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Tablas salariales de comercio del metal de Zaragoza 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 30 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 40 %. En festivo, más un 75 %; de noche, más un 75 %. Por acuerdo previo, descanso equivalente al de su retribución monetaria. (art. 9 y cláusula adicional tercera)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Grupo 0
    Dirección1.931,99 €32.876,17 €126,00 €COR: 259,76 €/mes
    Titulado Grado Superior1.769,61 €30.108,63 €223,81 €COR: 237,63 €/mes
    Titulado Grado Medio1.526,34 €25.962,05 €320,53 €COR: 204,46 €/mes
    Grupo I
    Jefe de división1.688,89 €28.732,64 €422,73 €COR: 226,62 €/mes
    Jefe de compras o ventas o personal1.688,89 €28.732,64 €522,73 €COR: 226,62 €/mes
    Encargado general1.688,89 €28.732,64 €622,73 €COR: 226,62 €/mes
    Grupo II
    Jefe de tienda o almacen1.388,19 €23.606,82 €718,67 €COR: 185,60 €/mes
    Jefe de grupo o sección1.388,19 €23.606,82 €818,67 €COR: 185,60 €/mes
    Encargado establecimiento1.388,19 €23.606,82 €918,67 €COR: 185,60 €/mes
    Jefe Administración1.574,55 €26.783,46 €1021,18 €COR: 211,01 €/mes
    Encargado de Servicios1.444,81 €24.572,11 €1119,44 €COR: 193,33 €/mes
    Grupo III
    Comercial1.311,87 €22.306,18 €1217,64 €COR: 175,21 €/mes
    Dependiente de 1ª1.311,87 €22.306,18 €1317,64 €COR: 175,21 €/mes
    Chofer vehiculo más de 3,5TM perm1.311,87 €22.306,18 €1417,64 €COR: 175,21 €/mes
    Contable1.311,87 €22.306,18 €1517,64 €COR: 175,21 €/mes
    Oficial administrativo 1ª1.311,87 €22.306,25 €1617,64 €COR: 175,21 €/mes
    Jefe de taller1.201,82 €20.430,19 €1716,16 €COR: 160,19 €/mes
    Delineante y Rotulista1.201,82 €20.430,19 €1816,16 €COR: 160,19 €/mes
    Grupo IV
    Visitador1.195,46 €20.321,92 €1916,07 €COR: 159,33 €/mes
    Dependiente de 2ª1.195,46 €20.321,92 €2016,07 €COR: 159,33 €/mes
    Chofer vehículo reparto1.195,46 €20.321,92 €2116,07 €COR: 159,33 €/mes
    Oficial administrativo 2ª1.225,36 €20.831,41 €2216,48 €COR: 163,40 €/mes
    Profesional de oficio de 1ª1.164,42 €19.792,75 €2315,66 €COR: 155,09 €/mes
    Profesional de oficio de 2ª1.164,42 €19.792,75 €2415,66 €COR: 155,09 €/mes
    Grupo V
    Chofer turismo1.138,81 €19.356,10 €2515,31 €COR: 151,60 €/mes
    Mozo tienda1.138,81 €19.356,10 €2615,31 €COR: 151,60 €/mes
    Auxiliar Administrativo1.138,81 €19.356,10 €2715,31 €COR: 151,60 €/mes
    Capataz1.121,16 €19.055,27 €2815,07 €COR: 149,19 €/mes
    Peon Especialista1.121,16 €19.055,27 €2915,07 €COR: 149,19 €/mes
    Peon1.121,16 €19.055,27 €3015,07 €COR: 149,19 €/mes

