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Convenio colectivo de Detallistas, Supermercados y Autoservicios de Alimentación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 30000265011981

Convenio de los años 2023 a 2025 (del 1/1/2023 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.802horas
Vacaciones30días

naturales · art. 10

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo III
Titulado/a Grado Superior—19.963,18 €
Titulado/a Grado Medio—18.984,71 €
Director/a—23.162,33 €
Encargado/a General—21.173,63 €
Jefe/a de Personal—19.963,18 €
Jefe/a de Compras o ventas—19.963,18 €
Jefe/a de Sucursal—19.963,18 €
Jefe/a de Almacén—18.984,71 €
Encargado/a Tienda—18.984,71 €
Jefe/a Sección—17.129,15 €
Grupo II
Viajante—17.703,16 €
Corredor de Plaza—17.431,97 €
Dependiente—17.129,15 €
Grupo I
Ayudante/a—16.599,48 €
Grupo II
Cajero/a—16.902,01 €
Grupo III
Jefe/a Administración—19.985,13 €
Grupo II
Contable—17.799,95 €
Oficial Administrativo—17.129,15 €
Auxiliar Administrativo—16.603,33 €
Profesional de Oficio 1ª—16.732,16 €
Profesional de Oficio 2ª—16.598,58 €
Grupo I
Mozo/a Especializado/a—16.584,32 €
Mozo/a—16.522,03 €
Personal de Limpieza—16.522,03 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

Ayudantes, mozos, mozos especializados, personal de limpieza y personal en formación (1.º a 3.er año).

  • Ayudante/aTras el aprendizaje, ayuda a los dependientes, puede vender por sí y mantiene orden y limpieza del puesto; si hace de forma permanente funciones de dependiente, cobra como tal.
  • Mozo/a Especializado/aTras dos años como mozo, además hace trabajos concretos que requieren cierta experiencia sin ser un oficio.
  • Mozo/aTransporta, carga y descarga mercancía dentro o fuera del establecimiento y hace o deshace paquetes.
  • Personal de LimpiezaSe ocupa del aseo y la limpieza de los locales y su equipamiento.

Grupo II

Dependientes, viajantes, corredores de plaza, personal administrativo y contable, profesionales de oficio y cajeros.

  • Viajante
  • Corredor de Plaza
  • DependienteVende con amplio conocimiento en secciones de carnicería, charcutería, pescadería, frutería…, orienta al cliente, empaqueta, cobra y colabora en el recuento y la limpieza.
  • Cajero/aCobra la mercancía, informa sobre opciones de compra, gestiona devoluciones, empaqueta y hace arqueos y control de ingresos.
  • Contable
  • Oficial Administrativo
  • Auxiliar Administrativo
  • Profesional de Oficio 1ªTrabajos de una profesión con plena autonomía; puede dirigir a dependientes y oficiales de 2.ª. Incluye a los conductores con carné C o superior.
  • Profesional de Oficio 2ªTrabajos que requieren conocimientos de un oficio. Incluye a los conductores con carné inferior al C.

Grupo III

Titulados, dirección, encargados y jefaturas (personal, compras o ventas, sucursal, almacén, sección, administración) y encargados de tienda.

  • Titulado/a Grado Superior
  • Titulado/a Grado Medio
  • Director/a
  • Encargado/a General
  • Jefe/a de Personal
  • Jefe/a de Compras o ventas
  • Jefe/a de Sucursal
  • Jefe/a de Almacén
  • Encargado/a TiendaResponsable de la tienda: dirige al personal, controla existencias, pedidos e inventario y administra los ingresos.
  • Jefe/a Sección
  • Jefe/a Administración

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad consolidada (congelada)Solo quien tenía reconocido el premio de antigüedad a 31/12/1995 · art. 15Importe congelado que se cobra como complemento personal; no se revaloriza ni es absorbible
Gratificación del Santo Patrón (San Miguel)Toda la plantilla, la víspera del 29 de septiembre · art. 1815 días de salario base, antigüedad y pluses de convenio
Kilometraje con vehículo propioDesplazamientos fuera del lugar habitual de trabajo con vehículo propio · art. 210,19 €
DietasDesplazamientos por trabajo · art. 21Gastos normales justificados
Prestación por hijos o familiares con discapacidadTener a cargo hijos o familiares con discapacidad igual o superior al 33 % · art. 2631,92 €
Ayuda para material escolarHijos de 4 a 16 años · art. 2627,66 €
Vacaciones complementarias por jubilación voluntariaJubilación voluntaria con 15 años de antigüedad, durante la vigencia del convenio, pidiéndolo en los 3 meses anteriores · art. 23Meses de vacaciones retribuidas (salario base y complementos): 7 a los 60 años, 6 a los 61, 5 a los 62 y 4 a los 63

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. O compensadas con descanso (art. 8). (art. 8)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (Incremento del 3 %).

Revisión salarial: No hay cláusula de revisión. En prórroga, las cuantías económicas deben negociarse obligatoriamente en la comisión paritaria (art. 4); la comisión negociadora se comprometió a empezar a negociar 2026 antes del 20/12/2025 (disp. adicional séptima). (art. 4 y disp. adicional séptima).

Permisos pagados.

6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 11.a16Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 11.c5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho inscrita o familiares hasta 2.º grado por consanguinidadart. 11.d3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de tíos o sobrinosart. 11.d1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 11.e1 (2 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propios, sin justificar (no acumulable a vacaciones)art. 11.j1Mejora el Estatuto
Consulta médica propia: el tiempo necesarioart. 11.b—Mejora el Estatuto
Consulta médica de hijos menores de 18 años: hasta 6 horas al añoart. 11.b—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal: el tiempo indispensableart. 11.f—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimiento: el tiempo indispensableart. 11.i—Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo III: 6 meses
  • Grupos I y II: 3 meses

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 13/11/2025 · REGCON inscribe la denuncia del convenio.

Fuente: BORM de 15 de diciembre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Firmado por SUPERMUR, FeSMC-UGT y Servicios-CCOO. Vencido el 31/12/2025 y denunciado (REGCON inscribe la denuncia el 13/11/2025); el art. 4 mantiene su vigencia mientras se negocia. Sin tablas 2026 publicadas a 15/10/2026: se aplican las de 2025.

Es el convenio de la especialidad de alimentación de la Región de Murcia (comercio menor de alimentación, supermercados y autoservicios). El resto del comercio va al convenio de comercio general de Murcia (comercio-murcia). Está en ultraactividad: las tablas de 2026 son las de 2025.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de alimentación de Murcia?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de Murcia en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.522,03 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de Murcia?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo III: 6 meses. Grupos I y II: 3 meses.

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