Convenio colectivo · Provincial · Jaén
Convenio del metal de Jaén 2026.
El convenio del metal de Jaén está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2025). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 14.838 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Jaén · 29/03/2023 · actualizado elConvenio colectivo para la industria siderometalúrgica de la provincia de Jaén 2023-2025
Vigencia hasta el 31/12/2025; REGCON registra la denuncia y el convenio mantiene todo su contenido hasta un nuevo acuerdo (art. 2). A 14/10/2026 no hay en el BOP de Jaén nuevo convenio ni tablas 2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET).
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Licenciado/Grado | 1.059,86 € | 14 | 14.838,04 € | Calcular neto |
| Diplomados | 1.059,86 € | 14 | 14.838,04 € | Calcular neto |
| Jefe de Primera | 1.003,25 € | 14 | 14.045,50 € | Calcular neto |
| Jefe de laboratorio | 997,60 € | 14 | 13.966,40 € | Calcular neto |
| Jefe de taller | 984,06 € | 14 | 13.776,84 € | Calcular neto |
| Delineante Proyectista | 969,16 € | 14 | 13.568,24 € | Calcular neto |
| Jefe de Segunda | 961,89 € | 14 | 13.466,46 € | Calcular neto |
| Jefe de Sección | 958,96 € | 14 | 13.425,44 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 30. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 12).
4 de los 17 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio de la persona trabajadora (también sucesivos) | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento de parientes de 1.er grado (consanguinidad o afinidad) | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento de parientes de 2.º grado (consanguinidad o afinidad) | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes de 1.er grado | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 14 |
| Accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes de 2.º grado | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 14 |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización de hijos, cónyuge o parientes de 1.er grado | 5 (2 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 1) | art. 14 |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes de 2.º grado de consanguinidad | 5 (2 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 1) | art. 14 |
| Nacimiento de hijo/a | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Familiar de 1.er grado derivado a boxes u hospital de día | 2 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Intervención menor de la propia persona trabajadora sin baja | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento o enfermedad grave con hospitalización de tíos carnales | 1 | Mejora el Estatuto | art. 14 |
| Fallecimiento de sobrinos | 3 horas si es en la localidad; 1 día en los demás casos | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Acompañar a un hijo/a al médico por prescripción o justificación médica | 4 horas; 1 día si es fuera de la localidad | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción, guarda o acogimiento | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 |
| Asuntos propios no recuperables | 20 horas en 2025 (16 en 2023, 18 en 2024), proporcionales al tiempo de alta; además, 8 días recuperables al año | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 13 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Complemento personal (antigua antigüedad, quinquenios) | según categoría, de 39,20 a 48,14 € | Solo quien entró antes del 1/1/2018: los ingresados antes del 1/1/2017 conservan los quinquenios ya cumplidos más 2 adicionales; los ingresados en 2017, un quinquenio | art. 39 y tablas |
| Plus convenio | 8,65 € por día | Todo el personal salvo aprendices | art. 43 y tabla de conceptos |
| Prima de asistencia | 7,16 € por día | Todo el personal (salvo contratos de formación de menores de 18 años), todos los días del año incluidas vacaciones, excepto domingos y festivos | art. 32 y tabla de conceptos |
| Plus de absentismo | 69,55 € al mes en 12 pagas | Cada mes sin ninguna ausencia total o parcial (no cuentan permisos del art. 14, accidente de trabajo, especialista, intervención quirúrgica, huelga y hasta 3 h al mes de médico de cabecera) | art. 31 y tabla de conceptos |
| Prima especial de absentismo (anual) | 110,00 € | No faltar más de 16 horas en el año por cualquier causa (salvo crédito sindical) | art. 31 bis y tabla de conceptos |
| Plus de transporte | 58,06 € al mes en 11 pagas | Todo el personal, todos los meses salvo el de vacaciones | art. 36 y tabla de conceptos |
| Plus de distancia | 0,30 € | Centro de trabajo a más de 2 km del casco urbano de la localidad; no se cobra si la empresa pone transporte | art. 33 y tabla de conceptos |