    1. Dirección: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    2. Titulado Grado Superior: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    3. Titulado Grado Medio: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    4. Jefe de división: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    5. Jefe de compras o ventas o personal: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    6. Encargado general: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    7. Jefe de tienda o almacen: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    8. Jefe de grupo o sección: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    9. Encargado establecimiento: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    10. Jefe Administración: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    11. Encargado de Servicios: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    12. Comercial: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    13. Dependiente de 1ª: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    14. Chofer vehiculo más de 3,5TM perm: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    15. Contable: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    16. Oficial administrativo 1ª: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    17. Jefe de taller: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    18. Delineante y Rotulista: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    19. Visitador: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    20. Dependiente de 2ª: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    21. Chofer vehículo reparto: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    22. Oficial administrativo 2ª: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    23. Profesional de oficio de 1ª: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    24. Profesional de oficio de 2ª: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    25. Chofer turismo: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    26. Mozo tienda: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    27. Auxiliar Administrativo: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    28. Capataz: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    29. Peon Especialista: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    30. Peon: Importes transcritos de la imagen del anexo I (el boletín publica la tabla como imagen); cuadran base + COR = total mes y total mes × 15 = anual.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.770 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I «TABLAS SALARIALES AÑO 2025» del convenio 2025 (BOPZ n.º 246, 25/10/2025), publicado como imagen en la página 42: importes transcritos (2025-10-25_ANEXO-I-tabla-2025_TRANSCRIPCION.csv) y comprobados por dos vías. Columnas: ex categoría 2018, salario base, COR mensual, total mes y retribución bruta anual = total mes × 15 (12 mensualidades + pagas de julio, Navidad y marzo, art. 17; el COR se cobra en todas, art. 14).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

    • Plus de domingos y festivos

      un 30 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en domingo o festivo; no lo cobra quien tiene un contrato solo para domingos y festivos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      Los trabajos especiales fuera del horario de apertura (Black Friday, víspera de Reyes, ferias, cambios de temporada…) son voluntarios y se pagan como hora festiva. Compensable y absorbible con conceptos similares que ya se pagaran.

    • Plus especial 24 y 31 de diciembre

      54,05 € por cada uno de esos días

      Quién lo cobra: Trabajar después de las 18:30 el 24 o el 31 de diciembre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

    • Plus de transporte

      1,52 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día de asistencia al trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. El plus de transporte cotiza desde 2013 (art. 147 LGSS) art. 24

      Compensable y absorbible con conceptos similares; se respetan condiciones más beneficiosas.

    • Plus compensatorio de formación

      50,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Solo si la empresa no acredita su participación en un plan formativo del sector (certificación de FEMZ, sindicatos firmantes o comisión de empleo y formación).

      Cotiza y tributa como salario. art. 50

      Naturaleza salarial; se cobra también en incapacidad temporal y vacaciones.

    • Plus salarial de fidelidad

      70 % de la sexagésima parte de 2, 3, 4, 5 o 6 mensualidades de salario real (10, 15, 20, 25 o 30 años de antigüedad); tope 810,83 € al año

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: 60 años cumplidos y al menos 10 años de antigüedad ininterrumpida; hasta los 65 años y como máximo 60 mensualidades.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      Se cobra mensualmente; no cuenta para indemnizaciones.

    • Complemento ad personam (antigua antigüedad)

      Importe individual; sube cada año lo mismo que la subida inicial del convenio

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien lo consolidó a 1 de enero de 1997.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      No compensable ni absorbible; se incluye en las pagas extra (art. 17).

    • Complemento «ex categoría»

      Importe de la columna «Ex categoría 2018» del anexo I, repartido entre las 12 mensualidades ordinarias

      Quién lo cobra: Solo quien estaba en la empresa el 31/12/2016 y venía de una categoría con salario superior al de su nuevo grupo (art. 12 bis).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 12 bis y 12 ter, anexo I

      Importes de la imagen del anexo I (transcritos). El art. 12 ter dice que la «cuantía anual resultante» se reparte en 12 mensualidades: se entienden importes anuales. Tiene el tratamiento del salario base (cuenta para los demás pluses).

    • Ayuda por estudios de hijos

      134,11 € al año

      Quién lo cobra: Personas con hijos de 3 a 16 años, sea cual sea su número; se paga en agosto.

      Cotiza y tributa como salario. El convenio la llama extrasalarial, pero las ayudas de estudios no están entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS art. 22

      Importe fijado para 2025.

    • Kilometraje

      0,19 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por orden de la empresa con vehículo propio fuera del término municipal del centro.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Gasto de locomoción por debajo del límite exento del art. 147.2 LGSS art. 18

      Fijado para toda la vigencia. Los gastos de viaje y dietas se pagan contra justificante (sin importe fijo).

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOPZ · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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