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Convenio colectivo provincial de transportes de mercancías por carretera y logística de Toledo 2024-2026.

VigenteDescargar el convenioCódigo 45000325011981

Convenio de los años 2024 a 2026 (del 1/1/2024 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.800horas
Vacaciones30días

naturales · art. 25

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Transporte · Grupo I. Personal superior y técnico
Director/a de área o departamento2.221,42 €33.321,30 €
Director/a o delegado/a de sucursal1.812,35 €27.185,25 €
Jefe/a de servicio1.656,99 €24.854,85 €
Titulado/a de grado superior1.545,59 €23.183,85 €
Titulado/a de grado medio1.366,39 €20.495,85 €
Jefe/a de sección1.360,42 €20.406,30 €
Jefe/a de negociado1.329,64 €19.944,60 €
Jefe/a de tráfico de primera1.313,53 €19.702,95 €
Jefe/a de tráfico de segunda1.304,83 €19.572,45 €
Encargado/a general1.304,83 €19.572,45 €
Inspector/a-visitador/a1.264,44 €18.966,60 €
Jefe/a de taller1.413,45 €21.201,75 €
Contramaestre o encargado/a1.290,11 €19.351,65 €
Transporte · Grupo II. Personal de administración
Oficial/a de primera1.257,62 €18.864,30 €
Oficial/a de segunda1.224,17 €18.362,55 €
Encargado/a de almacén1.251,24 €18.768,60 €
Encargado/a de garaje1.251,24 €18.768,60 €
Auxiliar1.190,29 €17.854,35 €
Telefonista1.146,03 €17.190,45 €
Transporte · Grupo III. Personal de movimiento
Conductor/a mecánico/a40,68 €/día—
Conductor/a40,68 €/día—
Conductor/a repartidor/a de vehículos ligeros40,68 €/día—
Capataz40,63 €/día—
Capitonista39,69 €/día—
Ayudante/a y/o mozo/a especializado/a38,56 €/día—
Auxiliar de almacén-basculero/a39,69 €/día—
Mozo/a ordinario/a36,22 €/día—
Transporte · Grupo IV. Personal de servicios auxiliares
Ordenanza38,19 €/día—
Guarda41,71 €/día—
Personal de mantenimiento y limpieza39,29 €/día—
Capataz de taller o jefe/a de equipo41,47 €/día—
Oficial de primera de oficios40,68 €/día—
Oficial de segunda de oficios40,45 €/día—
Mozo/a especializado/a de taller38,15 €/día—
Peón/a ordinario/a39,29 €/día—
Logística · Grupo I. Personal superior y técnico
Director/a de área o departamento2.393,21 €37.480,20 €
Director/a o delegado/a de sucursal1.952,81 €30.583,20 €
Jefe/a de servicio1.785,35 €27.960,45 €
Titulado/a de grado superior1.664,41 €26.067,15 €
Titulado/a de grado medio1.472,43 €23.059,80 €
Jefe/a de sección1.465,65 €22.953,75 €
Jefe/a de negociado1.432,68 €22.437,75 €
Jefe/a de tráfico de primera1.415,76 €22.172,10 €
Jefe/a de tráfico de segunda1.405,61 €22.013,70 €
Encargado/a general1.405,61 €22.013,70 €
Inspector/a-visitador/a1.362,47 €21.337,65 €
Jefe/a de taller1.522,75 €23.847,75 €
Contramaestre o encargado/a1.389,96 €21.768,30 €
Logística · Grupo II. Personal de administración
Oficial/a de primera1.354,44 €21.212,25 €
Oficial/a de segunda1.319,35 €20.662,35 €
Encargado/a de almacén1.348,10 €21.112,95 €
Encargado/a de garaje1.348,10 €21.112,95 €
Auxiliar1.282,56 €20.086,20 €
Telefonista1.234,35 €19.331,55 €
Logística · Grupo III. Personal de movimiento
Conductor/a mecánico/a43,82 €/día—
Conductor/a43,82 €/día—
Conductor/a repartidor/a de vehículos ligeros43,82 €/día—
Capataz43,77 €/día—
Capitonista42,75 €/día—
Ayudante/a y/o mozo/a especializado/a41,54 €/día—
Auxiliar de almacén-basculero/a42,75 €/día—
Mozo/a ordinario/a39,01 €/día—
Logística · Grupo IV. Personal de servicios auxiliares
Ordenanza41,14 €/día—
Guarda44,94 €/día—
Personal de mantenimiento y limpieza42,35 €/día—
Capataz de taller o jefe/a de equipo44,67 €/día—
Oficial de primera de oficios43,82 €/día—
Oficial de segunda de oficios43,57 €/día—
Mozo/a especializado/a de taller41,09 €/día—
Peón/a ordinario/a42,35 €/día—
En formación primer año36,95 €/día—