| Plus de carencia de incentivos | según categoría, de 0,66 a 0,77 € por hora | Empresas sin sistema de incentivos, primas o complementos; por hora efectiva de trabajo | art. 42 y tablas |
| Plus de nocturnidad | 20 % sobre el salario base | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00; si se superan 4 horas nocturnas, por toda la jornada | art. 38 |
| Plus de turnicidad | 1,90 € por día | Cada día en que se participa en la rotación de turnos | art. 41 y tabla de conceptos |
| Prima de cuarto turno | 12,08 € por día | Empresas con cuarto turno (todos los días de la semana), por día efectivo | art. 41 y tabla de conceptos |
| Plus de hospitales | 4,31 € por día | Quien hace toda su jornada anual en un hospital o centro de salud, por día trabajado en él | art. 44 (redacción del acta de 12/5/2023) |
| Plus compensatorio para el desarrollo de políticas sociales | 20,00 € al mes en 12 pagas | Solo en empresas no adheridas a la FDM ni a UGT/CC. OO. que no acrediten un plan anual propio de información y formación en políticas sociales | art. 59 y tabla de conceptos |
| Plus de escolaridad | 84,08 € | Por cada hijo de 3 a 18 años, acreditado antes del 31 de diciembre | art. 35 y tabla de conceptos |
| Premio de nupcialidad | 349,02 € | Matrimonio o inscripción como pareja de hecho con al menos un año en la empresa | art. 37 y tabla de conceptos |
| Premio de natalidad | 149,83 € | Por cada hijo nacido (si ambos progenitores trabajan en la empresa, se reparte) | art. 37 y tabla de conceptos |
| Compensación de horas de asuntos propios no disfrutadas | 10,13 € | Si se renuncia a las 20 horas anuales de asuntos propios no recuperables (2025) | art. 13 y tabla de conceptos |
| Media dieta (desayuno y una comida) | 17,41 € por día | Desplazamiento con desayuno y una comida fuera | art. 40 y tabla de conceptos |
| Dieta (desayuno, comida y cena) | 31,30 € por día | Las tres comidas fuera, sin pernoctar | art. 40 y tabla de conceptos |
| Dieta completa (con pernocta) | 43,49 € por día | Todas las comidas fuera y pernocta fuera de casa | art. 40 y tabla de conceptos |
Horas extra: se pagan con un recargo del 40 % sobre la hora ordinaria (festivas +60 %). Se recomienda descanso: 84 minutos por hora extra de lunes a viernes, 90 en sábado y 96 en domingo o festivo, retribuido con todos los conceptos (art. 11).
Subidas pactadas: 2025: 2 % (Incremento del 2 % en todos los conceptos salariales salvo arts. 31 bis y 59); 2026: (Si la suma del IPC nacional de 2024 y 2025 supera el 5 %, las tablas de 2026 suben el 50 % del exceso (salvo arts. 31 bis y 59), sin atrasos. A 14/10/2026 no consta en el BOP ninguna tabla 2026 con esa subida.).
Cláusula de revisión: Si la suma del IPC nacional de 2024 y 2025 sobrepasa el 5 % (un punto más que la suma de las subidas de esos dos años), se sube el 50 % del exceso en las tablas de 2026, salvo los conceptos de los arts. 31 bis y 59, sin generar atrasos. (art. 29).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
30 categorías o puestos en 13 grupos profesionales.
Grupo I · Técnicos 1 categoría
- Licenciado/Grado
Grupo II · Técnicos 1 categoría
- Diplomados
Grupo III · Técnicos 3 categorías
- Delineante Proyectista
- Jefe de laboratorio
- Jefe de Sección
Grupo III · Empleados 2 categorías
- Jefe de Primera
- Jefe de Segunda
Grupo III · Operarios 4 categorías
- Jefe de taller
- Maestro industrial
- Maestro de taller
- Maestro de taller de 2a
Grupo IV · Empleados 1 categoría
- Delineante de 1a
Grupo IV · Operarios 1 categoría
- Encargado
Grupo V · Empleados 5 categorías
- Oficial de 1a Viajante
- Oficial de 2a · Empleados
- Delineante de 2a
- Analista de 1ª
- Analista de 2ª
Grupo V · Operarios 3 categorías
- Oficial de 1a
- Oficial de 2a · Operarios
- Chófer de reparto
Grupo VI · Empleados 3 categorías
- Auxiliar de laboratorio
- Auxiliar administrativo
- Almacenero
Grupo VI · Operarios 2 categorías
- Oficial de 3a
- Especialista
Grupo VII · Operarios 2 categorías
- Vigilante/Ordenanza/Portero
- Peón
Grupo VIII · Empleados y operarios 2 categorías
- Contrato de formación en alternancia · 1.er año
- Contrato de formación en alternancia · 2.º año
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Jaén?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025. Vigencia hasta el 31/12/2025; REGCON registra la denuncia y el convenio mantiene todo su contenido hasta un nuevo acuerdo (art. 2). A 14/10/2026 no hay en el BOP de Jaén nuevo convenio ni tablas 2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio del metal de Jaén en 2026?
No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 12.087,60 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Jaén?
30 días naturales al año, según el art. 12.
Fuente: BOP Jaén de 29 de marzo de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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