de Técnico/a de mantenimiento
Informático/a1.014,57 €1414.203,98 €*2014,04 €Neto de Informático/a
Oficial administrativo/a1.014,57 €1414.203,98 €*2114,04 €Neto de Oficial administrativo/a
Gestión y servicios · Grupo C
Cocinero/a1.013,46 €1414.188,44 €*2214,03 €Neto de Cocinero/a
Auxiliar administrativo/a979,90 €1413.718,60 €*2313,56 €Neto de Auxiliar administrativo/a
Camarero/a979,90 €1413.718,60 €*2413,56 €Neto de Camarero/a
Telefonista979,90 €1413.718,60 €*2513,56 €Neto de Telefonista
Gestión y servicios · Grupo D
Pinche de cocina976,09 €1413.665,26 €*2613,51 €Neto de Pinche de cocina
Peón de mantenimiento963,87 €1413.494,18 €*2713,34 €Neto de Peón de mantenimiento
Limpiador/a963,87 €1413.494,18 €*2813,34 €Neto de Limpiador/a
Personal de lavandería963,87 €1413.494,18 €*2913,34 €Neto de Personal de lavandería

* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

1. Enfermero/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

2. Fisioterapeuta: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

3. Logopeda: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

4. Terapeuta ocupacional: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

5. Dietista y nutricionista: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

6. Óptico/optometrista: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

7. Supervisor/a de área: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

8. Coordinador/a de área: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

9. Técnico/a superior en cualquier especialidad asistencial: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

10. Auxiliar de enfermería: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

11. Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE): Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

12. Técnico/a de farmacia: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

13. Puericultor/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

14. Cuidador/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

15. Técnico/a en atención sociosanitaria: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

16. Celador/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

17. Trabajador/a social: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

18. Jefe/a de departamento: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

19. Técnico/a de mantenimiento: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

20. Informático/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

21. Oficial administrativo/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

22. Cocinero/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

23. Auxiliar administrativo/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

24. Camarero/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

25. Telefonista: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

26. Pinche de cocina: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

27. Peón de mantenimiento: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

28. Limpiador/a: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

29. Personal de lavandería: Salario base × 14 por debajo del SMI 2025 (16.576 € anuales). Con el plus de vinculación (una mensualidad más al año) y los demás pluses, si el total no llega al SMI la empresa completa hasta el SMI; quien cobre ese complemento recibe además el complemento de equidad (art. 14).

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.

Notas de la tabla

Anexo I (tabla 2025): un salario base mensual por nivel, compartido por varias categorías (se repite en cada una). El anual no lo da la tabla: salario base × 14 (12 mensualidades y pagas de julio y Navidad, art. 18), calculado; no incluye el plus de vinculación (una mensualidad más al año, en complementos).

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de vinculación o permanencia (una mensualidad al año)

    de 963,87 a 1.492,15 € al mes según categoría, en 1 pagas

    Quién lo cobra: Haber tenido contrato con la empresa en los 12 meses anteriores, con un mínimo de 300 días entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto; se paga en la nómina de septiembre.

    Cotiza y tributa como salario. art. 17

    Una mensualidad de la tabla vigente más la antigüedad reconocida de cada persona.

  • Plus de nocturnidad

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 8:00.

    Cotiza y tributa como salario. art. 20

  • Retribución por trabajo en festivo

    15,00 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por festivo trabajado (desde el 30/7/2025, fecha de la firma).

    Cotiza y tributa como salario. art. 15

  • Retribución por trabajo en domingo

    7,00 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por domingo trabajado (desde el 30/7/2025, fecha de la firma).

    Cotiza y tributa como salario. art. 15

  • Plus por servicios en fechas especiales

    30,00 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por trabajar de 22:00 del 24 a 22:00 del 25 de diciembre, de 22:00 del 31 de diciembre a 22:00 del 1 de enero o de 22:00 del 5 a 22:00 del 6 de enero; proporcional al tiempo trabajado en cada franja.

    Cotiza y tributa como salario. art. 16

  • Complemento de puesto: toxicidad, peligrosidad o penosidad

    el 20 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Personal sanitario de los grupos I, II y III que trabaje en quirófanos, radioterapia, radioelectrología, medicina nuclear, laboratorio de análisis, UCI, psiquiatría, riñón artificial, bacteriología o pabellón de infecciosos (también en clínicas dentales, de fisioterapia o estéticas).

    Cotiza y tributa como salario. art. 19

    El convenio remite a los grupos I, II y III de la Ordenanza laboral de 1976; a quién se aplica recoge los grupos I a III asistenciales de la tabla actual.

  • Plus de puesto de trabajo (hospitales de más de 300 camas)

    54,09 € al mes, en 14 pagas

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Trabajar en un centro hospitalario de más de 300 camas.

    Cotiza y tributa como salario. art. 21

    Se cobra también en las pagas extra de julio y Navidad.

  • Plus de auxiliar de ayuda a domicilio

    15,03 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Categoría de auxiliar de ayuda a domicilio (no figura en la tabla salarial).

    Cotiza y tributa como salario. art. 21

  • Plus de unidades asistenciales de drogodependencias

    Al mes: grupo A (titulados superiores) 90 €; grupo B (titulados de grado medio) 60 €; grupo C (técnicos, especialistas y equivalentes) 45 €; grupo D (auxiliares de enfermería, monitores y equivalentes) 30 €; grupo E (servicios generales y subalternos) 15 €

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de unidades asistenciales de drogodependientes.

    Cotiza y tributa como salario. art. 21

    Los grupos A-E de este plus no coinciden con los de la tabla salarial actual.

  • Complemento de transporte (jornada continua)

    62,03 € al mes, en 12 pagas

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por mes efectivo de trabajo en jornada continua.

    Cotiza y tributa como salario. art. 23

  • Complemento de transporte (jornada partida)

    85,88 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por trabajar en jornada partida. Quién lo cobra: Por mes efectivo de trabajo en jornada partida (sustituye al de jornada continua).

    Cotiza y tributa como salario. art. 23

  • Complemento de equidad

    15,00 € al mes, en 12 pagas

    Quién lo cobra: Quienes cobran un complemento para llegar al SMI; proporcional al tiempo trabajado (desde la nómina de agosto de 2025).

    Cotiza y tributa como salario. art. 14

    Temporal, no consolidable, no compensable ni absorbible.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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