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Tablas salariales de construcción de Las Palmas 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 77 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no perturba la producción (art. 68.2 del VII CGSC). (tabla salarial 2026 (columnas «Horas extras sin antigüedad 75 % y 100 %»))

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Titulados/as de grado superior
    Titulado/a grado superior35,83 €/día48.014,27 €+3,0 %41,94 €
    Person. titul. grado medio
    Ayudante/a ingeniero35,83 €/día35.955,45 €+3,1 %29,34 €
    Ayudante/a tecnico35,83 €/día35.955,45 €+3,1 %29,34 €
    Aparejador/a35,83 €/día35.955,45 €+3,1 %29,34 €
    Practicante A.T.S.35,83 €/día27.685,48 €+3,1 %21,15 €
    Ayudantes/as de obras35,83 €/día27.685,48 €+3,1 %21,15 €
    Encargado/a general35,83 €/día27.410,45 €+3,1 %21,15 €
    Delineante proyectista35,83 €/día30.495,45 €+3,1 %26,89 €
    Delineante de 1.ª35,83 €/día24.847,36 €+3,1 %18,03 €
    Delineante de 2.ª35,83 €/día22.168,11 €+3,1 %15,79 €
    Calcador/a35,83 €/día21.205,20 €+3,1 %14,89 €
    Administrativos/as
    Jefe/a de primera35,83 €/día35.964,99 €+3,1 %41,05 €
    Jefe/a de segunda35,83 €/día32.411,50 €+3,1 %25,59 €
    Oficial/a de primera35,83 €/día30.499,73 €+3,1 %26,89 €
    Oficial/a de segunda35,83 €/día25.637,64 €+3,1 %19,15 €
    Auxiliar administrativo/a35,83 €/día22.322,02 €+3,1 %15,94 €
    Telefonista35,83 €/día21.090,77 €+3,1 %14,72 €
    Operarios/as
    Encargado/a de obras35,83 €/día25.447,09 €+3,1 %18,91 €
    Jefe/a de taller35,83 €/día25.447,09 €+3,1 %18,91 €
    Capataz/a35,83 €/día24.277,24 €+3,1 %17,81 €
    Operador/a gruas (gruista)35,83 €/día22.464,98 €+3,1 %16,14 €
    Oficial/a de 1.ª de oficio35,83 €/día22.465,58 €+3,1 %16,14 €
    Oficial/a de 2.ª de oficio35,83 €/día21.780,24 €+3,1 %15,55 €
    Estibador/a35,83 €/día21.780,24 €+3,1 %15,55 €
    Barrenero/a35,83 €/día21.780,24 €+3,1 %15,55 €
    Adornista35,83 €/día21.780,24 €+3,1 %15,55 €
    Oficial/a de 3.ª de oficio35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Ayudante/a de oficio35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Peón/a especial35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Peón/a ordinario35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Personal de limpieza35,83 €/día21.038,54 €+3,1 %14,33 €
    Auxiliar tecnico/a de obra35,83 €/día24.190,64 €+3,1 %17,80 €
    Auxiliar administ. de obra35,83 €/día24.190,64 €+3,1 %17,80 €
    Listero/a35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Almacenero/a35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Almacenero/a de obra35,83 €/día21.137,64 €+3,1 %14,89 €
    Conserje35,83 €/día21.823,04 €+3,1 %15,56 €
    Vigilante - 8 horas -35,83 €/día21.823,04 €+3,1 %15,56 €
    Ordenanza35,83 €/día21.823,04 €+3,1 %15,56 €
    Cobrador/a35,83 €/día21.823,04 €+3,1 %15,56 €
    Enfermero/a35,83 €/día21.823,04 €+3,1 %15,56 €
    Aspirantes28,24 €/día17.011,19 €1+3,1 %10,84 €
    Pinches28,24 €/día17.011,19 € SMI2+3,1 %10,84 €
    Botones28,24 €/día17.011,19 € SMI3+3,1 %10,84 €
    Comercio de la construcción
    Titulado/a grado superior · Comercio de la construcción35,83 €/día47.961,30 €+3,0 %41,05 €
    Titulado/a grado medio · Comercio de la construcción35,83 €/día35.578,16 €+3,1 %27,29 €
    Practicante/a A.T.S. · Comercio de la construcción35,83 €/día27.460,98 €+3,1 %19,92 €
    Jefe/a personal · Comercio de la construcción35,83 €/día32.107,56 €+3,1 %24,13 €
    Contable administrativo/a · Comercio de la construcción35,83 €/día30.226,34 €+3,1 %25,29 €
    Aux. de caja mayor 18 años · Comercio de la construcción35,83 €/día22.717,86 €+3,1 %14,72 €
    Aprendiz/a o aux. caja 17-18 · Comercio de la construcción35,83 €/día21.351,21 €+3,1 %11,47 €
    Aprendiz/a o aux. caja 16-17 · Comercio de la construcción35,83 €/día19.699,10 €+3,1 %13,78 €
    Jefe/a de compras · Comercio de la construcción35,83 €/día32.107,56 €+3,1 %24,13 €
    Jefe/a de ventas · Comercio de la construcción35,83 €/día32.107,56 €+3,1 %24,13 €
    Encargado/a general · Comercio de la construcción35,83 €/día27.460,98 €+3,1 %19,92 €
    Jefe/a de almacén · Comercio de la construcción35,83 €/día27.460,98 €+3,1 %19,92 €
    Jefe/a de sucursal · Comercio de la construcción35,83 €/día32.107,56 €+3,1 %24,13 €
    Encargado/a establecimiento · Comercio de la construcción35,83 €/día27.460,98 €+3,1 %19,92 €
    Intérprete · Comercio de la construcción35,83 €/día27.460,98 €+3,1 %19,92 €
    Jefe/a de taller · Comercio de la construcción35,83 €/día27.460,98 €+3,1 %19,92 €
    Profesional de primera · Comercio de la construcción35,83 €/día24.665,66 €+3,1 %15,39 €
    Profesional de segunda · Comercio de la construcción35,83 €/día21.897,74 €+3,1 %14,89 €
    Profesional de tercera · Comercio de la construcción35,83 €/día21.102,34 €+3,1 %14,37 €
    Capataz/a · Comercio de la construcción35,83 €/día25.263,39 €+3,1 %17,81 €
    Mozo/a especialista · Comercio de la construcción35,83 €/día21.760,51 €+3,1 %14,62 €
    Telefonista · Comercio de la construcción35,83 €/día20.988,54 €+3,1 %13,87 €
    Mozo/a y peón/a · Comercio de la construcción35,83 €/día21.760,51 €+3,1 %14,62 €
    Conserje · Comercio de la construcción35,83 €/día21.760,51 €+3,1 %14,62 €
    Cobrador/a · Comercio de la construcción35,83 €/día21.760,51 €+3,1 %14,62 €
    Vigilante · Comercio de la construcción35,83 €/día21.760,51 €+3,1 %14,62 €
    Limpiador/a · Comercio de la construcción35,83 €/día20.994,34 €+3,1 %13,87 €
    Viajante sin comisión · Comercio de la construcción35,83 €/día25.225,78 €+3,1 %17,81 €
    Viajante con comisión · Comercio de la construcción35,83 €/día23.588,71 €+3,1 %16,24 €
    Dependiente/a 25 años · Comercio de la construcción35,83 €/día23.588,71 €+3,1 %16,24 €
    Dependiente/a 22-25 años · Comercio de la construcción35,83 €/día22.593,67 €+3,1 %15,36 €
    Dependiente/a mayor · Comercio de la construcción35,83 €/día24.517,76 €+3,1 %17,17 €
    Ayudante/a · Comercio de la construcción31,75 €/día20.257,51 €+3,1 %13,36 €

