Tablas salariales de comercio del metal de Valencia 2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.
Hay 30 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,5 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (disposición final segunda)
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 · Personal técnico superior y/o director | |||
| Grupo 1 | 2.216,54 € | 31.031,62 € | 17,66 € |
| Grupo 2 · Personal técnico medio | |||
| Grupo 2A | 1.920,88 € | 26.892,32 € | 15,31 € |
| Grupo 2B | 1.627,68 € | 22.787,46 € | 12,97 € |
| Grupo 3 · Personal de ventas, de administración y de oficio | |||
| Grupo 3A | 1.515,89 € | 21.222,48 € | 12,08 € |
| Grupo 3B | 1.474,39 € | 20.641,43 € | 11,75 € |
| Grupo 3C | 1.375,13 € | 19.251,89 € | 10,96 € |
| Grupo 4 · Personal auxiliar de oficio, ventas y administración | |||
| Grupo 4A | 1.331,73 € | 18.644,24 € | 10,61 € |
| Grupo 4B | 1.319,86 € | 18.478,01 € | 10,52 € |
| Grupo 5 · Personal de servicios auxiliares | |||
| Grupo 5 | 1.239,16 € | 17.348,30 € | 9,87 € |
| Grupo 6 · Personal aprendiz (16 a 18 años) | |||
| Grupo 6A | SMI vigente | SMI vigente1 | — |
| Categorías a extinguir (salario convenio) | |||
| Maestro Industrial | 1.575,62 € | 22.058,70 €2 | 12,55 € |
| Jefe/a de sucursal y supermercados | 1.920,88 € | 26.892,34 €3 | 15,31 € |
| Vendedor/a, comprador/a, subastador/a | 1.558,93 € | 21.825,02 €4 | 12,42 € |
| Corredor/a de plaza | 1.378,83 € | 19.303,59 €5 | 10,99 € |
| Dependiente mayor | 1.595,42 € | 22.335,81 €6 | 12,71 € |
| Ayudante de 18 a 22 años | 1.319,89 € | 18.478,40 €7 | 10,52 € |
| Secretario/a | 1.473,84 € | 20.633,76 €8 | 11,74 € |
| Taquimecanógrafo/a en idioma extranjero | 1.627,66 € | 22.787,18 €9 | 12,97 € |
| Dibujante | 1.920,79 € | 26.891,11 €10 | 15,31 € |
| Escaparatista | 1.744,11 € | 24.417,49 €11 | 13,90 € |
| Ayudante de montaje | 1.327,60 € | 18.586,36 €12 | 10,58 € |
| Delineante | 1.572,13 € | 22.009,82 €13 | 12,53 € |
| Visador/a | 1.572,12 € | 22.009,65 €14 | 12,53 € |
| Rotulista | 1.572,12 € | 22.009,65 €15 | 12,53 € |
| Ayudante de cortador/a | 1.357,54 € | 19.005,55 €16 | 10,82 € |
| Jefe/a de taller | 1.497,00 € | 20.957,99 €17 | 11,93 € |
| Capataz/a | 1.335,94 € | 18.703,12 €18 | 10,64 € |
| Ascensorista | 1.327,52 € | 18.585,31 €19 | 10,58 € |
| Cobrador/a | 1.204,67 € | 16.865,32 €20 | 9,60 € |
| Vigilante, sereno/a, ordenanza, portero/a | 1.204,67 € | 16.865,32 €21 | 9,60 € |
1. Grupo 6A: La tabla dice «SMI vigente»: cobra el salario mínimo interprofesional vigente.
2. Maestro Industrial: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
3. Jefe/a de sucursal y supermercados: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
4. Vendedor/a, comprador/a, subastador/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
5. Corredor/a de plaza: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
6. Dependiente mayor: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
7. Ayudante de 18 a 22 años: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
8. Secretario/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
9. Taquimecanógrafo/a en idioma extranjero: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
10. Dibujante: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
11. Escaparatista: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
12. Ayudante de montaje: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
13. Delineante: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
14. Visador/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
15. Rotulista: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
16. Ayudante de cortador/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
17. Jefe/a de taller: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
18. Capataz/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
19. Ascensorista: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
20. Cobrador/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
21. Vigilante, sereno/a, ordenanza, portero/a: Categoría suprimida el 1/1/2021: solo para quien ya la tenía; cobra el «salario convenio» hasta su jubilación o cese (art. 6.2 y anexo II, cláusula quinta.2).
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.757 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Tablas 2025 aprobadas por la comisión paritaria el 21/1/2025 (BOP Valencia n.º 44, 5/3/2025, anuncio 2025/02320; corrección de errores del título en el BOP n.º 53, 18/3/2025, anuncio 2025/02852): 3,5 % sobre las tablas reales 2024 (2024 revisada un 0,3 % por IPC). Salario grupo mensual × 14 = anual (con diferencias de céntimos que se dejan como en la tabla). El grupo 6B (antiguos contratos para la formación, tercer año: 85 % del SMI vigente) no se carga como fila.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de nocturnidad
un 10 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza; no cuentan los 15 minutos de cierre tras las 22:00.
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Trabajo en domingos y festivos
un 50 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en domingo o festivo de apertura autorizada (voluntario), si no hay pacto de empresa; además, un día libre por cada domingo o festivo trabajado.
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Dieta completa
27,66 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes por orden de la empresa a otra población con pernocta fuera del domicilio.
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Media dieta
10,99 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera del lugar habitual sin pernoctar.
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Kilometraje
0,31 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por cuenta de la empresa con vehículo propio.
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Quebranto de moneda
2 por 1.000 de las cantidades cobradas o pagadas en metálico, con un tope máximo de 65,73 €Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que cobra o paga en metálico.
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Bolsa de vacaciones
61,62 € (una vez, alternativa a un día más de vacaciones)Quién lo cobra: Si la empresa obliga a tomar las vacaciones (o parte) fuera de junio-septiembre; la persona elige entre un día más de vacaciones o esta cantidad.
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Compensación por trabajo a distancia
40,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Teletrabajo al 100 % y jornada completa, si no hay acuerdo individual o colectivo que lo regule; proporcional si es parcial.
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Antigüedad consolidada
Importe consolidado de cada persona; no sube con el convenioLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal que la consolidó al suprimirse la antigüedad; importe individual.
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Plus de distancia consolidado
Importe consolidado de cada persona; no sube con el convenioAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Solo personal que lo consolidó al suprimirse; importe individual.
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Complemento «ex categoría profesional» (Jefe/a administrativo)
126,82 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Jefe/a administrativo» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
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Complemento «ex categoría profesional» (Jefe/a de grupo)
121,19 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Jefe/a de grupo» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
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Complemento «ex categoría profesional» (Jefe/a de sección administrativa)
116,48 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Jefe/a de sección administrativa» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
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Complemento «ex categoría profesional» (Encargado/a de establecimiento)
43,04 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Encargado/a de establecimiento» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
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Complemento «ex categoría profesional» (Profesional de oficio de 2ª)
4,21 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Profesional de oficio de 2ª» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
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Complemento «ex categoría profesional» (Empaquetador/a de 18 años en adelante)
80,66 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Empaquetador/a de 18 años en adelante» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
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Complemento «ex categoría profesional» (Auxiliar de Caja de 18 a 25 años)
32,96 € al mes, en 14 pagasQuién lo cobra: Solo si a 26/07/2021 tenías la categoría «Auxiliar de Caja de 18 a 25 años» y cobrabas más que el salario de tu grupo; no se aplica a quien entró después.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Valencia · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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