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Tablas salariales de comercio textil 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 7 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. Preferentemente se compensan con descanso (con el mismo recargo del 50 %). (art. 22)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo profesional 6
    Grupo 61.200,00 €†18.000,00 €15,25 €
    Grupo profesional 5
    Grupo 51.213,33 €†18.200,00 €15,42 €
    Grupo profesional 4
    Grupo 41.280,00 €†19.200,00 €16,27 €
    Grupo profesional 3
    Grupo 31.331,33 €†19.970,00 €16,92 €
    Grupo profesional 2
    Grupo 2 (nivel 2)1.382,67 €†20.740,00 €17,58 €
    Grupo 2 (nivel 1)1.382,67 €†20.740,00 €17,58 €
    Grupo profesional 1
    Grupo 11.657,33 €†24.860,00 €21,07 €

    † La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Art. 28: salario base ANUAL por grupo (incluye pagas extra, descansos y vacaciones) y valor hora. Salario base mensual calculado = anual ÷ 15 (art. 30). Valor hora de la tabla: Grupo 6 10,17; Grupo 5 10,29; Grupo 4 10,85; Grupo 3 11,29; Grupo 2 (niveles 1 y 2) 11,72; Grupo 1 14,04 €. Grupo 2 nivel 1 cobra además 1.450 €/año de complemento funcional. Disposición transitoria 4.ª: si con este convenio se cobra más que con el de origen, la subida se escalona (50 %/50 % si la diferencia está entre 800 y 1.600 €; 40 %/40 %/20 % si supera 1.600 €).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31.3

    • Complemento funcional (Grupo 2, nivel 1)

      1.450 € brutos anuales; se prorratea según la jornada contratada

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Store managers o jefes/as de tienda de nivel 1 (tienda con más de 6 personas de plantilla media el año anterior). No consolidable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31.4

      Se actualiza con los mismos porcentajes que el salario (art. 29: +3 % en 2027 y +3 % en 2028).

    • Plus de domingos

      45,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por domingo trabajado en jornada completa; si la jornada es menor, la parte proporcional (5,62 €/hora). No lo cobra quien está contratado específicamente para trabajar domingos y festivos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32 y disposición transitoria 3.ª

      En 2026 se paga desde la entrada en vigor del convenio (31/7/2026). Escala: 45 € en 2026, 50 € en 2027 y 55 € después (art. 32). Se mantienen los sistemas de empresa que sean globalmente mejores.

    • Plus de festivos

      70,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por festivo trabajado en jornada completa; si la jornada es menor, la parte proporcional (8,75 €/hora). No lo cobra quien está contratado específicamente para trabajar domingos y festivos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32 y disposición transitoria 3.ª

      En 2026 se paga desde la entrada en vigor del convenio (31/7/2026). Escala: 70 € en 2026, 75 € en 2027 y 80 € después (art. 32).

    • Complemento ad personam (garantía de lo que se cobraba con el convenio anterior)

      Diferencia anual entre lo que se cobraba con el convenio de origen y lo que da este convenio, dividida en un complemento revalorizable (sube con el art. 29; en 2026, +4 % si no hubo subida ese año) y otro no revalorizable

      Quién lo cobra: Quien cobraba con su convenio de origen más salario fijo anual (incluido el plus de transporte y la antigüedad en curso) que con este.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 29.2 y 33

      Importe individual: depende del convenio que se aplicaba antes en cada empresa.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOE · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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