Tabla salarial 2025 · Estatal
Tablas salariales de estaciones de servicio 2025.
Sueldo bruto de las 13 categorías del convenio estatal de estaciones de servicio en 2025: de 17.216 € a 27.644 € al año.
FUENTEBOE · Tabla 2025 · actualizado el+3,4 % sobre las tablas de 2024, con efectos desde el 1/1/2025 (art. 34 y 43.a) Fuente
La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. Las realizadas en el descanso semanal programado o en festivos se compensan preferentemente con descanso, en los términos de la misma fórmula. (art. 31) Fuente
Elige tu categoría y marca lo que cobras (antigüedad, noches, festivos, pluses): te sumamos tu sueldo de 2025 con estas tablas.
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Pagas | Bruto anual | Hora extra | Calcular |
|---|---|---|---|---|---|
| Área Técnico-Administrativa – Grupo Técnico | |||||
| Titulado/a | 1.842,91 € | 15 | 27.643,65 €* | 19,72 € | Neto de Titulado/a |
| Técnico/a | 1.715,83 € | 15 | 25.737,45 €* | 18,36 € | Neto de Técnico/a |
| Área Técnico-Administrativa – Grupo Administrativo | |||||
| Jefe/a Administrativo/a | 1.392,31 € | 15 | 20.884,65 €* | 14,90 € | Neto de Jefe/a Administrativo/a |
| Oficial Administrativo/a 1.ª | 1.319,15 € | 15 | 19.787,25 €* | 14,12 € | Neto de Oficial Administrativo/a 1.ª |
| Oficial Administrativo/a 2.ª | 1.244,43 € | 15 | 18.666,45 €* | 13,32 € | Neto de Oficial Administrativo/a 2.ª |
| Auxiliar Administrativo/a | 1.205,36 € | 15 | 18.080,40 €* | 12,90 € | Neto de Auxiliar Administrativo/a |
| Aspirante a Administrativo/a | 1.147,74 € | 15 | 17.216,10 €* | 12,28 € | Neto de Aspirante a Administrativo/a |
| Área de Operaciones – Encargado/a General | |||||
| Encargado/a General | 1.522,37 € | 15 | 22.835,55 €* | 16,29 € | Neto de Encargado/a General |
| Área de Operaciones – Vendedor/a | |||||
| Encargado/a de Turno | 1.244,43 € | 15 | 18.666,45 €* | 13,32 € | Neto de Encargado/a de Turno |
| Expendedor/a-Vendedor/a, Engrasador/a, Mecánico/a especialista, personal de lavado, Conductor/a, montaje de neumáticos | 1.177,66 € | 15 | 17.664,90 €* | 12,60 € | Neto de Expendedor/a-Vendedor/a, Engrasador/a, Mecánico/a especialista, personal de lavado, Conductor/a, montaje de neumáticos |
| Área de Operaciones – Subalterno/a | |||||
| Ordenanza | 1.150,60 € | 15 | 17.259,00 €* | 12,31 € | Neto de Ordenanza |
| Guarda | 1.171,29 € | 15 | 17.569,35 €* | 12,54 € | Neto de Guarda |
| Personal de limpieza | 1.150,60 € | 15 | 17.259,00 €* | 12,31 € | Neto de Personal de limpieza |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla
Art. 34: +3,4 % sobre la tabla 2024, con efectos retroactivos desde 1/1/2025. pagas = 15: 12 mensualidades + 3 pagas extraordinarias (marzo, verano y Navidad) de un mes de salario base más antigüedad (art. 39). La tabla solo da salario base mensual: anual = salario base mes × 15 (cálculo propio, sin antigüedad ni pluses). Además de los salarios por función, la tabla trae importes generales que no van en filas: «Euros hora» 10,07 €; trabajo nocturno (30 % salario base día/hora expendedor) 1,53 €; turno de noche 24-25/12 y 31/12-1/1 82,60 € por día trabajado.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Complemento de antigüedad (cuatrienio y quinquenios)
18,03 €/mes por el cuatrienio y 42,07 €/mes por cada quinquenio cumplido (máximo 5)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa: un cuatrienio a los 4 años y cinco quinquenios a los 9, 14, 19, 24 y 29 años.
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Complemento de trabajo nocturno
1,53 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Turno de noche (si hay tres turnos, solo el de noche); con dos turnos, las horas entre las 22:00 y las 6:00 en proporción.
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Turno de noche de Nochebuena y Nochevieja
82,60 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Turno de noche del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero; parte proporcional si se trabajan menos horas.
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Plus festivo
Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en cualquiera de los 14 festivos del calendario laboral, o la parte proporcional a las horas trabajadas.
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Plus de distancia
0,12 € por kilómetro desde el domicilio al centro, por viaje de ida y vuelta y día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Centro de trabajo a más de 2 km del límite del núcleo de residencia, sin transporte de la empresa; un viaje de ida y vuelta por día trabajado (cuatro viajes en jornada partida).
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Quebranto de moneda
620 € al año, pagados en las 12 mensualidadesLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Expendedor/a-vendedor/a responsable del manejo de efectivo en la venta manual o en cabina.
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Plus por desplazamiento de vehículos
5 % del salario día de convenio por cada día efectivo de trabajo con esa tareaLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien, con autorización, orden de la empresa y permiso de conducir, mueve coches entre secciones de la estación (engrase, lavadero, aparcamiento…).
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Complemento por limpieza de servicios y jardinería
30,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Expendedor/a-vendedor/a que acepta voluntariamente limpiar los aseos y la jardinería.
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Compensación por peaje
Importe de los peajes, previa justificación; si obliga a recorrer más kilómetros, el exceso se paga como kilometrajeAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Estaciones en autopistas de peaje sin vía alternativa para llegar al puesto.
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Kilometraje el primer año de traslado
0,22 € por kilómetro del viaje de ida y vuelta desde el domicilio, por día trabajadoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Durante el primer año de un traslado definitivo o durante un traslado temporal, por día trabajado (no si el traslado lo pidió la persona o la acerca a casa).
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Media dieta por traslado a más de 30 km
16,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Primer año de traslado (o traslado temporal) cuando la distancia supera los 30 km, por día trabajado.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
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