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I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado.

VigenteDescargar el convenioCódigo 99100315012026

Convenio de los años 2026 a 2028 (del 31/7/2026 al 31/12/2028).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.770horas
Vacaciones31días

naturales · art. 23

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo profesional 6
Grupo 61.200,00 €18.000,00 €
Grupo profesional 5
Grupo 51.213,33 €18.200,00 €
Grupo profesional 4
Grupo 41.280,00 €19.200,00 €
Grupo profesional 3
Grupo 31.331,33 €19.970,00 €
Grupo profesional 2
Grupo 2 (nivel 2)1.382,67 €20.740,00 €
Grupo 2 (nivel 1)1.382,67 €20.740,00 €
Grupo profesional 1
Grupo 11.657,33 €24.860,00 €

Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Dirección y responsables de área

Funciones complejas con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad: planificar, organizar, dirigir y coordinar la empresa o áreas concretas.

  • Grupo 1Dirige, planifica y coordina la empresa o una o varias de sus áreas, con gran autonomía y responsabilidad; toma decisiones o participa en ellas.

Jefatura de tienda y managers

Trabajo autónomo con iniciativa; integra, coordina y supervisa tareas, y puede compartir el mando. Nivel 1: tienda de más de 6 personas; nivel 2: 6 o menos.

  • Grupo 2 (nivel 1)Store manager o jefe/a de tienda de una tienda con más de 6 personas de plantilla media el año anterior: trabaja con autonomía e integra, coordina y supervisa tareas.
  • Grupo 2 (nivel 2)Store manager o jefe/a de tienda con 6 o menos personas de plantilla media el año anterior, y managers de funciones centrales o de logística: trabajo autónomo que coordina y supervisa tareas.

Mandos intermedios y técnicos

Tareas con conocimientos profesionales adecuados, bajo instrucciones precisas y supervisión directa, o con responsabilidad limitada por ser la tienda pequeña.

  • Grupo 3Hace tareas que piden buenos conocimientos del oficio siguiendo instrucciones precisas y con supervisión directa (o sin ella si la tienda es pequeña).

Venta y administración con experiencia

Tareas con método preciso e instrucciones concretas, con cierta autonomía y experiencia; pueden requerir esfuerzo físico. Se accede automáticamente tras 15 meses en el grupo 5.

  • Grupo 4Vendedor/a, dependiente/a o administrativo/a con experiencia: trabaja con un método preciso e instrucciones concretas, con cierta autonomía. Se pasa aquí automáticamente tras 15 meses en el grupo 5.

Venta y administración de entrada

Tareas con método preciso e instrucciones concretas y total dependencia jerárquica; no exige formación específica. Primeros 15 meses en la empresa.

  • Grupo 5Vendedor/a, dependiente/a o administrativo/a en sus primeros 15 meses en la empresa: tareas con método e instrucciones concretas y total dependencia jerárquica.

Almacén y limpieza

Tareas de almacén y limpieza con método preciso, instrucciones concretas y total dependencia jerárquica.

  • Grupo 6Tareas de almacén y limpieza siguiendo un método e instrucciones concretas, con total dependencia jerárquica.

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza · art. 31.325 % sobre el salario base por hora
Complemento funcional (Grupo 2, nivel 1)Store managers o jefes/as de tienda de nivel 1 (tienda con más de 6 personas de plantilla media el año anterior). No consolidable · art. 31.41.450 € brutos anuales; se prorratea según la jornada contratada
Plus de domingosPor domingo trabajado en jornada completa; si la jornada es menor, la parte proporcional (5,62 €/hora). No lo cobra quien está contratado específicamente para trabajar domingos y festivos · art. 32 y disposición transitoria 3.ª45,00 € por día
Plus de festivosPor festivo trabajado en jornada completa; si la jornada es menor, la parte proporcional (8,75 €/hora). No lo cobra quien está contratado específicamente para trabajar domingos y festivos · art. 32 y disposición transitoria 3.ª70,00 € por día
Complemento ad personam (garantía de lo que se cobraba con el convenio anterior)Quien cobraba con su convenio de origen más salario fijo anual (incluido el plus de transporte y la antigüedad en curso) que con este · arts. 29.2 y 33Diferencia anual entre lo que se cobraba con el convenio de origen y lo que da este convenio, dividida en un complemento revalorizable (sube con el art. 29; en 2026, +4 % si no hubo subida ese año) y otro no revalorizable

