Saltar al contenido

Tablas salariales de alimentación de Bizkaia 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 39 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 200 %. (art. 21)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Dirección y jefaturas
    Directores y Directoras1.897,00 €28.455,00 €*+3,0 %28,93 €
    Jefe/a de Personal1.818,67 €27.280,05 €*+3,0 %27,74 €
    Jefe/a de Compras1.818,67 €27.280,05 €*+3,0 %27,74 €
    Jefe/a de Ventas1.818,67 €27.280,05 €*+3,0 %27,74 €
    Jefe/a Sucursal o supermercado1.667,89 €25.018,35 €*+3,0 %25,44 €
    Jefe/a de Almacén1.615,72 €24.235,80 €*+3,0 %24,64 €
    Personal mercantil
    Jefe/a Sección Mercantil1.514,18 €22.712,70 €*+3,0 %23,10 €
    Jefe/a de Grupo1.514,18 €22.712,70 €*+3,0 %23,10 €
    Encargado/a Sección supermercado1.514,18 €22.712,70 €*+3,0 %23,10 €
    Encargado/a Establecimiento1.514,18 €22.712,70 €*+3,0 %23,10 €
    Dependiente/a Mayor1.432,05 €21.480,75 €*+3,0 %21,84 €
    Dependiente/a1.316,99 €19.754,85 €*+3,0 %20,09 €
    Ayudante dependiente/a1.253,29 €18.799,35 €*+3,0 %19,12 €
    Auxiliar Caja - Reponedor/a*1.317,00 €19.755,00 €*+3,0 %20,09 €
    Personal administrativo
    Jefe/a Administrativo1.717,18 €25.757,70 €*+3,0 %26,19 €
    Jefe/a Sección Administrativa1.641,81 €24.627,15 €*+3,0 %25,04 €
    Oficiales/as Administrativos/as1.441,34 €21.620,10 €*+3,0 %21,98 €
    Auxiliar Administrativo/a1.270,59 €19.058,85 €*+3,0 %19,38 €
    Contable1.494,09 €22.411,35 €*+3,0 %22,79 €
    Cajero/a1.494,09 €22.411,35 €*+3,0 %22,79 €
    Telefonista1.253,29 €18.799,35 €*+3,0 %19,12 €
    Viajante-Visitador/a1.514,19 €22.712,85 €*+3,0 %23,10 €
    Cobrador/a1.270,59 €19.058,85 €*+3,0 %19,38 €
    Personal de servicios y actividades auxiliares
    Prof. Oficio primera1.386,38 €20.795,70 €*+3,0 %21,15 €
    Prof. Oficio segunda1.360,48 €20.407,20 €*+3,0 %20,75 €
    Conductor/a mecánico/a1.386,38 €20.795,70 €*+3,0 %21,15 €
    Conductor/a repartidor/a1.337,29 €20.059,35 €*+3,0 %20,40 €
    Ayudante oficio1.293,80 €19.407,00 €*+3,0 %19,73 €
    Mozo/a especialista1.302,47 €19.537,05 €*+3,0 %19,87 €
    Mozo/a1.293,80 €19.407,00 €*+3,0 %19,73 €
    Cosedor/a sacos1.253,29 €18.799,35 €*+3,0 %19,12 €
    Ordenanza1.253,29 €18.799,35 €*+3,0 %19,12 €
    Vigilante nocturno/a1.316,99 €19.754,85 €*+3,0 %20,09 €
    Vigilante diurno/a1.293,80 €19.407,00 €*+3,0 %19,73 €
    Cocinero/a1.337,29 €20.059,35 €*+3,0 %20,40 €
    Personal limpieza1.253,29 €18.799,35 €*+3,0 %19,12 €
    Capataz/a1.445,34 €21.680,10 €*+3,0 %22,05 €
    Envasador/a Manipulador/a1.316,99 €19.754,85 €*+3,0 %20,09 €
    Contratos formativos
    Contratados en formación o aprendizaje945,16 €14.177,40 €*1+3,0 %14,42 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Contratados en formación o aprendizaje: Salario de los contratos de formación en alternancia, con jornada del 85 % de la del convenio (art. 27); nunca inferior al SMI en proporción al tiempo trabajado.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.721 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Revisión salarial 2026 de la comisión paritaria (BOB n.º 249 de 31/12/2025), columna «Salario mes 2026». Pagas: 12 + julio, Navidad y beneficios (art. 11). El anual NO viene en el boletín: es mes × 15. La columna «garantía mínima mes» es la subida mínima garantizada respecto al año anterior (art. 8), no un plus.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus por tiempo de servicio (cuatrienios)

      Cada cuatrienio vale el 5 % del salario base de la tabla de 2014 de la categoría actual (importe fijo del anexo II, que no sube con las tablas)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; desde el ingreso en la empresa, por cuatrienios vencidos y sin límite de cuatrienios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12 y anexo II

      El convenio no dice si se cobra también en las pagas extra (remite a la Ordenanza Laboral de Comercio); se deja en 12 pagas.

    • Plus de nocturnidad

      150,00 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, salvo que se haya pactado un salario que ya incluya la nocturnidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      El convenio fija los 150 € para 2023, 2024 y 2025; la revisión de 2026 no da otro importe.

    • Plus de transporte

      Importe del transporte público más barato de 4 viajes al día (2 con jornada continuada); si por el horario no hay transporte público, 0,28 € por km con vehículo propio

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Quien vive a más de 2 km del centro de trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. Plus de distancia y transporte: cotiza desde el RDL 20/2012. art. 13

    • Quebranto de moneda

      21,47 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Quien hace cobros o pagos como función habitual, salvo pacto distinto.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      El convenio da la cantidad sin decir el periodo; se toma mensual.

    • Plus de carga y descarga (conductores)

      el 8 % de tu salario base

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductores de primera y segunda que cargan y descargan mercancía.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

    • Plus de autoventa

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor autoventista (carga y descarga, vende y cobra) y profesionales de vending con funciones similares (carga, conducción, reposición, recaudación y mantenimiento de máquinas).

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

    • Kilometraje (vehículo propio por mandato de la empresa)

      0,37 € por km

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Todas las categorías.

      Exento hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y reglamento del IRPF); el exceso cotiza. art. 14

    • Dietas por viaje ocasional

      58,30 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal que viaja ocasionalmente por comisión de servicio fuera de su residencia de trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dietas dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 14

      Viajantes y chóferes en comisión de servicio cobran los gastos justificados.

    • Comida en caso de traslado

      8,88 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Traslado de empresa que obliga a comer fuera.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 15

    • Premio de permanencia en la empresa

      399,72 € a los 15 años; 593,05 € a los 25; 928,18 € a los 40

      Quién lo cobra: Al cumplir 15, 25 y 40 años en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32

    • Gratificación de San Miguel

      15 días de salario, pagados el 15 de septiembre

      Quién lo cobra: Solo mayoristas de ultramarinos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 11

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOB · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    ¿Eres empresa?

    Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

    Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

    Ver soluciones para empresas

    Lo que suele venir después.