Convenio colectivo provincial de almacenistas de hierros, tuberías, aceros y material no férreo de Sevilla (2022-2025).
Convenio de los años 2022 a 2025 (del 1/1/2022 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo 1 · Personal técnico titulado | ||
| Ingenieros/as y Licenciados/as | 2.054,26 € | 32.868,16 € |
| Grupo 2 · Personal técnico titulado | ||
| Ayudantes técnicos | 1.716,99 € | 27.471,84 € |
| Sin grupo en el anexo II · Personal técnico titulado | ||
| Practicantes | 1.345,52 € | 21.528,32 € |
| Grupo 2 · Personal mercantil | ||
| Jefe/as de personal, ventas y compras | 2.054,26 € | 32.868,16 € |
| Encargado/a general | 2.054,26 € | 32.868,16 € |
| Grupo 3 · Personal mercantil | ||
| Jefe/a de almacén y sucursal | 1.716,99 € | 27.471,84 € |
| Jefe/a de grupo | 1.516,61 € | 24.265,76 € |
| Jefe/a de sección | 1.395,28 € | 22.324,48 € |
| Encargado/a de establecimiento, vendedor, comprador, etc. | 1.360,80 € | 21.772,80 € |
| Grupo 5 · Personal mercantil | ||
| Viajante | 1.339,88 € | 21.438,08 € |
| Corredor/a de plazas | 1.280,65 € | 20.490,40 € |
| Dependiente/a | 1.291,12 € | 20.657,92 € |
| Grupo 6 · Personal mercantil | ||
| Ayudante | 1.054,13 € | 16.866,08 € |
| Grupo 2 · Personal administrativo | ||
| Jefe/a administrativo | 1.848,67 € | 29.578,72 € |
| Grupo 3 · Personal administrativo | ||
| Jefe/a de sección | 1.522,90 € | 24.366,40 € |
| Grupo 4 · Personal administrativo | ||
| Contable, cajero/a, taquimecanógrafo/a, e idiomas | 1.401,16 € | 22.418,56 € |
| Grupo 5 · Personal administrativo | ||
| Oficial administrativo | 1.325,91 € | 21.214,56 € |
| Grupo 8 · Personal administrativo | ||
| Auxiliar administrativo de entrada | 1.036,00 € | 16.576,00 € |
| Grupo 6 · Personal administrativo | ||
| Auxiliar administrativo | 1.221,37 € | 19.541,92 € |
| Grupo 8 · Personal administrativo | ||
| Auxiliar de caja de entrada | 1.036,00 € | 16.576,00 € |
| Grupo 6 · Personal administrativo | ||
| Auxiliar de caja | 1.141,33 € | 18.261,28 € |
| Grupo 5 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| De primera | 1.221,37 € | 19.541,92 € |
| De segunda | 1.151,70 € | 18.427,20 € |
| Grupo 6 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| Ayudante de oficio | 1.068,08 € | 17.089,28 € |
| Grupo 5 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| Capataz | 1.186,60 € | 18.985,60 € |
| Grupo 6 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| Mozo/a especializado | 1.151,70 € | 18.427,20 € |
| Grupo 7 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| Telefonista y Mozo/a | 1.047,17 € | 16.754,72 € |
| Conserje | 1.047,17 € | 16.754,72 € |
| Vigilante, sereno, ordenanza y portero/a | 1.047,17 € | 16.754,72 € |
| Grupo 5 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| Cobrador/a | 1.186,60 € | 18.985,60 € |
| Grupo 7 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos | ||
| Personal de limpieza | 1.036,00 € | 16.576,00 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo 1 · Personal técnico titulado
Grupo profesional 1: Ingeniero/a y licenciado/a.
- Ingenieros/as y Licenciados/asCon título de grado superior, ejerce en la empresa, con responsabilidad directa, las funciones propias de su titulación.
Grupo 2 · Personal administrativo
Grupo profesional 2: Titulados de grado medio, ayudantes técnicos, encargado general, jefes de división, personal, compras, ventas y administrativo.
- Jefe/a administrativoCon plenas facultades, controla y vigila todas las funciones administrativas de la empresa.
Grupo 2 · Personal mercantil
Grupo profesional 2: Titulados de grado medio, ayudantes técnicos, encargado general, jefes de división, personal, compras, ventas y administrativo.