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo Transporte · Grupo I. Personal superior y técnico

  • Director/a de área o departamento
  • Director/a o delegado/a de sucursal
  • Jefe/a de servicio
  • Titulado/a de grado superior
  • Titulado/a de grado medio
  • Jefe/a de sección
  • Jefe/a de negociado
  • Jefe/a de tráfico de primera
  • Jefe/a de tráfico de segunda
  • Encargado/a general
  • Inspector/a-visitador/a
  • Jefe/a de taller
  • Contramaestre o encargado/a

Grupo Transporte · Grupo II. Personal de administración

  • Oficial/a de primera
  • Oficial/a de segunda
  • Encargado/a de almacén
  • Encargado/a de garaje
  • Auxiliar
  • Telefonista

Grupo Transporte · Grupo III. Personal de movimiento

  • Conductor/a mecánico/a
  • Conductor/a
  • Conductor/a repartidor/a de vehículos ligeros
  • Capataz
  • Capitonista
  • Ayudante/a y/o mozo/a especializado/a
  • Auxiliar de almacén-basculero/a
  • Mozo/a ordinario/a

Grupo Transporte · Grupo IV. Personal de servicios auxiliares

  • Ordenanza
  • Guarda
  • Personal de mantenimiento y limpieza
  • Capataz de taller o jefe/a de equipo
  • Oficial de primera de oficios
  • Oficial de segunda de oficios
  • Mozo/a especializado/a de taller
  • Peón/a ordinario/a

Grupo Logística · Grupo I. Personal superior y técnico

  • Director/a de área o departamento
  • Director/a o delegado/a de sucursal
  • Jefe/a de servicio
  • Titulado/a de grado superior
  • Titulado/a de grado medio
  • Jefe/a de sección
  • Jefe/a de negociado
  • Jefe/a de tráfico de primera
  • Jefe/a de tráfico de segunda
  • Encargado/a general
  • Inspector/a-visitador/a
  • Jefe/a de taller
  • Contramaestre o encargado/a

Grupo Logística · Grupo II. Personal de administración

  • Oficial/a de primera
  • Oficial/a de segunda
  • Encargado/a de almacén
  • Encargado/a de garaje
  • Auxiliar
  • Telefonista

Grupo Logística · Grupo III. Personal de movimiento

  • Conductor/a mecánico/a
  • Conductor/a
  • Conductor/a repartidor/a de vehículos ligeros
  • Capataz
  • Capitonista
  • Ayudante/a y/o mozo/a especializado/a
  • Auxiliar de almacén-basculero/a
  • Mozo/a ordinario/a

Grupo Logística · Grupo IV. Personal de servicios auxiliares

  • Ordenanza
  • Guarda
  • Personal de mantenimiento y limpieza
  • Capataz de taller o jefe/a de equipo
  • Oficial de primera de oficios
  • Oficial de segunda de oficios
  • Mozo/a especializado/a de taller
  • Peón/a ordinario/a
  • En formación primer año

