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Convenio Colectivo de Transportes de Mercancías por Carretera y Logística de la provincia de Albacete 2024-2026.

VigenteDescargar el convenioCódigo 02100135012016

Convenio de los años 2024 a 2026 (del 1/1/2024 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.826horas
Vacaciones30días

naturales · art. 26

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo I: Personal superior y técnico
Jefe/a de Servicio1.552,46 €29.851,50 €
Ingeniero/a y Licenciado/a1.453,61 €28.016,43 €
Inspector/a Principal1.453,61 €28.016,43 €
Jefe/a Taller1.371,51 €26.399,97 €
Jefe/a de Administración1.371,51 €26.399,97 €
Jefe/a de Sección Administrativa1.330,47 €25.590,69 €
Ingeniero/a Técnico y Auxiliar titulado1.273,43 €24.481,17 €
Jefe/a de Tráfico 1.ª1.253,35 €24.140,25 €
Encargado/a General Agencia de Transportes1.253,35 €24.140,25 €
Jefe/a de Tráfico 2.ª1.188,15 €22.922,49 €
ATS1.178,35 €22.730,73 €
Jefe/a de Tráfico 3.ª1.155,81 €22.383,27 €
Grupo II: Personal administrativo
Oficial 1.ª Administrativo1.198,92 €23.102,52 €
Jefe/a Administración en ruta1.178,35 €22.730,73 €
Oficial de 2.ª Administrativo1.178,35 €22.730,73 €
Auxiliar Administrativo1.149,51 €22.225,65 €
Telefonista1.146,77 €22.184,55 €
Cobrador/a de facturas1.146,77 €22.184,55 €
Grupo III: Personal de movimiento
Encargado/a General de 1.ª de garajes1.188,15 €22.922,49 €
Inspector/a38,62 €/día—
Conductor/a Mecánico/a38,62 €/día—
Conductor/a Perceptor/a38,62 €/día—
Encargado/a de Almacén y Agen. de Transporte1.155,81 €22.383,27 €
Jefe/a de Equipo (Capataz de Agencia de Transporte)1.149,51 €22.225,65 €
Conductor/a37,78 €/día—
Conductor/a de Motor y Furgonetas (vehículos ligeros)37,03 €/día—
Mozo/a Especializado/a36,15 €/día—
Mozo/a Especializado/a-Carretillero/a36,15 €/día—
Cobrador/a36,15 €/día—
Mozo/a33,68 €/día—
Grupo IV: Personal de servicios auxiliares
Jefe/a Equipo de Taller38,62 €/día—
Encargado/a de Taller1.155,81 €22.383,27 €
Portero/a y Vigilante1.146,77 €22.184,55 €
Oficial 1.ª Taller y Oficios37,78 €/día—
Oficial 2.ª Taller y Oficios36,15 €/día—
Engrasador/a36,15 €/día—
Lavacoches33,68 €/día—
Guarda33,68 €/día—

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I: Personal superior y técnico

  • Jefe/a de Servicio
  • Ingeniero/a y Licenciado/a
  • Inspector/a Principal
  • Jefe/a Taller
  • Jefe/a de Administración
  • Jefe/a de Sección Administrativa
  • Ingeniero/a Técnico y Auxiliar titulado
  • Jefe/a de Tráfico 1.ª
  • Encargado/a General Agencia de Transportes
  • Jefe/a de Tráfico 2.ª
  • ATS
  • Jefe/a de Tráfico 3.ª

Grupo II: Personal administrativo

  • Oficial 1.ª Administrativo
  • Jefe/a Administración en ruta
  • Oficial de 2.ª Administrativo
  • Auxiliar Administrativo
  • Telefonista
  • Cobrador/a de facturas

