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Tablas salariales de oficinas y despachos de Huelva 2026.

No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 3 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Prorrogada del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. A elección de la empresa: 1,75 horas de descanso por hora extra. (art. 15)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo I
    Grupo I · Titulados/as superiores, titulados/as de grado medio y jefes/as1.296,92 €19.892,72 €0,0 %19,34 €
    Grupo II
    Grupo II · Oficiales administrativos/as1.095,57 €16.872,47 € SMI10,0 %16,40 €
    Grupo III
    Grupo III · Auxiliares, ayudantes, conserjes, ordenanzas, limpiadores/as, vigilantes y peones1.040,12 €16.040,72 € SMI20,0 %15,60 €

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Grupo II · Oficiales administrativos/as: Por debajo del SMI 2026 en cómputo anual (17.094 €): se cobra al menos el SMI.

    2. Grupo III · Auxiliares, ayudantes, conserjes, ordenanzas, limpiadores/as, vigilantes y peones: Por debajo del SMI 2026 en cómputo anual (17.094 €): se cobra al menos el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Convenio vencido el 31/12/2025 y denunciado (REGCON, 3/11/2025); sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 3.3 del convenio y art. 86 ET). No se aplica ninguna subida.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de transporte

      75,11 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla, sin distinción de edad ni categoría.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      75,11 €/mes en 2025 (70,80 € en 2023 y 72,92 € en 2024). El convenio dice «mensuales» sin precisar si se cobra en las pagas extra: se toma 12 pagas. Importe de 2025 prorrogado: no hay tabla 2026 publicada.

    • Antigüedad (quinquenios)

      un 6 % del salario base cada cinco años (quinquenio) (tope: 24 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal sin trienios anteriores al 28/6/2013, y quinquenios adicionales para quien sí los tenga.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

      Las pagas extraordinarias de 30 días se incrementan con la antigüedad (art. 13).

    • Antigüedad (trienios anteriores al 28/6/2013)

      6 % del salario base por cada trienio devengado o en curso a 28/6/2013; con los quinquenios posteriores, tope del 24 % del salario base

      Quién lo cobra: Solo personal con trienios devengados o «en curso» a 28/6/2013.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

    • Ayuda de estudios

      124,24 € al año por hijo/a o por la persona trabajadora, que se pagan en octubre

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a que curse guardería, infantil, primaria, secundaria, bachillerato, módulos o estudios superiores de grado, o por la propia persona trabajadora que estudie, justificándolo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 11

      120,63 € en 2024 y 117,12 € en 2023. Importe de 2025 prorrogado: no hay tabla 2026 publicada.

    • Bolsa de vacaciones

      110,52 € al año para gastos de viaje y desplazamiento de vacaciones

      Quién lo cobra: Toda la plantilla, con independencia de la jornada; quien trabaje para varias empresas cobra la parte proporcional.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      107,30 € en 2024 y 104,18 € en 2023. Importe de 2025 prorrogado: no hay tabla 2026 publicada.

    • Dietas por desplazamiento

      75 % del salario diario neto si hace una comida fuera; 150 % si come y pernocta fuera; se reduce al 50 % si el desplazamiento dura más de 60 días ininterrumpidos

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera de la localidad habitual por necesidad del servicio (además de los gastos de locomoción); también dieta por comida si no puede volver a comer a casa por trabajos distintos de los habituales.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza. art. 14

    • Compensación de gastos de teletrabajo

      10,00 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Trabajo a distancia regular (art. 1 de la Ley 10/2021); a jornada completa y 100 % en remoto; proporcional en otros casos.

      El convenio la califica de extrasalarial; su exención de cotización no está clara (compensación de gastos sin justificación individual). art. 44

      10 € brutos por día de teletrabajo; mínimo obligatorio, mejorable por acuerdo.

    • Paga de octubre

      438,92 € al mes, en 1 pagas

      Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Huelva · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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