Tabla salarial 2026 · Provincial · Alicante

Tablas salariales de hostelería de Alicante 2026.

Sueldo bruto de las 18 categorías del convenio de hostelería de Alicante en 2026: de 18.999 € a 25.425 € al año.

FUENTEBOP Alicante · Tabla 2026 · actualizado el
Subida en 2026
+2,0 %

2 % sobre las tablas a 31/12/2025; en 2026 no hay corrección por IPC (art. 39) Fuente

Hora extra12,99–17,47 €

El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 24 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BOP Alicante. Ver la tabla oficial

Monta tu bruto anual

Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2026 con estas tablas.

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Sueldo por categoría en 2026.

CategoríaBase / mesPagasBruto anualSubida vs 2025Hora extraCalcular
Establecimientos grupo A (hoteles 4-5*, restaurantes 3 tenedores, cafeterías especial/1.ª, salas de fiesta…)
Nivel 1 · grupo A1.727,77 €1525.424,60 €*+2,0 %17,47 €Neto de Nivel 1 · grupo A
Nivel 2 · grupo A1.616,63 €1523.868,64 €*+2,0 %16,39 €Neto de Nivel 2 · grupo A
Nivel 3 · grupo A1.500,23 €1522.239,04 €*+2,0 %15,26 €Neto de Nivel 3 · grupo A
Nivel 4 · grupo A1.461,45 €1521.696,12 €*+2,0 %14,85 €Neto de Nivel 4 · grupo A
Nivel 5 · grupo A1.350,68 €1520.145,34 €*+2,0 %13,79 €Neto de Nivel 5 · grupo A
Nivel 6 · grupo A1.270,29 €1519.019,88 €*+2,0 %13,01 €Neto de Nivel 6 · grupo A
Establecimientos grupo B (hoteles 3*, restaurantes 2 tenedores, discotecas, pubs, cafeterías 2.ª…)
Nivel 1 · grupo B1.644,83 €1524.263,44 €*+2,0 %16,66 €Neto de Nivel 1 · grupo B
Nivel 2 · grupo B1.532,98 €1522.697,54 €*+2,0 %15,60 €Neto de Nivel 2 · grupo B
Nivel 3 · grupo B1.460,94 €1521.688,98 €*+2,0 %14,85 €Neto de Nivel 3 · grupo B
Nivel 4 · grupo B1.388,30 €1520.672,02 €*+2,0 %14,16 €Neto de Nivel 4 · grupo B
Nivel 5 · grupo B1.308,03 €1519.548,24 €*+2,0 %13,37 €Neto de Nivel 5 · grupo B
Nivel 6 · grupo B1.269,73 €1519.012,04 €*+2,0 %13,01 €Neto de Nivel 6 · grupo B
Establecimientos grupo C (hoteles 1-2*, hostales, pensiones, restaurantes 1 tenedor, bares, catering y colectividades…)
Nivel 1 · grupo C1.499,70 €1522.231,62 €*+2,0 %15,24 €Neto de Nivel 1 · grupo C
Nivel 2 · grupo C1.428,16 €1521.230,06 €*+2,0 %14,56 €Neto de Nivel 2 · grupo C
Nivel 3 · grupo C1.397,16 €1520.796,06 €*+2,0 %14,24 €Neto de Nivel 3 · grupo C
Nivel 4 · grupo C1.314,25 €1519.635,32 €*+2,0 %13,44 €Neto de Nivel 4 · grupo C
Nivel 5 · grupo C1.277,42 €1519.119,70 €*+2,0 %13,07 €Neto de Nivel 5 · grupo C
Nivel 6 · grupo C1.268,81 €1518.999,16 €*+2,0 %12,99 €Neto de Nivel 6 · grupo C

* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.797 horas de jornada anual del convenio.

Pluses y complementos.

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de nocturnidad

    de 1,06 a 1,45 € por hora según categoría

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 en actividades con horario diurno y nocturno. No se cobra en vacaciones; es absorbible con lo que ya pague la empresa por nocturnidad..

    Cotiza y tributa como salario. art. 34 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Festivo trabajado pagado en dinero

    de 90,25 a 124 € por día trabajado según categoría

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cuando un festivo trabajado se compensa en dinero (opción d del art. 26). A falta de acuerdo, tú eliges la forma de compensar dos tercios de los festivos y la empresa el tercio restante. A los contratos temporales se les paga en dinero como regla general..

    Cotiza y tributa como salario. art. 26 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Plus de peligrosidad (empresas de catering)

    el 10 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Solo personal de empresas de catering..

    Cotiza y tributa como salario. art. 35

    El convenio no precisa en cuántas pagas se cobra.

  • Plus de responsabilidad (comedores escolares)

    61,09 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Personal de empresas que dan servicio a comedores escolares que, además de su trabajo, se encarga de tareas de gestión (mercancías, inventarios, pedidos). No lo cobran jefes/as o segundos/as de cocina ni jefes/as de partida..

    Cotiza y tributa como salario. art. 36 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

    Absorbible y compensable.

  • Plus de penosidad (centros sanitarios)

    el 5 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Solo personal de empresas que prestan servicios en centros sanitarios..

    Cotiza y tributa como salario. art. 37

    El convenio no precisa en cuántas pagas se cobra.

  • Manutención (valor en especie)

    24,07 € al mes, en 12 pagas

    Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: En establecimientos que sirven comidas y si usas el comedor. Es en especie: no se cobra en dinero ni se puede pedir compensación si no la usas..

    Cotiza y tributa como salario. art. 43 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

    Es el valor que se usa para cotizar por la comida en especie; suma a tu bruto pero no lo cobras en la nómina.

  • Compensación ropa de trabajo · personal con esmoquin o traje chaqueta

    27,05 € al mes, en 12 pagas

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme o la ropa que exige..

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 46 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Compensación ropa de trabajo · mostrador o sala sin chaqueta y cocina

    19,93 € al mes, en 12 pagas

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme o la ropa que exige..

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 46 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Compensación ropa de trabajo · resto de personal

    11,76 € al mes, en 12 pagas

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme o la ropa que exige..

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 46 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Compensación calzado · zapatos de cuero o similar

    6,26 € al mes, en 12 pagas

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa exige un modelo o color de zapato y no te lo entrega..

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 46 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Compensación calzado · zapatillas de tela o similar

    3,15 € al mes, en 12 pagas

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa exige un modelo o color de calzado y no te lo entrega..

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 46 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

  • Limpieza de ropa (derecho personal anterior a 1995)

    3,72 € al mes, en 12 pagas

    Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo quien ya lo cobraba por el convenio que terminó el 31/3/1995..

    Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el art. 147.2 LGSS solo excluye dietas, locomoción, indemnizaciones, prestaciones y mejoras; el quebranto de moneda, el desgaste de útiles o herramientas y la ropa de trabajo dejaron de estar exentos con el RDL 20/2012. art. 46

    Importe congelado: no se revisa.

  • Ayuda económica por matrimonio

    Pago único de 261,54 €

    Quién lo cobra: Al menos 2 años en la empresa y seguir trabajando después de casarte..

    Cotiza y tributa como salario. art. 48 y anexo III (tablas 2026, BOP Alicante n.º 29 de 12/02/2026)

    Pago único: no se suma cada año.

  • Complemento ad personam de antigüedad

    Importe personal congelado (no se revisa ni se absorbe); también se suma a las pagas de verano y Navidad

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya cobraba antigüedad antes del 1/4/1995..

    Cotiza y tributa como salario. disposición adicional primera

    Mira el importe en tu nómina.

Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

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