- Jefe/as de personal, ventas y comprasJefe de compras: hace las compras generales de mercancía. Jefe de ventas: dirige y supervisa las ventas y fija los criterios para hacerlas.
- Encargado/a generalEstá al frente de un establecimiento del que dependen otros o sucursales en distintas localidades, o de varias sucursales en la misma localidad.
Grupo 2 · Personal técnico titulado
Grupo profesional 2: Titulados de grado medio, ayudantes técnicos, encargado general, jefes de división, personal, compras, ventas y administrativo.
- Ayudantes técnicosCon el título correspondiente, hace en la empresa las funciones que ese título le permite.
Grupo 3 · Personal administrativo
Grupo profesional 3: Jefes de almacén y sucursal, de grupo y de sección (también administrativa) y encargados de establecimiento, vendedores y compradores.
- Jefe/a de secciónEs responsable de una sección administrativa de la empresa, con autoridad directa sobre su personal.
Grupo 3 · Personal mercantil
Grupo profesional 3: Jefes de almacén y sucursal, de grupo y de sección (también administrativa) y encargados de establecimiento, vendedores y compradores.
- Jefe/a de almacén y sucursalJefe de sucursal: está al frente de una sucursal ejerciendo por delegación las funciones de la empresa.
- Jefe/a de grupoEstá al frente de varias secciones en los establecimientos organizados por secciones.
- Jefe/a de secciónEstá al frente de una sección con mando directo sobre su personal, se encarga de las ventas y del buen funcionamiento y orienta a la empresa sobre compras y surtido.
- Encargado/a de establecimiento, vendedor, comprador, etc.Encargado de establecimiento: está al frente de un establecimiento de no más de cinco empleados y se ocupa de su organización y buena marcha.
Grupo 4 · Personal administrativo
Grupo profesional 4: Contables, cajeros, taquimecanógrafos e idiomas.
- Contable, cajero/a, taquimecanógrafo/a, e idiomasContable: responsable de la contabilidad, con autoridad sobre oficiales y auxiliares. Cajero: responsable de la caja, con autoridad sobre los auxiliares de caja.
Grupo 5 · Personal administrativo
Grupo profesional 5: Viajantes, corredores de plaza, dependientes, oficiales administrativos, profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª, cobradores y capataces.
- Oficial administrativoCon los conocimientos técnicos precisos, hace trabajos con iniciativa propia: contratos mercantiles corrientes, correspondencia, estadísticas, informes o contabilidad.
Grupo 5 · Personal mercantil
Grupo profesional 5: Viajantes, corredores de plaza, dependientes, oficiales administrativos, profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª, cobradores y capataces.
- ViajanteAl servicio de una sola empresa, viaja según la ruta que esta marca para ofrecer artículos, tomar pedidos, informar a los clientes y seguir los encargos.
- Corredor/a de plazasHace lo mismo que el viajante pero dentro de la localidad del establecimiento.
- Dependiente/aHace las ventas con conocimiento práctico de los artículos para orientar al público; cuida el recuento y la reposición y exhibición de mercancía y sabe el cálculo mercantil básico.
Grupo 5 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos
Grupo profesional 5: Viajantes, corredores de plaza, dependientes, oficiales administrativos, profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª, cobradores y capataces.
- De primeraProfesional de oficio: hace los trabajos de un oficio especializado que suele requerir aprendizaje (mecánicos, conductores de camión o vehículos…).
- De segundaProfesional de oficio: hace los trabajos de un oficio especializado que suele requerir aprendizaje (mecánicos, conductores de camión o vehículos…).
- CapatazAl frente de los mozos y mozos especializados, dirige el trabajo y cuida la disciplina y el rendimiento.
- Cobrador/aHace los cobros y pagos fuera del establecimiento.
Grupo 6 · Personal administrativo
Grupo profesional 6: Ayudantes, auxiliares administrativos y de caja, ayudantes de oficio y mozos especializados.
- Auxiliar administrativoCon conocimientos administrativos generales, ayuda a oficiales y jefes: correspondencia de trámite, facturas, liquidaciones, mecanografía y ordenador.
- Auxiliar de cajaCobra las ventas al contado, revisa los talones de caja y redacta facturas y recibos.
Grupo 6 · Personal mercantil
Grupo profesional 6: Ayudantes, auxiliares administrativos y de caja, ayudantes de oficio y mozos especializados.
