II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera.
Convenio de los años 2012 a 2014 (del 1/4/2012 al 31/12/2014). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I: Personal Superior y Técnico
- Director de Área o Departamento
- Director o Delegado de Sucursal
- Jefe de Servicio
- Titulado de Grado Superior
- Titulado de Grado Medio
- Jefe de Sección
- Jefe de Negociado
- Jefe de Tráfico de Primera
- Jefe de Tráfico de Segunda
- Encargado General
- Inspector-Visitador de Empresas de Mudanzas
- Jefe de Taller
Grupo II: Personal administrativo
- Oficial de Primera
- Oficial de Segunda
- Auxiliar
- Telefonista
Grupo III: Personal de Movimiento
- Encargado de Almacén
- Jefe de Equipo
- Encargado de garaje, campas y otras dependencias
- Conductor mecánico
- Conductor
- Conductor-Repartidor de vehículos ligeros
- Capitonista
- Mozo especializado-carretillero
- Ayudante o Mozo Especializado
- Auxiliar de Almacén-Basculero
- Mozo
Grupo IV: Personal de Servicios Auxiliares
- Ordenanza
- Guarda
- Personal de Mantenimiento y Limpieza
- Jefe de Equipo de Taller
- Oficial de Primera de Oficios
- Oficial de Segunda de Oficios
- Mozo Especializado de Taller
- Peón
Permisos pagados.
Ninguno de los 3 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Descanso semanal en el domicilio que no se puede disfrutar (trabajadores móviles)art. 28.5.e | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Desplazamiento temporal de más de tres meses: estancia en el domicilio de origen cada tres mesesart. 40.2 | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Lactancia acumulada en jornadas completasart. 50 | 12 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto del personal del Grupo I: 3 meses
- Resto de trabajadores: 2 meses
Preaviso si te vas
- Contratos de más de un año: 15 días
- Contratos de duración inferior: 7 días
Novedades del convenio.
- 17/7/2026 · Publicada la modificación del II Acuerdo general para la igualdad LGTBI (arts. 11, 18, 23, 43, 44, 51 y 62) y el protocolo frente al acoso LGTBI; plan de igualdad exigido desde 50 trabajadores. No toca salarios ni jornada.
- 25/4/2013 · Publicado el acuerdo ante la Audiencia Nacional que aclara que la mensajería con títulos habilitantes de transporte u operador está dentro del Acuerdo (art. 3).
- 29/3/2012 · Publicado en el BOE el II Acuerdo general (CETM y CEOT; CC. OO. y UGT), que sustituye al de 1998.
Fuente: BOE de 29 de marzo de 2012. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Acuerdo marco estatal de 2012, sin sustituto: sigue aplicándose entero hasta que haya otro (art. 5). Modificado en el BOE de 17/07/2026 (igualdad LGTBI). No fija salarios: las tablas las fija el convenio provincial.
Es el acuerdo marco estatal del sector: no fija salarios. Tu sueldo, pluses, dietas, jornada y permisos los fija el convenio de transporte de mercancías de tu provincia (o comunidad); este Acuerdo solo se aplica en lo que ese convenio no regule o donde no haya convenio. Las tablas las fija el convenio provincial.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/4/2012 al 31/12/2014.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto del personal del Grupo I: 3 meses. Resto de trabajadores: 2 meses.
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