Convenio colectivo · Provincial · Almería

Convenio de construcción de Almería 2026.

VigenteBOP Almería 10/2/2023

El convenio de construcción de Almería está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 27.609 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Almería · 10/02/2023 · actualizado el

Convenio Colectivo Provincial de Trabajo de Construcción y Obras Públicas de Almería

CÓDIGO 04000145011982

Vigente hasta el 31/12/2026; se prorroga si no se denuncia con un mes de antelación y, vencido, sigue rigiendo hasta que lo sustituya otro (art. 6). Tablas 2025 y 2026 pactadas el 16/1/2026 (BOP 17/2/2026).

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel II · Personal titulado superior (salario mensual)1.801,19 €1427.609,06 €Calcular neto
Nivel III · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª (salario mensual)1.406,20 €1421.595,94 €Calcular neto
Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general (salario mensual)1.369,00 €1421.029,48 €Calcular neto
Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras (salario mensual)1.296,89 €1419.931,86 €Calcular neto
Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario diario, personal operario)41,02 €/día1419.143,11 €Calcular neto
Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario mensual)1.231,34 €1418.946,15 €Calcular neto
Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario diario, personal operario)39,62 €/día1418.493,18 €Calcular neto
Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario mensual)1.188,06 €1418.289,14 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 21. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 21 categorías de la tabla 2026

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 61).

5 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 62.1.a
Nacimiento de hijo (7 días si hay intervención quirúrgica)5Mejora el Estatutoart. 62.1.b
Adopción de un hijo (+2 días con desplazamiento)2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 62.1.c
Matrimonio de hijos (+2 días con desplazamiento)1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 62.1.d
Fallecimiento del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento)3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 62.1.e
Enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento)5 (5 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)art. 62.1.e
Enfermedad, accidente, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento)5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 62.1.f
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 62.1.g
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)—Mejora el Estatutoart. 62.1.h
Deber inexcusable de carácter público y personaltiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 62.2

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Plus de asistencia y actividad21,07 € por díaPor día efectivamente trabajado con el rendimiento normal exigible; igual para todos los nivelesart. 43 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Plus de transporte7,27 € por díaPor día de asistencia al trabajo, cualquiera que sea la distanciaart. 45 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Plus por la actividad de gruista10,55 € por díaOperadores de grúas torre desmontables para obras; por día efectivamente trabajadoart. 41 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Plus de trabajo nocturno25 % sobre el salario base por horaTrabajo entre las 22:00 y las 6:00art. 41 bis
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos27 % sobre el salario baseAlcantarillado, cámaras de presión, pozos de más de 5 m o túneles, asfaltado, impermeabilización a cielo abierto, andamios de más de 3 m o guindolas y los que reconozca la Comisión Paritaria; no consolidableart. 40
Complemento por discapacidad27,28 € al mes (13-22 %), 38,17 € (23-32 %) y 54,56 € (33 % o superior); un solo complementoDiscapacidad reconocida del 13 % o másart. 39 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Desgaste de herramientas0,73 € por díaCuando la persona usa herramientas propias porque la empresa no las facilita; por día efectivo de trabajoart. 49 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Dieta completa44,38 € por díaDesplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento)art. 46 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Media dieta13,33 € por díaDesplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajadoart. 46 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Locomoción (vehículo propio)0,22 €Uso del medio de transporte propio cuando la empresa no ofrece medios propiosart. 47 (acuerdo de 16/1/2026, punto cuarto)
Antigüedad consolidada («ad personam»)Importe fijo consolidado a 21/11/1996 (bienios y quinquenios devengados a esa fecha) según el anexo I: por mes en los niveles II a V y por día en los niveles VI a XII; las pagas y vacaciones suben según la tabla de bienios y quinquenios del anexo IISolo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996art. 38 y anexos I y II

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. La empresa puede compensarlas con tiempos equivalentes de descanso si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año (art. 44).

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024 del art. 55.4-5 del VII Convenio General: las tablas de 2024 suben un 0,40 % antes de la subida de 2025.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas de 2024 revisadas, con efectos de 1/1/2025 (tabla 2025 publicada).); 2025: 0,5 % (Contribución al plan de pensiones 2025: suma el 0,50 % de los conceptos salariales de las tablas de 2024 revisadas (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Incremento del 3,00 % sobre las tablas de 2025, con efectos de 1/1/2026 (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Contribución al plan de pensiones 2026: suma el 0,25 % de los conceptos salariales de las tablas de 2025 (no es subida de tablas).).

Cláusula de revisión: El acuerdo provincial no fija cláusula propia. Rige la garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

21 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.

Grupo Sin grupo 21 categorías
  • Nivel II · Personal titulado superior (salario mensual) · nivel II
  • Nivel III · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª (salario mensual) · nivel III
  • Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general (salario mensual) · nivel IV
  • Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras (salario mensual) · nivel V
  • Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario mensual) · nivel VI
  • Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario mensual) · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario mensual) · nivel VIII
  • Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario mensual) · nivel IX
  • Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario mensual) · nivel X
  • Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario mensual) · nivel XI
  • Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario mensual) · nivel XII
  • Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario diario, personal operario) · nivel VI
  • Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario diario, personal operario) · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario diario, personal operario) · nivel VIII
  • Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario diario, personal operario) · nivel IX
  • Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario diario, personal operario) · nivel X
  • Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario diario, personal operario) · nivel XI
  • Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario diario, personal operario) · nivel XII
  • Contrato de formación en alternancia, 1.er año (60 % del nivel IX) · nivel IX (referencia)
  • Contrato de formación en alternancia, 2.º año (75 % del nivel IX) · nivel IX (referencia)
  • Contrato formativo para la práctica profesional (70 % del nivel IX) · nivel IX (referencia)

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1736 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Tablas salariales 2025 (+0,4 % de garantía y +3,5 %) y 2026 (+3 %) y aportaciones al plan de pensiones · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Almería?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026; se prorroga si no se denuncia con un mes de antelación y, vencido, sigue rigiendo hasta que lo sustituya otro (art. 6). Tablas 2025 y 2026 pactadas el 16/1/2026 (BOP 17/2/2026).

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Almería en 2026?

La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 12.467,55 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Almería?

30 días naturales al año, según el art. 61.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

Fuente: BOP Almería de 10 de febrero de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas

Volver arriba