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Convenio Colectivo Provincial de Transporte de Mercancías de Guadalajara.

VigenteDescargar el convenioCódigo 19000835011997

Convenio de los años 2021 a 2026 (del 1/1/2021 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.800horas
Vacaciones30días

naturales · art. 26

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo I: Personal superior y técnico
Jefe de sección1.088,87 €22.975,58 €
Jefe de negociado1.088,87 €22.975,58 €
Jefe de tráfico de primera1.088,87 €22.037,01 €
Jefe de tráfico de segunda1.088,87 €21.149,16 €
Encargado general1.088,87 €21.149,16 €
Inspector visitador de empresas de mudanzas1.088,87 €21.149,16 €
Jefe de taller1.088,87 €21.149,16 €
Grupo II: Personal administrativo
Oficial de primera1.088,87 €20.760,72 €
Oficial de segunda1.088,87 €20.655,84 €
Auxiliar1.088,87 €20.148,16 €
Telefonista1.088,87 €20.148,16 €
Grupo III: Personal de movimiento
Encargado de almacén1.088,87 €22.975,58 €
Jefe de equipo1.088,87 €20.704,65 €
Encargado de garaje1.088,87 €20.704,65 €
Conductor mecánico1.088,87 €20.740,45 €
Conductor1.088,87 €20.499,33 €
Conductor repartidor de vehículos ligeros1.088,87 €20.499,33 €
Capitonista1.088,87 €20.291,06 €
Mozo especializado carretillero1.088,87 €20.291,06 €
Mozo especializado1.088,87 €20.291,06 €
Auxiliar de almacén basculero1.088,87 €20.148,16 €
Mozo1.088,87 €20.128,19 €
Grupo IV: Personal de servicios auxiliares
Ordenanza1.088,87 €20.291,06 €
Guarda1.088,87 €20.176,86 €
Personal de mantenimiento y limpieza1.088,87 €20.128,19 €
Jefe de equipo o de taller1.088,87 €20.704,65 €
Oficial de primera de oficios1.088,87 €20.740,45 €
Oficial de segunda de oficios1.088,87 €20.499,33 €
Engrasador-lavador (a extinguir)1.088,87 €20.365,76 €
Mozo especializado de taller1.088,87 €20.291,06 €
Peón ordinario1.088,87 €20.128,19 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I: Personal superior y técnico

  • Jefe de sección
  • Jefe de negociado
  • Jefe de tráfico de primera
  • Jefe de tráfico de segunda
  • Encargado general
  • Inspector visitador de empresas de mudanzas
  • Jefe de taller

Grupo II: Personal administrativo

  • Oficial de primera
  • Oficial de segunda
  • Auxiliar
  • Telefonista

Grupo III: Personal de movimiento

  • Encargado de almacén
  • Jefe de equipo
  • Encargado de garaje
  • Conductor mecánico
  • Conductor
  • Conductor repartidor de vehículos ligeros
  • Capitonista
  • Mozo especializado carretillero
  • Mozo especializado
  • Auxiliar de almacén basculero
  • Mozo

Grupo IV: Personal de servicios auxiliares

  • Ordenanza
  • Guarda
  • Personal de mantenimiento y limpieza
  • Jefe de equipo o de taller
  • Oficial de primera de oficios
  • Oficial de segunda de oficios
  • Engrasador-lavador (a extinguir)
  • Mozo especializado de taller
  • Peón ordinario

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (quinquenios y bienios)Toda la plantilla; desde el día 1 del mes siguiente a cada vencimiento · art. 3210 % del salario base a los 5 años, +5 % a los 7, +10 % a los 12 y +5 % a los 14 (máximo 30 %), sobre el último salario base
Plus de nocturnidadQuien trabaja total o parcialmente entre las 22:00 y las 6:00 · art. 33.A y anexo I-2026 modificado5 % sobre el salario base
Plus de conductor-perceptorConductor que hace a la vez de cobrador, por cada día que realiza ambas funciones · art. 4020 % sobre el salario base
Quebranto de monedaQuien en su trabajo efectúa pagos o cobros · art. 39 y anexo I24,57 € al mes en 12 pagas
Dieta completa nacionalDieta completa mínima; lo que se gaste de más, con justificante, lo paga la empresa · art. 33.B y anexo I46,20 € por día
Dieta completa internacionalDieta completa mínima en el extranjero; el exceso justificado lo paga la empresa · art. 33.B y anexo I65,21 € por día

Horas extra: se pagan con un recargo del 10 % sobre la hora ordinaria. En metálico o en descanso, por acuerdo entre las partes, en ambos casos a 1,1 veces la hora ordinaria (art. 28) (art. 28). (art. 28)

Subidas pactadas: 2025: 6 % (Incremento del 6 % según las tablas del anexo I); 2026: 6 % (Incremento del 6 % con cláusula de garantía de revisión al IPC (interanual de diciembre a diciembre) según las tablas del anexo I; tablas modificadas por acta de 12/01/2026).

Revisión salarial: Para 2023 y 2026 se pacta una cláusula de garantía de revisión al IPC interanual de diciembre a diciembre; el texto no detalla el cálculo. (art. 37).

Permisos pagados.

3 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 27.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 27.1.b5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 27.1.c2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento de hijo (solo sin 180 días cotizados en los 5 años anteriores)art. 27.1.d3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 27.1.g1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)art. 27.1.e—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médicaart. 27.1.f—Mejora el Estatuto
Exámenes prenatales y técnicas de preparación al partoart. 27.1.j—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Permisos individuales de formaciónart. 27.1.h—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados: 6 meses
  • Resto del grupo I: 3 meses
  • Resto de la plantilla: 2 meses

Preaviso si te vas

  • Antigüedad de más de un año: 15 días
  • Antigüedad de un año o menos: 7 días

Novedades del convenio.

  • 5/2/2026 · Publicada la modificación de las tablas salariales de 2026 (acta de 12/01/2026).

Fuente: BOP Guadalajara de 17 de abril de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente hasta el 31/12/2026; al terminar queda denunciado automáticamente y sigue aplicándose entero hasta que haya nuevo acuerdo (art. 4). Tablas de 2026 modificadas por acta de 12/01/2026 (BOP 05/02/2026).

En Guadalajara hay además un convenio provincial de operadores logísticos (código 19001325012008, en ultraactividad desde 2016) que no es este: si tu empresa es un operador logístico, puede aplicarse ese.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de Guadalajara?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2021 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de mercancías de Guadalajara en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.128,19 € brutos al año a jornada completa (Mozo).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de Guadalajara?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados: 6 meses. Resto del grupo I: 3 meses. Resto de la plantilla: 2 meses.

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