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad: 2 bienios y 3 quinquenios (transporte)Dos bienios y, a continuación, tres quinquenios como máximo; el quinquenio vale dos bienios · art. 32.a y anexo I49,88 € al mes por bienio (valor «Antigüedad» de la tabla); cada quinquenio = 2 bienios (máximo 5)
Antigüedad: 2 bienios y 3 quinquenios (logística)Dos bienios y, a continuación, tres quinquenios como máximo; el quinquenio vale dos bienios · art. 32.a y anexo II56,06 € al mes por bienio (valor «Antigüedad» de la tabla); cada quinquenio = 2 bienios (máximo 5)
Plus de transporte (transporte)Toda la plantilla, sin depender de la distancia; se paga solo por día efectivo de trabajo (se descuentan los días no trabajados) · art. 32.b y anexo I73,15 € al mes en 12 pagas
Plus de productos tóxicos, penosos o peligrosos (transporte)Personal que de forma continua transporta o manipula productos inflamables, tóxicos, explosivos o ácidos · art. 33.B y anexo I79,38 € al mes en 12 pagas
Plus de festivos (transporte)Por festivo trabajado · art. 33.C y anexo I20,74 € por día
Plus de carretillero (transporte)160 horas al mes a cargo de una carretilla; con menos horas, a prorrata · art. 33.E y anexo I91,99 € al mes en 12 pagas
Plus de transporte (logística)Toda la plantilla, sin depender de la distancia; se paga solo por día efectivo de trabajo (se descuentan los días no trabajados) · art. 32.b y anexo II82,21 € al mes en 12 pagas
Plus de productos tóxicos, penosos o peligrosos (logística)Personal que de forma continua transporta o manipula productos inflamables, tóxicos, explosivos o ácidos · art. 33.B y anexo II89,21 € al mes en 12 pagas
Plus de festivos y domingos (logística)Operadores logísticos: por festivo o domingo trabajado dentro de la jornada ordinaria (proporcional en jornada parcial) · art. 33.C y G y anexo II22,95 € por día
Plus de asistencia (logística)Operadores logísticos: por día efectivamente trabajado (proporcional en jornada parcial) · art. 33.H y anexo II1,61 € por día
Plus de carretillero (logística)160 horas al mes a cargo de una carretilla; con menos horas, a prorrata · art. 33.E y anexo II99,11 € al mes en 12 pagas
Plus de carretillero para trabajos en alturaTrabajos en altura (de 6 a 12 m) con maquinaria que exige carné específico, a tiempo completo y plena dedicación; proporcional si no · art. 33.I y anexo II16,54 € al mes en 12 pagas
Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 · art. 33.A40 % sobre la hora ordinaria por hora
Complemento de jornada discontinuaJornadas discontinuas (también en servicios de movimiento con descanso entre jornadas reducido, art. 27) · art. 33.D y art. 275 % sobre el salario base
Dieta nacional (transporte): desayunoPernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual (incluye Portugal) · art. 33 bis y anexo I5,42 € por día
Dieta internacional (transporte): desayunoPernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual (fuera de España, salvo Portugal) · art. 33 bis y anexo I5,92 € por día
Dieta nacional (transporte): comidaComer fuera del domicilio y del centro; en todo caso, salida antes de las 12:00 y llegada después de las 15:00 (incluye Portugal) · art. 33 bis y anexo I15,65 € por día
Dieta internacional (transporte): comidaComer fuera del domicilio y del centro; en todo caso, salida antes de las 12:00 y llegada después de las 15:00 (fuera de España, salvo Portugal) · art. 33 bis y anexo I17,07 € por día
Dieta nacional (transporte): cenaCenar fuera del domicilio y del centro; en todo caso, salida antes de las 20:00 y llegada después de las 22:00 (incluye Portugal) · art. 33 bis y anexo I11,87 € por día
Dieta internacional (transporte): cenaCenar fuera del domicilio y del centro; en todo caso, salida antes de las 20:00 y llegada después de las 22:00 (fuera de España, salvo Portugal) · art. 33 bis y anexo I12,95 € por día
Dieta nacional (transporte): pernoctaPernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual (incluye Portugal) · art. 33 bis y anexo I9,90 € por día
Dieta internacional (transporte): pernoctaPernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual (fuera de España, salvo Portugal) · art. 33 bis y anexo I10,79 € por día
Dieta (logística): desayunoOperadores logísticos, por desplazamiento · art. 33 bis y anexo II5,79 € por día
Dieta (logística): comidaOperadores logísticos, por desplazamiento · art. 33 bis y anexo II16,71 € por día
Dieta (logística): cenaOperadores logísticos, por desplazamiento · art. 33 bis y anexo II12,67 € por día
Dieta (logística): pernoctaciónOperadores logísticos, por desplazamiento · art. 33 bis y anexo II10,57 € por día
Dieta (logística): dieta TIROperadores logísticos; la dieta TIR es la cuantía mínima diaria al cruzar la frontera sin justificar, más gastos justificados · art. 33 bis y anexo II45,85 € por día