- AyudanteAuxilia al dependiente en sus funciones y puede hacer ventas por sí mismo.
Grupo 6 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos
Grupo profesional 6: Ayudantes, auxiliares administrativos y de caja, ayudantes de oficio y mozos especializados.
- Ayudante de oficio
- Mozo/a especializadoHace trabajos concretos que exigen cierta práctica sin ser un oficio: enfardar, embalar, pesar mercancía, cobrarla o no al transportarla.
Grupo 7 · Profesionales de oficio, actividades auxiliares y subalternos
Grupo profesional 7: Telefonistas y mozos, conserjes, vigilantes, serenos, ordenanzas, porteros y personal de limpieza.
- Telefonista y Mozo/aTelefonista: atiende la centralita y anota los avisos. Mozo: transporta mercancía dentro y fuera de las instalaciones, hace y reparte paquetes, hace trabajos de esfuerzo físico y limpieza del establecimiento.
- ConserjeDistribuye el trabajo de los ordenanzas y cuida el orden y la limpieza de las dependencias.
- Vigilante, sereno, ordenanza y portero/aVigilante: vigilancia diurna o nocturna. Ordenanza: recados, correspondencia y trabajos sencillos. Portero: vigila puertas y accesos.
- Personal de limpiezaSe encarga del aseo y limpieza de los locales y todas sus dependencias.
Grupo 8 · Personal administrativo
Grupo profesional 8: Auxiliares administrativos y de caja de entrada (primeros dos años como máximo).
- Auxiliar administrativo de entradaAuxiliar administrativo durante sus dos primeros años como máximo.
- Auxiliar de caja de entradaAuxiliar de caja durante sus dos primeros años como máximo.
Sin grupo en el anexo II · Personal técnico titulado
Categoría de la tabla salarial que el anexo II no asigna a ningún grupo.
- Practicantes
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (cuatrienios)Solo personal contratado como indefinido antes del 14/10/1996; para quien entró después, la antigüedad está suprimida · art. 6 y anexo I | según categoría, de 47,98 a 102,70 € |
| Ayuda por permanencia en la categoríaAuxiliares administrativos y mozos del grupo profesional 6 con cinco años en esa categoría y grupo · art. 13 | 50 % de la diferencia entre su salario de tabla y el de la categoría-grupo inmediata superior, cada mes y en las pagas extra |
| Plus compensatorio de formaciónSolo si la empresa no acredita que participa en planes de formación del sector (por FEDEME, CC OO, UGT o la comisión paritaria) · disposición adicional 6.ª | 50,00 € al mes en 12 pagas |
| Dietas (gastos justificados)Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo · art. 8 | Se pagan los gastos efectuados, con justificantes; el convenio no fija importe |
Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET).
Subidas pactadas: 2025: 3 % (3 % sobre los salarios de 2024; tablas aprobadas el 10/4/2025); 2026: (Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1/1/2026; no consta tabla publicada).
Revisión salarial: Al final de 2023, 2024 y 2025, si el IPC interanual de diciembre supera la subida del año (4 %, 3 % y 3 %), se aplica un incremento adicional máximo del 1 % con efectos de 1 de enero del año siguiente. (art. 5).
Permisos pagados.
Ninguno de los 7 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 12.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 12.b | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 12.c | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 12.d | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 12.e | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al partoart. 12.g | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 12.i | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Toda la plantilla: 15 días
Novedades del convenio.
- 28/4/2025 · Publicadas las tablas salariales 2025 de los almacenistas de hierros de Sevilla (+3 %).
Fuente: BOP Sevilla de 12 de febrero de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vencido el 31/12/2025; no consta denuncia, así que se prorroga de año en año (art. 2). Sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025.
Especialidad estrecha: solo para empresas de Sevilla dedicadas al comercio de almacenistas de hierros, tuberías, aceros y material no férreo (comercio al por mayor de metales). No es el convenio general del comercio del metal ni del comercio: el resto del comercio va al convenio de comercio en general de Sevilla y la industria del metal al siderometalúrgico. Vencido el 31/12/2025 y prorrogado: en 2026 rigen las tablas de 2025.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de almacenes de hierros de Sevilla?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de almacenes de hierros de Sevilla en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.576,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de almacenes de hierros de Sevilla?
30 días naturales al año.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.