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Aspirantes: El importe anual de la tabla (17011,19 €) queda por debajo del SMI 2026 (17.094 € al año): se cobra el SMI

    2. Pinches: El importe anual de la tabla (17011,19 €) queda por debajo del SMI 2026 (17.094 € al año): se cobra el SMI

    3. Botones: El importe anual de la tabla (17011,19 €) queda por debajo del SMI 2026 (17.094 € al año): se cobra el SMI

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de asistencia

      de 10,11 a 105,27 € por día trabajado según categoría

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado, incluidos los festivos del sector (la tabla lo computa por 228 días al año).

      Cotiza y tributa como salario. acuerdo de 19/12/2025, punto 5, y tabla salarial 2026

      Importe diario de la tabla; ya está incluido en el «anual» de cada fila (× 228).

    • Plus extrasalarial de transporte

      6,79 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día de trabajo (la tabla lo computa por 217 días al año); igual para todas las categorías.

      Cotiza y tributa como salario. Plus extrasalarial; desde el RDL 20/2012 el plus de transporte cotiza (art. 147 LGSS). tabla salarial 2026

      Ya está incluido en el «anual» de cada fila (× 217). Congelado: su subida se aplica en años alternos al plus de asistencia (2025) o a la retribución diaria (2026).

    • Dieta completa

      30,95 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento, art. 86.3 CGSC).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. acuerdo de 19/12/2025, punto 6

      Importe mínimo; en vigor desde la firma del acuerdo (19/12/2025), sin efecto retroactivo.

    • Media dieta

      9,17 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo de trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. acuerdo de 19/12/2025, punto 6

      Importe mínimo; en vigor desde la firma del acuerdo (19/12/2025), sin efecto retroactivo.

    • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 62 del VII CGSC

      Regla del Convenio General estatal; el texto provincial de 1993 no se ha podido consultar.

    • Plus de trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 63 del VII CGSC

      Regla del Convenio General estatal; el texto provincial de 1993 no se ha podido consultar.

    • Complemento por discapacidad

      17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento

      Quién lo cobra: Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más).

      Cotiza y tributa como salario. art. 59 del VII CGSC

    • Complemento de incapacidad temporal con hospitalización

      La empresa completa la prestación hasta el 100 % del salario base y los pluses salariales durante la hospitalización y los sesenta días siguientes, si sigue la incapacidad temporal

      Quién lo cobra: Incapacidad temporal (cualquier causa) que requiera hospitalización.

      Cotiza y tributa como salario. art. 70 del VII CGSC

    • Antigüedad consolidada («ad personam»)

      Importe consolidado al 21/11/1996, invariable; no genera nuevos tramos y se extingue con el contrato

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996.

      Cotiza y tributa como salario. art. 58 del VII CGSC

      Por eso la tabla da el precio de la hora extra «sin antigüedad».

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Las Palmas · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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