Tabla salarial 2025 · Provincial · Almería
Tablas salariales de construcción de Almería 2025.
Sueldo bruto de las 21 categorías del convenio de construcción de Almería en 2025: de 10.376 € a 26.805 € al año.
FUENTEBOP Almería · Tabla 2025 · actualizado elCláusula de garantía 2022-2024 del art. 55.4-5 del VII Convenio General: las tablas de 2024 suben un 0,40 % antes de la subida de 2025. (acuerdo de 16/1/2026, punto segundo) Fuente
La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. La empresa puede compensarlas con tiempos equivalentes de descanso si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año. (art. 44) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|
| Personal con retribución mensual | |||||
| Nivel II · Personal titulado superior (salario mensual) | 1.748,73 € | 14 | 26.804,93 €* | 27,02 € | Neto de Nivel II · Personal titulado superior (salario mensual) |
| Nivel III · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª (salario mensual) | 1.365,24 € | 14 | 20.966,91 €* | 21,14 € | Neto de Nivel III · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª (salario mensual) |
| Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general (salario mensual) | 1.329,13 € | 14 | 20.417,00 €* | 20,58 € | Neto de Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general (salario mensual) |
| Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras (salario mensual) | 1.259,12 € | 14 | 19.351,36 €* | 19,51 € | Neto de Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras (salario mensual) |
| Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario mensual) | 1.195,48 € | 14 | 18.394,37 €* | 18,54 € | Neto de Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario mensual) |
| Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario mensual) | 1.153,46 € | 14 | 17.756,50 €* | 17,90 € | Neto de Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario mensual) |
| Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario mensual) | 1.134,67 € | 14 | 17.466,08 €* | 17,61 € | Neto de Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario mensual) |
| Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario mensual) | 1.111,52 € | 14 | 17.113,06 €* | 17,25 € | Neto de Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario mensual) |
| Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario mensual) | 1.091,27 € | 14 | 16.802,44 €* | 16,94 € | Neto de Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario mensual) |
| Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario mensual) | 1.077,49 € | 14 | 16.569,23 €*1 | 16,70 € | Neto de Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario mensual) |
| Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario mensual) | 1.049,28 € | 14 | 16.190,07 €*2 | 16,32 € | Neto de Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario mensual) |
| Personal con retribución diaria | |||||
| Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario diario, personal operario) | 39,83 €/día | 14 | 18.587,14 €* | 18,74 € | Neto de Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario diario, personal operario) |
| Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario diario, personal operario) | 38,47 €/día | 14 | 17.955,89 €* | 18,10 € | Neto de Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario diario, personal operario) |
| Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario diario, personal operario) | 37,81 €/día | 14 | 17.651,06 €* | 17,79 € | Neto de Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario diario, personal operario) |
| Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario diario, personal operario) | 37,03 €/día | 14 | 17.291,39 €* | 17,43 € | Neto de Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario diario, personal operario) |
| Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario diario, personal operario) | 36,35 €/día | 14 | 16.975,72 €* | 17,11 € | Neto de Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario diario, personal operario) |
| Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario diario, personal operario) | 35,72 €/día | 14 | 16.683,04 €*3 | 16,82 € | Neto de Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario diario, personal operario) |
| Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario diario, personal operario) | 35,15 €/día | 14 | 16.423,24 €*4 | 16,56 € | Neto de Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario diario, personal operario) |
| Contrato de formación en alternancia, 1.er año (60 % del nivel IX) | 22,22 €/día | 14 | 10.375,51 €*5 | 10,46 € | Neto de Contrato de formación en alternancia, 1.er año (60 % del nivel IX) |
| Contrato de formación en alternancia, 2.º año (75 % del nivel IX) | 27,78 €/día | 14 | 12.971,04 €*6 | 13,08 € | Neto de Contrato de formación en alternancia, 2.º año (75 % del nivel IX) |
| Contrato formativo para la práctica profesional (70 % del nivel IX) | 25,92 €/día | 14 | 12.103,65 €*7 | 12,20 € | Neto de Contrato formativo para la práctica profesional (70 % del nivel IX) |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario mensual): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
2. Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario mensual): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
3. Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario diario, personal operario): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
4. Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario diario, personal operario): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
5. Contrato de formación en alternancia, 1.er año (60 % del nivel IX): Contrato formativo (anexo III): porcentaje del salario del nivel IX para jornada del 100 % de trabajo efectivo. El anual calculado queda por debajo del SMI; se aplica el SMI en proporción a la jornada de trabajo efectivo.
6. Contrato de formación en alternancia, 2.º año (75 % del nivel IX): Contrato formativo (anexo III): porcentaje del salario del nivel IX para jornada del 100 % de trabajo efectivo. El anual calculado queda por debajo del SMI; se aplica el SMI en proporción a la jornada de trabajo efectivo.
7. Contrato formativo para la práctica profesional (70 % del nivel IX): Contrato formativo (anexo III): porcentaje del salario del nivel IX para jornada del 100 % de trabajo efectivo. El anual calculado queda por debajo del SMI; se aplica el SMI en proporción a la jornada de trabajo efectivo.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de asistencia y actividad
20,46 € por cada día trabajadoPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con el rendimiento normal exigible; igual para todos los niveles.
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Plus de transporte
7,06 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día de asistencia al trabajo, cualquiera que sea la distancia.
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Plus por la actividad de gruista
10,24 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Operadores de grúas torre desmontables para obras; por día efectivamente trabajado.
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Plus de trabajo nocturno
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
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Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
el 27 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Alcantarillado, cámaras de presión, pozos de más de 5 m o túneles, asfaltado, impermeabilización a cielo abierto, andamios de más de 3 m o guindolas y los que reconozca la Comisión Paritaria; no consolidable.
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Complemento por discapacidad
26,49 € al mes (13-22 %), 37,06 € (23-32 %) y 52,97 € (33 % o superior); un solo complementoQuién lo cobra: Discapacidad reconocida del 13 % o más.
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Desgaste de herramientas
0,71 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Cuando la persona usa herramientas propias porque la empresa no las facilita; por día efectivo de trabajo.
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Dieta completa
43,09 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento).
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Media dieta
12,94 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajado.
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Locomoción (vehículo propio)
0,21 € por kilómetro recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del medio de transporte propio cuando la empresa no ofrece medios propios.
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Antigüedad consolidada («ad personam»)
Importe fijo consolidado a 21/11/1996 (bienios y quinquenios devengados a esa fecha) según el anexo I: por mes en los niveles II a V y por día en los niveles VI a XII; las pagas y vacaciones suben según la tabla de bienios y quinquenios del anexo IILo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
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