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Tablas salariales de comercio del metal de Badajoz 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 30 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,8 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 28)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Jefe/a de personal1.256,74 €19.466,34 €*+2,8 %17,34 €
    Jefe/a de ventas1.256,74 €19.466,34 €*+2,8 %17,34 €
    Jefe/a de compras1.256,74 €19.466,34 €*+2,8 %17,34 €
    Encargado/a en general1.256,74 €19.466,34 €*+2,8 %17,34 €
    Jefe/a de almacén1.242,88 €19.258,44 €*+2,7 %17,34 €
    Jefe/a de grupo1.242,88 €19.258,44 €*+2,7 %17,34 €
    Jefe/a de sección1.219,34 €18.905,34 €*+2,8 %17,34 €
    Viajante1.206,86 €18.718,14 €*+2,7 %17,34 €
    Cobrador/a de plaza1.179,15 €18.302,49 €*+2,8 %17,34 €
    Encargado/a de establecimiento1.231,81 €19.092,39 €*+2,8 %17,34 €
    Dependiente/a1.108,50 €17.242,74 €*+2,8 %17,34 €
    Dependiente/a mayor1.206,86 €18.718,14 €*+2,7 %17,34 €
    Ayudante1.058,61 €16.494,39 €* SMI1+2,7 %17,34 €
    Jefe/a administrativo1.256,74 €19.466,34 €*+2,8 %17,34 €
    Contable y cajero/a1.231,81 €19.092,39 €*+2,8 %17,34 €
    Oficial administrativo1.206,86 €18.718,14 €*+2,7 %17,34 €
    Auxiliar administrativo y de caja1.108,50 €17.242,74 €*+2,8 %17,34 €
    Mozo/a especializado1.108,50 €17.242,74 €*+2,8 %17,34 €
    Mozo/a de almacén1.058,61 €16.494,39 €* SMI2+2,7 %17,34 €
    Conductor/a C-21.183,31 €18.364,89 €*+2,7 %17,34 €
    Conductor/a C-11.140,36 €17.720,64 €*+2,7 %17,34 €
    Conductor/a B-11.108,50 €17.242,74 €*+2,8 %17,34 €
    Personal de limpieza1.058,61 €16.494,39 €* SMI3+2,7 %17,34 €
    Cobrador/a1.059,98 €16.514,94 €* SMI4+2,8 %17,34 €
    Ordenanza, portero/a y vigilante1.059,98 €16.514,94 €* SMI5+2,8 %17,34 €
    Jefe/a de sección y administrativo1.206,85 €18.717,99 €*+2,7 %17,34 €
    Oficial de 1.ªProfesionales de oficio1.184,69 €18.385,59 €*+2,8 %17,34 €
    Oficial de 2.ªProfesionales de oficio1.138,96 €17.699,64 €*+2,8 %17,34 €
    Oficial de 3.ªProfesionales de oficio1.108,48 €17.242,44 €*+2,7 %17,34 €
    Operador/a de ordenador1.242,88 €19.258,44 €*+2,7 %17,34 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Ayudante: Por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): la empresa debe completar hasta el SMI con el «complemento SMI» (art. 10).

    2. Mozo/a de almacén: Por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): la empresa debe completar hasta el SMI con el «complemento SMI» (art. 10).

    3. Personal de limpieza: Por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): la empresa debe completar hasta el SMI con el «complemento SMI» (art. 10).

    4. Cobrador/a: Por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): la empresa debe completar hasta el SMI con el «complemento SMI» (art. 10).

    5. Ordenanza, portero/a y vigilante: Por debajo del SMI 2026 (17.094 € anuales): la empresa debe completar hasta el SMI con el «complemento SMI» (art. 10).

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Notas de la tabla. Anexo «Tablas salariales 2023, 2024, 2025 y 2026» del convenio publicado en el DOE n.º 80 de 28/4/2026: tabla 2026 con salario mensual y plus de asistencia por categoría. 2,75 % sobre 2025 con atrasos desde el 1/1/2026 (art. 10). La tabla no da importe anual: anual calculado = salario × 15 (12 mensualidades, 2 pagas extra del art. 6 y la paga de participación en beneficios del art. 7, todas de salario convenio) + plus de asistencia × 12. Las empresas deben completar hasta el SMI con un «complemento SMI» (art. 10).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años (tope: 60 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 5

      Se cobra también en las dos pagas extra (art. 6) y en la paga de participación en beneficios (art. 7).

    • Plus de conductor/a-repartidor/a

      23,45 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductores/as que además de conducir hacen el reparto al mismo tiempo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Importe fijado en el texto del convenio 2023-2026 sin distinguir año; 23,45 € mensuales. El convenio no dice en cuántas pagas: se toma 12.

    • Dieta entera

      9,40 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por cuenta de la empresa; además la empresa paga los gastos de manutención y alojamiento justificados.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta de cotizar dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza art. 11 y tablas

    • Media dieta

      5,98 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por cuenta de la empresa que no exigen dieta entera.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta de cotizar dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza art. 11 y tablas

    • Kilometraje

      0,26 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Viajes por cuenta de la empresa en vehículo propio.

      Gasto de locomoción: no cotiza dentro del límite reglamentario por kilómetro (art. 147.2 LGSS); el exceso sí cotiza art. 21 y tablas

    • Plus de asistencia

      51,27 € al mes, en 12 pagas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: DOE (Diario Oficial de Extremadura) · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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