Horas extra: se pagan con un recargo del 25 % sobre la hora ordinaria. Preferentemente con descanso: como mínimo 1,25 horas por hora extra, dentro de los 4 meses siguientes, de común acuerdo (arts. 29 y 35.b). (arts. 29 y 35.b)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (Transporte: + 3 % sobre la tabla de 2024); 2025: (Transporte: si el IPC interanual de diciembre de 2024 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % con efecto 1/1/2025); 2025: 5 % (Logística: + 5 % sobre la tabla de 2024); 2025: (Logística: si el IPC general de 2025 supera el 5 %, se revisan las tablas en la diferencia con atrasos desde el 1/1/2025); 2026: 3 % (Transporte: + 3 % sobre la tabla de 2025); 2026: (Transporte: si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % con efecto 1/1/2026); 2026: 5 % (Logística: + 5 % sobre la tabla de 2025); 2026: (Logística: si el IPC general de 2026 supera el 5 %, se revisan las tablas en la diferencia con atrasos desde el 1/1/2026).

Revisión salarial: Transporte: cada año, si el IPC interanual de diciembre supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % con efecto 1 de enero del año siguiente. Logística: si el IPC general del año supera el 5 %, las tablas se revisan en la diferencia un mes después de publicarse el dato, con atrasos desde el 1 de enero de ese año. (art. 34).

Permisos pagados.

6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 28.1.c15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 28.1.a5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 28.1.b2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado o cambio de domicilioart. 28.1.f2Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijos o hermanosart. 28.1.g1Mejora el Estatuto
Deberes públicosart. 28.1.d—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médica de la Seguridad Socialart. 28.1.e—Mejora el Estatuto
Exámenes oficialesart. 28.1.h3Mejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 28.1.i3Mejora el Estatuto
Consulta médica de hijos hasta 14 añosart. 28.1.l—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados: 6 meses
  • Resto (excepto no cualificados): 2 meses
  • No cualificados: 15 días

Preaviso si te vas

  • Todos: 15 días

Novedades del convenio.

  • 24/4/2024 · Publicada la corrección de las tablas de logística 2024-2026.

Fuente: BOP Toledo de 4 de abril de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente hasta el 31/12/2026; al terminar queda denunciado automáticamente y sigue aplicándose hasta un nuevo acuerdo (art. 4). Las tablas de 2024, 2025 y 2026 se publicaron como PROVISIONALES en 2024 y no constan tablas definitivas posteriores (REGCON y BOP Toledo a 14/10/2026).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de Toledo?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de mercancías de Toledo en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.190,45 € brutos al año a jornada completa (Telefonista).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de Toledo?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados: 6 meses. Resto (excepto no cualificados): 2 meses. No cualificados: 15 días.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

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