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Convenio colectivo de Comercio de Alimentación de A Coruña 2022-2025.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 15000295011982

Convenio de los años 2022 a 2025 (del 1/1/2022 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.792horas
Vacaciones31días

naturales · art. 16

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
I
Grupo I, nivel A1.487,12 €22.306,80 €
Grupo I, nivel B1.399,66 €20.994,90 €
Grupo I, nivel C1.370,91 €20.563,65 €
II
Grupo II, nivel A1.343,33 €20.149,95 €
Grupo II, nivel B1.276,49 €19.147,35 €
Grupo II, nivel C1.259,34 €18.890,10 €
III
Grupo III, nivel 41.257,51 €18.862,65 €
Grupo III, nivel 31.230,64 €18.459,60 €
Grupo III, nivel 21.184,16 €17.762,40 €
Grupo III, nivel 11.153,95 €17.309,25 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.

  • Grupo I, nivel ANivel A del grupo I. Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.
  • Grupo I, nivel BNivel B del grupo I. Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.
  • Grupo I, nivel CNivel C del grupo I. Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.

Grupo II

Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.

  • Grupo II, nivel ANivel A del grupo II. Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.
  • Grupo II, nivel BNivel B del grupo II. Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.
  • Grupo II, nivel CNivel C del grupo II. Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.

Grupo III

Trabajos de oficio con instrucciones concretas, desde tareas especializadas hasta tareas con método preciso y supervisión directa; pueden requerir esfuerzo físico y coordinar un equipo pequeño participando en el trabajo.

  • Grupo III, nivel 4Nivel más alto del grupo III: se llega tras 3 años en el nivel 3. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
  • Grupo III, nivel 3Nivel 3 del grupo III: se llega tras 3 años en el nivel 2; a los 3 años se pasa al nivel 4. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
  • Grupo III, nivel 2Nivel 2 del grupo III: se llega tras 3 años en el nivel 1; a los 3 años se pasa al nivel 3. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
  • Grupo III, nivel 1Nivel de entrada del grupo III, para quien no tiene más de 3 años de experiencia demostrable en el puesto. A los 3 años se pasa al nivel 2. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de transporteTodas las categorías, en 12 pagas · art. 12 y acta de 27/1/202588,44 € al mes en 12 pagas
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00, en proporción al tiempo trabajado en ese horario · art. 4020 % sobre el salario base
Plus de cámaras de congelaciónQuien pasa al menos el 25 % de su jornada en cámaras de congelación · art. 3325 % sobre el salario base
Antigüedad consolidadaSolo quien la tenga reconocida · arts. 9 y 11Complemento personal ya consolidado; el convenio no regula tramos nuevos
Ayuda escolarPor cada hijo/a que estudie entre los 3 y los 16 años, con 1 año de antigüedad; si ambos progenitores trabajan en la empresa, solo uno · art. 34 y acta de 27/1/202589,99 €
Dietas de desplazamientoDesplazamientos por trabajo · art. 25Media dieta 9,65 €; dieta completa 35,16 € (o gastos justificados, si se acuerda)

Horas extra: se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria (festivas +100 %). De común acuerdo, descanso con el mismo recargo (1 h 30 min por hora extra; 2 h en domingo o festivo) (art. 15). (art. 15)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (Diferencia entre el IPC real de 2024 y el 3 % (tope 1 %, sin atrasos) y, sobre el resultado, +3 %; el acta de 27/1/2025 aplica un 3 %); 2026: (En enero de 2026, si el IPC real de 2025 supera el 3 %, se sube la diferencia con un tope del 1 %, sin atrasos. No consta publicada.).

Revisión salarial: Cada enero, conocido el IPC real del año anterior, la comisión paritaria aprueba las tablas: si el IPC supera la subida pactada, se añade la diferencia con tope (2,5 % en 2023, 2 % en 2024, 1 % en 2025 y 2026), sin efectos retroactivos. También se aplica al plus de transporte y a la ayuda escolar. (art. 28).

Permisos pagados.

6 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 17.a16Mejora el Estatuto
Enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 17.b5 (5 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4)
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 17.b4 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 3.er gradoart. 17.b1Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 17.c2Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 17.d—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 17.h3Mejora el Estatuto
Consulta médica propia y acompañar a hijos menores de 16 o dependientesart. 17.i y k—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo I: 6 meses
  • Grupo II: 3 meses
  • Grupo III: 1 mes

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 13/2/2025 · Publicada la revisión salarial de 2025 (+3 %).
  • 31/1/2024 · Publicada la revisión salarial de 2024.
  • 26/4/2023 · Publicadas las tablas de 2023.
  • 31/10/2022 · Publicado el convenio de Comercio de Alimentación de A Coruña 2022-2025.

Fuente: BOP A Coruña de 31 de octubre de 2022 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vencido el 31/12/2025 y denunciado (REGCON, 17/9/2025); se prorroga de año en año mientras no se firme otro (art. 2). Sin tabla 2026 publicada a 14/10/2026: se aplica la de 2025.

Es el convenio de la especialidad de alimentación: almacenistas, ultramarinos, charcuterías, supermercados y autoservicios, cooperativas de consumo y economatos, caramelos y chocolates, torrefactores de café y demás comercio de alimentación, con tienda física o en línea, de la provincia de A Coruña. El comercio que no sea de alimentación va al convenio de comercio vario de A Coruña (comercio-a-coruna). Tiene prioridad en salarios sobre convenios de ámbito inferior (art. 1.d).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de alimentación de A Coruña?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de A Coruña en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.309,25 € brutos al año a jornada completa (Grupo III, nivel 1).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de A Coruña?

31 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 6 meses. Grupo II: 3 meses. Grupo III: 1 mes.

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