Tabla salarial 2026 · Provincial · León
Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de León 2026.
Sueldo bruto de las 10 categorías del convenio de limpieza de edificios y locales de León en 2026: de 14.892 € a 19.435 € al año.
FUENTEBOP León · Tabla 2026 · actualizado elIncremento salarial del 3,5 % respecto de los salarios de 2025 (ya incluido en la tabla de 2026, anexo IV) (art. 13) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2026 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Grupo III | ||||||
| Encargado General | 1.295,68 € | 15 | 19.435,20 €* | +3,5 % | 12,32 € | Neto de Encargado General |
| Supervisor de zona | 1.213,18 € | 15 | 18.197,70 €* | +3,5 % | 11,54 € | Neto de Supervisor de zona |
| Encargado de Grupo o Edificio | 1.084,62 € | 15 | 16.269,30 €* SMI | +3,5 % | 10,31 € | Neto de Encargado de Grupo o Edificio |
| Grupo II | ||||||
| Oficial 1.ª administrativo | 1.130,47 € | 15 | 16.957,05 €* SMI | +3,5 % | 10,75 € | Neto de Oficial 1.ª administrativo |
| Oficial 2.ª administrativo | 1.084,62 € | 15 | 16.269,30 €* SMI | +3,5 % | 10,31 € | Neto de Oficial 2.ª administrativo |
| Auxiliar administrativo | 992,77 € | 15 | 14.891,55 €* SMI | +3,5 % | 9,44 € | Neto de Auxiliar administrativo |
| Grupo IV | ||||||
| Conductor Limpiador | 37,76 €/día | 15 | —1 | — | — | Neto de Conductor Limpiador |
| Oficial de oficio | 36,18 €/día | 15 | —2 | — | — | Neto de Oficial de oficio |
| Especialistas | 36,18 €/día | 15 | —3 | — | — | Neto de Especialistas |
| Personal no cualificado Limpiador/a | 33,16 €/día | 15 | —4 | — | — | Neto de Personal no cualificado Limpiador/a |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
1. Conductor Limpiador: Salario base DIARIO (columna «Salario día» de la tabla). El convenio no da regla para pasarlo a mes ni a año; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 16).
2. Oficial de oficio: Salario base DIARIO (columna «Salario día» de la tabla). El convenio no da regla para pasarlo a mes ni a año; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 16).
3. Especialistas: Salario base DIARIO (columna «Salario día» de la tabla). El convenio no da regla para pasarlo a mes ni a año; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 16).
4. Personal no cualificado Limpiador/a: Salario base DIARIO (columna «Salario día» de la tabla). El convenio no da regla para pasarlo a mes ni a año; las tres pagas extra son de 30 días de salario (art. 16).
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.735 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla
Tabla del texto del convenio 2023-2026, que ya fija los salarios de cada año (anexos I a IV). El Grupo I (personal directivo y técnicos titulados) no figura en la tabla. Al pie de cada tabla: «En todo caso se garantizará la percepción del SMI vigente en cada momento». 'anual' de las filas mensuales = salario mes × 15 (12 + 3 pagas de 30 días, art. 16), calculado, sin plus convenio ni antigüedad.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (trienios del 5 %)
un 5 % del salario base cada tres años (trienio)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se cobra desde el día 1 del mes en que se cumple el trienio.
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Plus convenio
49,00 € al mes, en 12 pagasPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Toda la plantilla, proporcional a la jornada; no compensable ni absorbible.
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Plus de calidad (cristaleros)
39,74 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal cristalero, cuando la empresa tenga esa cualificación.
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Plus de altura
Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Trabajos a partir de tres metros de altura, por hora o fracción trabajada.
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Plus de penosidad, toxicidad y peligrosidad
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos penosos, tóxicos o peligrosos.
-
Plus de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
-
Plus de domingos y festivos
27,59 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada domingo o festivo trabajado; no se cobra si el contrato es solo para esos días.
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Descanso semanal en festivo trabajado
100 % más del salario habitual del día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal sin turnos cuyo descanso semanal cae en festivo y lo trabaja por necesidades de la empresa.
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Plus de ayuda por hijos con discapacidad
43,90 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Hijos con discapacidad igual o superior al 33 % certificada; a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
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Premio de vinculación (25 años)
Una mensualidad con todos los conceptos salariales del convenio, una sola vezLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Al cumplir 25 años de servicio en la misma empresa.
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Dieta entera
32,36 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por cuenta de la empresa.
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Media dieta
12,16 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por cuenta de la empresa.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
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