Tabla salarial 2025 · Provincial · Albacete
Tablas salariales de construcción de Albacete 2025.
Sueldo bruto de las 15 categorías del convenio de construcción de Albacete en 2025: de 15.530 € a 38.844 € al año.
FUENTEBOP Albacete · Tabla 2025 · actualizado elCláusula de garantía 2022-2024: tablas provisionales de 2025 = definitivas de 2024 + 0,40 %. (acta de la Comisión Negociadora de 1/12/2025, acuerdo primero) Fuente
El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se pueden compensar con descanso equivalente, previo acuerdo con los trabajadores, si no perturba la producción; las compensadas en los 4 meses siguientes no cuentan para el límite de 80 al año. (arts. 38 y 39 y tabla (2025)) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Grupo | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Hora extra | Pluses | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nivel II · Titulado superior | nivel II | 2.258,32 € | 14 | 38.843,74 € | 25,44 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 102,11 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel II · Titulado superior |
| Nivel III · Titulado medio | nivel III | 1.964,81 € | 14 | 34.412,32 € | 22,02 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 102,11 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel III · Titulado medio |
| Nivel IV · Encargado general | nivel IV | 1.884,48 € | 14 | 33.192,00 € | 21,03 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 102,11 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel IV · Encargado general |
| Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª | nivel V | 1.777,74 € | 14 | 31.580,75 € | 19,80 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 102,11 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª |
| Nivel VI · Oficial 1.ª administrativo | nivel VI | 1.627,90 € | 14 | 29.323,37 € | 18,06 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 102,11 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel VI · Oficial 1.ª administrativo |
| Nivel VII · Capataz | nivel VII | 1.565,97 € | 14 | 28.435,71 € | 17,63 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 102,11 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel VII · Capataz |
| Nivel VIII · Oficial 1.ª de oficio | nivel VIII | 1.498,49 € | 14 | 27.042,48 € | 16,78 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 72,92 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel VIII · Oficial 1.ª de oficio |
| Nivel IX · Oficial 2.ª de oficio | nivel IX | 1.456,77 € | 14 | 25.927,74 € | 16,21 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 36,48 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel IX · Oficial 2.ª de oficio |
| Nivel X · Ayudante | nivel X | 1.431,62 € | 14 | 25.047,41 € | 15,91 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel X · Ayudante |
| Nivel XI · Peón especializado | nivel XI | 1.413,52 € | 14 | 24.696,96 € | 15,51 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel XI · Peón especializado |
| Nivel XII · Peón ordinario | nivel XII | 1.390,35 € | 14 | 24.318,78 € | 15,29 € | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Nivel XII · Peón ordinario |
| Contrato formativo · 1.er año (60 % del nivel IX) | nivel XIV | 874,06 € | 14 | 15.529,86 €1 | — | Plus de asistencia: 136,18 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 12,87 €/mes | Neto de Contrato formativo · 1.er año (60 % del nivel IX) |
| Contrato formativo · 2.º año (75 % del nivel IX) | nivel XIV | 1.092,58 € | 14 | 19.445,81 €2 | — | Plus de asistencia: 163,84 €/mes; Plus de transporte: 30,63 €/mes; Plus convenio: 16,08 €/mes | Neto de Contrato formativo · 2.º año (75 % del nivel IX) |
| Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 1.er año (95 %) | nivel XIV | 1.384,24 € | 14 | 24.631,34 €3 | — | Plus de asistencia: 205,18 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 34,65 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 20,38 €/mes | Neto de Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 1.er año (95 %) |
| Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 2.º año (100 %) | nivel XIV | 1.456,77 € | 14 | 25.927,74 €4 | — | Plus de asistencia: 218,45 €/mes; Plus de responsabilidad a la especialidad: 36,48 €/mes; Plus de transporte: 40,84 €/mes; Plus convenio: 21,45 €/mes | Neto de Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 2.º año (100 %) |
1. Contrato formativo · 1.er año (60 % del nivel IX): Contrato para la formación (porcentaje del salario del nivel IX). Colectivos de los apartados C y E del artículo del contrato de formación en las dos primeras filas. Contrato formativo: su total año queda por debajo del SMI a jornada completa porque es un porcentaje del nivel IX y retribuye también el tiempo de formación.
2. Contrato formativo · 2.º año (75 % del nivel IX): Contrato para la formación (porcentaje del salario del nivel IX). Colectivos de los apartados C y E del artículo del contrato de formación en las dos primeras filas. El «total año» de la tabla (19445,81 €) no cuadra con la fórmula de la nota de la tabla (19117,42 €): se carga el importe publicado; revisar con la empresa.
3. Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 1.er año (95 %): Contrato para la formación (porcentaje del salario del nivel IX). Colectivos de los apartados C y E del artículo del contrato de formación en las dos primeras filas.
4. Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 2.º año (100 %): Contrato para la formación (porcentaje del salario del nivel IX). Colectivos de los apartados C y E del artículo del contrato de formación en las dos primeras filas.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Plus de trabajo nocturno
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
-
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable.
-
Plus por trabajo en festivo, sábado, domingo o no laborable (mantenimiento de servicios públicos)
100 % del salario base diario de la categoría por cada día festivo, sábado, domingo o no laborable trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal de mantenimiento y gestión de servicios públicos en centros itinerantes con jornada habitual de lunes a viernes (si el sábado es laborable en la empresa, no se paga ese día).
-
Plus de disponibilidad (art. 37 bis)
172,34 € según la tabla (tabla 2025); el convenio no precisa la periodicidadLo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Personal de mantenimiento y gestión de servicios públicos en centros itinerantes, en concepto de disponibilidad.
-
Plus de turnicidad (art. 37 bis)
172,34 € más según la tabla (tabla 2025); el convenio no precisa la periodicidadLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: El mismo personal del art. 37 bis cuando trabaja a turnos; se suma al de disponibilidad.
-
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras
4,29 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de contratas de conservación y mantenimiento de carreteras; por día.
-
Dieta completa
49,17 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento).
-
Media dieta (comida)
14,43 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a más de 4 km del casco urbano que obliga a comer fuera (más de 12 km en ferrocarriles y vías fuera de los términos de Albacete, Hellín, Almansa, Villarrobledo, La Roda, Alcaraz y Casas Ibáñez); también en trabajo itinerante de servicios públicos.
-
Kilometraje con vehículo propio
0,49 € por kilómetro o fracción superior a 500 mLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo particular autorizado por la empresa en desplazamientos.
-
Complemento por discapacidad
17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más)Quién lo cobra: Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más); un solo complemento.
-
Antigüedad consolidada («ad personam»)
Importe fijo consolidado al 21/11/1996; se suma también en pagas extra y vacaciones; no genera nuevos tramos y se extingue con el contratoLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.