Grupo III: Personal de movimiento

  • Encargado/a General de 1.ª de garajes
  • Inspector/a
  • Conductor/a Mecánico/a
  • Conductor/a Perceptor/a
  • Encargado/a de Almacén y Agen. de Transporte
  • Jefe/a de Equipo (Capataz de Agencia de Transporte)
  • Conductor/a
  • Conductor/a de Motor y Furgonetas (vehículos ligeros)
  • Mozo/a Especializado/a
  • Mozo/a Especializado/a-Carretillero/a
  • Cobrador/a
  • Mozo/a

Grupo IV: Personal de servicios auxiliares

  • Jefe/a Equipo de Taller
  • Encargado/a de Taller
  • Portero/a y Vigilante
  • Oficial 1.ª Taller y Oficios
  • Oficial 2.ª Taller y Oficios
  • Engrasador/a
  • Lavacoches
  • Guarda

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus convenio (categorías con salario diario)Por día efectivo de trabajo; si la semana se reparte en 5 días se cobra lo que correspondería a 6 (art. 24) · art. 15 y tabla 2026según categoría, de 14,89 a 16,60 € por día
Antigüedad: 5 % a los 5 años hasta 20 % a los 20Desde el día 1 del mes siguiente a cumplir 5, 10, 15 y 20 años · arts. 14 y 195 % del salario base por cada 5 años (máximo 4)
Plus de quebranto de monedaQuien además de sus funciones hace de cajero, taquillero o cobrador; no si los cobros están asegurados o no superan 600 € por envío sin responsabilidad del trabajador · art. 1610 % sobre el salario base
Plus de peligrosidadConductores que manipulan o transportan habitualmente mercancías explosivas o inflamables, por día trabajado · art. 1710 % sobre el salario base
Plus de nocturnidadPersonal NO móvil que trabaja habitualmente entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajo nocturno por naturaleza o compensado con descansos · art. 1815 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de distanciaSegún la legislación vigente · art. 20 y tabla 20260,51 €
Dieta completa: servicios nacionalesDesplazamiento por el servicio · art. 21 y tabla 202650,01 € por día
Dieta completa: servicios internacionalesDesplazamiento por el servicio · art. 21 y tabla 202678,18 € por día

Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET) (art. 25). (art. 25)

Subidas pactadas: 2025: (Si el IPC de diciembre de 2024 supera el 4 %, hasta +1 % adicional; no procedió (IPC 2024: 2,8 %)); 2025: 3,5 % (+3,5 % sobre todos los conceptos (dietas internacionales +0,5 %)); 2026: (Si el IPC de diciembre de 2025 supera el 3,5 %, hasta +0,5 % adicional; no procedió (IPC 2025: 2,9 %)); 2026: 3,5 % (+3,5 % sobre todos los conceptos (dietas internacionales +0,5 %)).

Revisión salarial: Si el IPC interanual de diciembre de 2024 supera el 4 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2025; si el de diciembre de 2025 supera el 3,5 %, incremento adicional máximo del 0,5 % con efectos de 1/1/2026. Ninguna de las dos se activó. (art. 13).

Permisos pagados.

2 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 27 (art. 37.3.a ET)15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 27 (art. 37.3.b ET)5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 27 (art. 37.3.b bis ET)2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 27 (art. 37.3.c ET)1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 27 (art. 37.3.d ET)—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Días de permiso retribuido no recuperableart. 272Mejora el Estatuto
Permiso retribuido previo a la baja voluntaria con 60-64 años y 10 de antigüedadart. 22—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Todos: 15 días

Novedades del convenio.

  • 30/3/2026 · Publicadas las tablas definitivas de 2026 (+3,5 %).
  • 23/4/2025 · Publicadas las tablas definitivas de 2025 (+3,5 %).

Fuente: BOP Albacete de 30 de septiembre de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente hasta el 31/12/2026; se prorroga por años si no se denuncia en el último mes y, denunciado, sigue vigente hasta otro (art. 5). Tablas definitivas de 2025 (BOP 23/4/2025) y 2026 (BOP 30/3/2026), +3,5 % cada año.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de Albacete?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de mercancías de Albacete en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 22.184,55 € brutos al año a jornada completa (Telefonista).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de Albacete?

30 días naturales al año.

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