Tabla salarial 2025 · Provincial · Pontevedra

Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Pontevedra 2025.

Sueldo bruto de las 28 categorías del convenio de limpieza de edificios y locales de Pontevedra en 2025: de 19.647 € a 40.479 € al año.

FUENTEBOP Pontevedra · Tabla 2025 · actualizado el
Subida en 2025
+2,9 %

Tablas definitivas 2025: +2,9 % (IPC de 2025) por el art. 4 (acta de 8/6/2026, BOP 27/7/2026) (art. 4) Fuente

Hora extra9,30 €

El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 8 y tabla 2025) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el Fuente. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.

Montar mi bruto anual

Sueldo por categoría en 2025.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualHora extraCalcular
Grupo I · Personal directivo y técnico
Director/a2.431,24 €1640.478,68 €*9,30 €Neto de Director/a
Director/a Comercial2.224,88 €1637.176,92 €*9,30 €Neto de Director/a Comercial
Director/a Administrativo/a2.224,88 €1637.176,92 €*9,30 €Neto de Director/a Administrativo/a
Jefe/a de RR.HH2.224,88 €1637.176,92 €*9,30 €Neto de Jefe/a de RR.HH
Jefe/a de Compras2.224,88 €1637.176,92 €*9,30 €Neto de Jefe/a de Compras
Jefe/a de Servicios2.224,88 €1637.176,92 €*9,30 €Neto de Jefe/a de Servicios
Grupo I · Subgrupo II · Personal titulado
Titulado/a grado superior1.803,06 €1630.427,80 €*9,30 €Neto de Titulado/a grado superior
Titulado/a grado medio1.622,73 €1627.542,52 €*9,30 €Neto de Titulado/a grado medio
Titulado/a laboral o profesional1.408,13 €1624.108,92 €*9,30 €Neto de Titulado/a laboral o profesional
Grupo II · Personal administrativo
Jefe/a Administrativo/a de primera1.713,31 €1628.991,80 €*9,30 €Neto de Jefe/a Administrativo/a de primera
Jefe/a Administrativo/a de segunda1.614,60 €1627.412,44 €*9,30 €Neto de Jefe/a Administrativo/a de segunda
Cajero/a1.479,99 €1625.258,68 €*9,30 €Neto de Cajero/a
Oficial/a de primera1.408,14 €1624.109,08 €*9,30 €Neto de Oficial/a de primera
Oficial/a de segunda1.273,61 €1621.956,60 €*9,30 €Neto de Oficial/a de segunda
Auxiliar1.138,93 €1619.801,72 €*9,30 €Neto de Auxiliar
Telefonista1.129,47 €1619.650,36 €*9,30 €Neto de Telefonista
Grupo III · Mandos intermedios
Encargado/a general1.614,88 €1627.416,92 €*9,30 €Neto de Encargado/a general
Supervisor/a o encargado/a de zona1.480,00 €1625.258,84 €*9,30 €Neto de Supervisor/a o encargado/a de zona
Supervisor/a o encargado/a de sector1.372,95 €1623.546,04 €*9,30 €Neto de Supervisor/a o encargado/a de sector
Encargado/a de grupo o edificio1.212,60 €1620.980,44 €*9,30 €Neto de Encargado/a de grupo o edificio
Responsable de equipo1.171,47 €1620.322,36 €*9,30 €Neto de Responsable de equipo
Grupo IV · Personal subalterno
Ordenanza1.129,48 €1619.650,52 €*9,30 €Neto de Ordenanza
Almacenero/a1.129,48 €1619.650,52 €*9,30 €Neto de Almacenero/a
Listero/a1.129,48 €1619.650,52 €*9,30 €Neto de Listero/a
Grupo V · Personal obrero
Especialistas, Carretilleros/as, oficial/a oficios varios1.226,07 €1621.195,96 €*9,30 €Neto de Especialistas, Carretilleros/as, oficial/a oficios varios
Peón/a especializado/a y ayudante/a de oficios varios1.139,26 €1619.807,00 €*9,30 €Neto de Peón/a especializado/a y ayudante/a de oficios varios
Limpiador o limpiadora y peón/a de oficios varios1.129,26 €1619.647,00 €*9,30 €Neto de Limpiador o limpiadora y peón/a de oficios varios
Conductor/a-limpiador/a1.306,21 €1622.478,20 €*9,30 €Neto de Conductor/a-limpiador/a

* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

Notas de la tabla

Tablas definitivas 2025 (acta de la comisión negociadora de 8/6/2026, BOP Pontevedra 27/7/2026, anuncio 2026058218): +2,9 % (IPC 2025) sobre las de 2024, según el art. 4 del convenio en ultraactividad; se pagan como muy tarde el mes siguiente a la publicación. Salario base mensual literal. pagas = 16: doce mensualidades y cuatro pagas extra (julio, Navidad, marzo y octubre) de una mensualidad de salario base más antigüedad (art. 27; la de octubre, al 100 % desde 2022). 'anual' = salario base × 16 + plus convenio 131,57 € × 12 (calculado, el boletín no publica el anual).

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de nocturnidad

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno; también el personal de nueva contratación.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29

    El convenio no fija la franja horaria: se aplica la del art. 36 ET (22:00 a 6:00). El plus se incluye en la retribución de vacaciones (art. 7) y en el complemento de IT por accidente de trabajo (art. 30).

  • Complemento de toxicidad o peligro

    Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Labores tóxicas o peligrosas (art. 53.a de la antigua ordenanza). El de peligro, a quien preste servicio habitualmente sobre andamio o con los pies sobre escalera a más de 1,80 m.

    Cotiza y tributa como salario. art. 29

    El texto lo regula como un único complemento de labores tóxicas o peligrosas; no dice que ambos conceptos se acumulen.

  • Antigüedad consolidada

    Importe personal consolidado (trienios hasta 2008 más cuatrienios posteriores), no absorbible ni compensable, que sube cada año lo mismo que el salario base; se cobra también en las cuatro pagas extra

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad generada a 1/1/2018 (o un cuatrienio ya iniciado, que termina de completar). Desde esa fecha no se genera antigüedad nueva.

    Cotiza y tributa como salario. art. 26 y acuerdo de la Comisión Paritaria de 4/12/2019

    No se puede calcular con la tabla: depende del importe que cada persona tuviera consolidado. La Comisión Paritaria (BOP 2/1/2020) aclaró que se le aplican las mismas subidas anuales que al salario base.

  • Media dieta

    20,58 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a un lugar de trabajo fuera del municipio de residencia (sin ser traslado del art. 40 ET) que obliga a hacer una comida fuera.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y del Reglamento del IRPF; el exceso sí cotiza. art. 32 y tabla 2025

  • Dieta completa

    36,68 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del municipio de residencia que obliga a hacer dos comidas fuera.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y del Reglamento del IRPF; el exceso sí cotiza. art. 32 y tabla 2025

  • Dieta con pernocta

    61,41 € por cada día trabajado

    Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del municipio de residencia con dos comidas y noche fuera del domicilio.

    No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y del Reglamento del IRPF; el exceso sí cotiza. art. 32 y tabla 2025

  • Plus convenio

    131,57 € al mes, en 12 pagas

    Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas