Tabla salarial 2025 · Provincial · Valencia

Tablas salariales de oficinas y despachos de Valencia 2025.

Sueldo bruto de las 29 categorías del convenio de oficinas y despachos de Valencia en 2025: de 16.598 € a 25.355 € al año.

FUENTEBOP Valencia · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+2,0 %

Subida del salario base de los grupos I y II en 2025 (anexo de tablas salariales) Fuente

Hora extra16,60–25,35 €

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 100 %; de noche, más un 100 %. 1 hora de descanso por hora extra (2 horas si es en domingo, festivo o entre las 22:00 y las 6:00), dentro de los 4 meses siguientes. (art. 47) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BOP Valencia. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraCalcular
Grupo I
Titulado Superior y Director1.746,64 €1425.354,62 €25,35 €Neto de Titulado Superior y Director
Grupo II
Titulado Medio o Diplomado1.552,61 €1422.638,13 €22,64 €Neto de Titulado Medio o Diplomado
Traductor tit. e intérprete jurado1.552,61 €1422.638,13 €22,64 €Neto de Traductor tit. e intérprete jurado
Grupo III
Jefe Superior1.476,15 €1421.567,68 €21,57 €Neto de Jefe Superior
Jefe delineante1.476,15 €1421.567,68 €21,57 €Neto de Jefe delineante
Jefe de Proyecto1.476,15 €1421.567,68 €21,57 €Neto de Jefe de Proyecto
Analista1.476,15 €1421.567,68 €21,57 €Neto de Analista
Grupo IV
Jefe de Oficina1.402,21 €1420.532,50 €20,53 €Neto de Jefe de Oficina
Delineante proyectista1.402,21 €1420.532,50 €20,53 €Neto de Delineante proyectista
Contable1.402,21 €1420.532,50 €20,53 €Neto de Contable
Programador ordenador1.402,21 €1420.532,50 €20,53 €Neto de Programador ordenador
Traductor no titulado1.402,21 €1420.532,50 €20,53 €Neto de Traductor no titulado
Grupo V
Oficial 1ª Administrativo1.229,01 €1418.107,68 €18,11 €Neto de Oficial 1ª Administrativo
Delineante1.229,01 €1418.107,68 €18,11 €Neto de Delineante
Operador1.229,01 €1418.107,68 €18,11 €Neto de Operador
Encargado1.229,01 €1418.107,68 €18,11 €Neto de Encargado
Grupo VI
Oficial 2ª Administrativo1.166,41 €1417.231,31 €17,23 €Neto de Oficial 2ª Administrativo
Comercial1.166,41 €1417.231,31 €17,23 €Neto de Comercial
Azafata1.166,41 €1417.231,31 €17,23 €Neto de Azafata
Grupo VII
Conductor1.137,59 €1416.827,90 €16,83 €Neto de Conductor
Grabador1.137,59 €1416.827,90 €16,83 €Neto de Grabador
Auxiliar Administrativo1.137,59 €1416.827,90 €16,83 €Neto de Auxiliar Administrativo
Grupo VIII
Almacenero1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Almacenero
Conserje1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Conserje
Ordenanza tramitador1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Ordenanza tramitador
Telefonista1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Telefonista
Limpieza1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Limpieza
Peones1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Peones
Mozos1.121,19 €1416.598,26 €16,60 €Neto de Mozos

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.750 horas de jornada anual del convenio.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Complemento de antigüedad consolidada («ad personam»)

    Importe personal congelado que figura en nómina como «complemento de antigüedad consolidada»; no genera nuevos periodos

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya lo cobraba: la antigüedad quedó suprimida y congelada el 1/1/1998.

    Cotiza y tributa como salario. art. 42

    Se cobra también en las pagas extra de junio y diciembre (arts. 42 y 49).

  • Plus de trabajo en domingos y festivos

    51,70 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Quien trabaja de lunes a sábado y además trabaja un domingo o festivo; por cada domingo o festivo trabajado. No elimina el derecho al descanso semanal.

    Cotiza y tributa como salario. art. 40 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

  • Quebranto de moneda

    57,28 € al mes, en 11 pagas

    Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Empresas cuya actividad principal es la recaudación y personas que hacen funciones de cobro, en efectivo o con tarjeta.

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 41 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

  • Plus de nocturnidad

    un 30 % más sobre tu hora normal, por cada hora

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00; si el turno solo cae en parte en ese horario, la parte proporcional.

    Cotiza y tributa como salario. art. 44

  • Plus de idiomas

    el 10 % de tu salario base

    Lo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Quien necesita habitualmente en su trabajo un idioma además de los oficiales de la Comunitat Valenciana.

    Cotiza y tributa como salario. art. 45 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

    El convenio no dice en cuántas pagas; las extras solo incluyen salario base y antigüedad consolidada (art. 49).

  • Plus de comida (solo consolidado)

    Importe de la tabla; el convenio no dice si es por día o por mes

    Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Ya no se paga a nadie nuevo desde la publicación del convenio (BOP 10/7/2025). Solo lo mantiene quien ya lo cobraba, mientras siga en jornada partida por necesidades de la empresa con pausa de comida de una hora o menos.

    Cotiza y tributa como salario. Los pluses de comida o manutención cotizan desde 2013. art. 46 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

  • Dieta por día completo sin pernoctar

    20,14 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidades del servicio fuera de la localidad del centro de trabajo; además se pagan los gastos de locomoción.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. El convenio remite al art. 147 LGSS y al Reglamento del IRPF: exenta dentro de sus límites. art. 48 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

    El art. 48 dice que estas cantidades no varían durante la vigencia. Si no se puede volver a comer a casa por encargo de trabajos distintos de los habituales, aun dentro de la localidad, se paga el gasto real justificado.

  • Media dieta

    9,30 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del servicio (importe de la tabla).

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. El convenio remite al art. 147 LGSS y al Reglamento del IRPF: exenta dentro de sus límites. art. 48 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

  • Kilómetro

    0,26 € por kilómetro

    Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del servicio con vehículo propio.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. 0,26 €/km es el límite exento del art. 9 del Reglamento del IRPF, al que remite el art. 147.2 LGSS. art. 48 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

  • Plus de trabajo a distancia

    40,00 € al mes, en 11 pagas

    Quién lo cobra: Quien trabaja total o parcialmente a distancia; se paga en proporción al porcentaje de jornada pactado en teletrabajo.

    El convenio le da naturaleza extrasalarial (compensación de gastos), pero no dice si cotiza. art. 14 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)

    En la tabla la fila trae tres pares «40(11 meses) 440», que corresponden a las columnas 2024, 2025 y 2026.

  • Plus convenio

    75,13 € al mes, en 12 pagas

    Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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