Horas extra: se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria. Preferentemente se compensan con descanso (con el mismo recargo del 50 %) (art. 22). (art. 22)

Subidas pactadas: 2027: 3 % (Incremento del 3 % sobre el salario base anual de 2026); 2026: 4 % (Quien ya cobraba con su convenio de origen más que la tabla de 2026 y no tuvo subida en 2026: +4 % sobre su complemento ad personam revalorizable).

Revisión salarial: Si el IPC de 2027 o de 2028 supera el 3 %, en el primer trimestre de 2028 y de 2029 se suben las tablas, con efectos del 1 de enero, en la diferencia entre el 3 % y el IPC, con un tope del 1 %. (art. 29.1).

Permisos pagados.

4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o formalización de pareja de hechoart. 24.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho registrada o familiares de 1.er y 2.º gradoart. 24.b3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 24.h5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 24.f1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido votar): el tiempo indispensableart. 24.g—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asistencia médica propia o acompañamiento a consulta de familiar de 1.er grado: tiempo indispensable, hasta 20 horas al añoart. 24.c—Mejora el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto, trámites de adopción o acogimiento y donación de órganos: tiempo indispensableart. 24.d—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Trámites de cambio de registro civil, tarjeta sanitaria y atención sanitaria del personal transgénero: tiempo necesarioart. 24.e—Mejora el Estatuto
Imposibilidad de llegar al trabajo por restricciones de las autoridades, riesgo grave o catástrofeart. 24.i4Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiar o conviviente)art. 24.j4Igual o sin mínimo en el Estatuto
Día de libre disposiciónart. 251Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo profesional 1: 6 meses
  • Grupo profesional 2: 6 meses
  • Grupo profesional 3: 3 meses
  • Grupo profesional 4: 2 meses
  • Grupo profesional 5: 2 meses
  • Grupo profesional 6: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Grupo profesional 1: 60 días
  • Grupos profesionales 2 y 3: 45 días
  • Grupos profesionales 4, 5 y 6: 15 días

Novedades del convenio.

  • 30/7/2026 · Publicado en el BOE el I Convenio estatal de grandes cadenas comerciales de textil y calzado (2026-2028), firmado por ARTE, CC. OO. Servicios y FETICO.

Fuente: BOE de 30 de julio de 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Primer convenio estatal de grandes cadenas de moda y calzado (BOE 30/7/2026). En vigor desde el 31/7/2026 hasta el 31/12/2028; la tabla salarial tiene efectos desde el 1/1/2026 (art. 4). Si en la empresa regía otro convenio sectorial vigente, este se aplica cuando ese termine (art. 8).

Solo para grandes cadenas de moda y calzado: empresas de comercio textil y calzado con más de 400 personas en plantilla y que, además, tengan más de 3.500 m² de tiendas en España o tiendas abiertas en al menos tres comunidades autónomas (o que formen parte de un grupo que cumpla esos requisitos). No se aplica si la empresa ya tiene otro convenio sectorial estatal. Si tu empresa no cumple estos requisitos, mira el convenio provincial o autonómico de comercio textil de tu provincia o, si no lo hay, el de comercio en general.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de comercio textil?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 31/7/2026 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio textil en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 18.000,00 € brutos al año a jornada completa (Grupo 6).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio textil?

31 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo profesional 1: 6 meses. Grupo profesional 2: 6 meses. Grupo profesional 3: 3 meses. Grupo profesional 4: 2 meses. Grupo profesional 5: 2 meses. Grupo profesional 6: 1 mes.

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