Convenio colectivo · Provincial · Guadalajara
Convenio del metal de Guadalajara 2026.
El convenio del metal de Guadalajara está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario de tabla va de 17.598 € a 36.098 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 22 días laborables.
FUENTEBOP Guadalajara · 12/02/2025 · actualizado elConvenio Colectivo Provincial de Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Guadalajara (2024-2026)
Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026 (art. 4). Al terminar, mientras no se sustituya, sigue vigente su contenido normativo; las partes se comprometen a negociar el nuevo dos meses antes del fin. Las tablas de 2024, 2025 y 2026 vienen en el propio texto.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Analista de sistemas (Tit. Superior) | 1.072,61 € | 14 | 36.097,78 € | Calcular neto |
| Arquitectos | 1.072,61 € | 14 | 36.097,78 € | Calcular neto |
| Directores de Áreas y Servicios | 1.072,61 € | 14 | 36.097,78 € | Calcular neto |
| Ingenieros | 1.072,61 € | 14 | 36.097,78 € | Calcular neto |
| Licenciados | 1.072,61 € | 14 | 36.097,78 € | Calcular neto |
| Titulados Superiores de entrada | 1.056,21 € | 14 | 34.415,49 € | Calcular neto |
| Arquitectos Técnicos (Aparejadores) | 1.056,21 € | 14 | 34.415,49 € | Calcular neto |
| Ingenieros Técnicos (Peritos) | 1.056,21 € | 14 | 34.415,49 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 59. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 59 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Anexo II del convenio, tablas de 2026 (+3 % sobre 2025, art. 27). Columnas: salario base, plus de cantidad o calidad, retribución mensual, retribución anual sin carencia, retribución anual con carencia y precio de la hora extra. Operarios de oficio, siderúrgicos, especialistas y peones cobran por día (salario × 425 días en el anual). El anual guardado es la columna «sin carencia», que incluye salario base, plus de cantidad o calidad y plus de transporte en 14 pagas. Personal de limpieza: 5,86 €/hora de salario base + 3,66 € de plus = 9,41 €/hora (no se carga como fila). Aprendices y contratos formativos: sin importe en la tabla.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 22 días laborables al año (art. 21).
4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 22.a |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que necesite cuidado | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 22.b |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 22.c |
| Matrimonio de hijos, hermanos o hermanos políticos (2 días si hay que desplazarse más de 150 km) | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 22.d |
| Traslado del domicilio habitual (dentro del mes anterior o posterior) | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 22.e |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 22.f |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimiento (tiempo indispensable) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 22.h |
| Consulta de médico de cabecera y de especialistas de la Seguridad Social (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 22.i |
| Acompañamiento de hijos menores o familiares directos dependientes al médico: 20 horas al año | — | Mejora el Estatuto | art. 22.k |
| Ausencia por fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año) | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 22.l |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (trienio y quinquenios), régimen general | Con más de 3 años de servicio ininterrumpido, un trienio del 3 % del salario base (primera columna de la tabla); con más de 5 años, quinquenios del 5 % del salario base; máximo el equivalente a 2 quinquenios | Personas que a la publicación del convenio no cobraban ni habían generado antigüedad | art. 32 |
| Antigüedad (bienio, trienio y quinquenios), quienes ya la generaban | Con más de 2 años, un bienio del 2 %; con más de 3 años, un trienio del 3 %; con más de 5 años, quinquenios del 5 % del salario base (primera columna); máximo el equivalente a 3 quinquenios | Personas que a la publicación del convenio ya cobraban o habían generado antigüedad | art. 32 |
| Complemento por carencia de incentivo | 1,65 € por día | Personal obrero (excepto aprendices o pinches) que no trabaja con sistema de incentivos; por día efectivamente trabajado | art. 41 y anexo II |
| Complemento de nocturnidad | 30 % sobre el salario base por hora | Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser un trabajo nocturno por naturaleza | art. 35 |
| Complemento por trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos | 20 % sobre el salario base | Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos no incluidos en la valoración del puesto | art. 36 |
| Complemento de jefe de equipo | 20 % sobre el salario base | Personas que desempeñan el cargo de jefe de equipo | art. 40 |
| Complemento de eventualidad | 20 % sobre el salario base | Personal eventual, salvo que su contrato tenga una indemnización por fin de contrato mayor o que pase a indefinido | art. 39 |
| Compensación por domingo trabajado | 12,14 € por día | Personas de empresas exceptuadas del descanso dominical, por domingo trabajado | arts. 37 y 38 y anexo II |
| Compensación por festivo trabajado | 12,51 € por día | Personas de empresas exceptuadas del descanso en festivos, por festivo trabajado | arts. 37 y 38 y anexo II |
| Media dieta | La tabla fija dos importes de media dieta: 13,16 € y 18,80 € | Desplazamiento por orden de la empresa en el que solo se come fuera al mediodía | art. 44 y anexo II |
| Dieta completa | La tabla fija dos importes de dieta completa: 36,36 € y 43,00 € | Desplazamiento por orden de la empresa a otra población | art. 44 y anexo II |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 15,42 a 31,24 € la hora. Se compensa preferentemente con descanso: cada hora extra equivale a 1 hora y 24 minutos de descanso (hora + 40 %), en lo posible en jornadas completas (arts. 25 y 42 y anexo II).
Subidas pactadas: 2025: 4 % (Incremento del 4 % en todos los conceptos económicos salariales y no salariales de 2024 (tabla del anexo II)); 2026: 3 % (Incremento del 3 % en todos los conceptos económicos salariales y no salariales de 2025 (tabla del anexo II)); 2026: (Si el IPC acumulado del 1/1/2024 al 31/12/2026 supera el 11 %, se actualizan las tablas vigentes a 31/12/2026 por la diferencia, con un máximo del 1 %; el resultado es la tabla definitiva de 2026 y no genera atrasos).
Cláusula de revisión: Si el IPC general del periodo 1/1/2024-31/12/2026 supera el 11 %, las tablas vigentes a 31/12/2026 se incrementan en la diferencia entre ese IPC y el 11 %, con un máximo del 1 %. El resultado es la tabla definitiva de 2026 y no genera atrasos. (art. 27).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
59 categorías o puestos en 13 grupos profesionales.
Grupo 1 · Técnicos 5 categorías
- Analista de sistemas (Tit. Superior)
- Arquitectos
- Directores de Áreas y Servicios
- Ingenieros
- Licenciados
Grupo 2 · Técnicos 6 categorías
- Titulados Superiores de entrada
- A.T.S.
- Arquitectos Técnicos (Aparejadores)
- Ayudantes de Ingeniería y Arquitectura
- Graduados Sociales
- Ingenieros Técnicos (Peritos)
Grupo 3 · Técnicos 4 categorías
- Analista programador
- Delineante proyectista
- Dibujante proyectista
- Jefes de Áreas y Servicios · Técnicos
Grupo 3 · Empleados 1 categoría
- Jefes de Áreas y Servicios · Empleados
Grupo 3 · Operarios 3 categorías
- Contramaestre
- Jefes de taller (Form. Cualificada)
- Maestro Industrial
Grupo 4 · Empleados 5 categorías
- Delineante de 1ª
- Técnicos Administrativos
- Técnicos de Laboratorio
- Técnicos de Organización de 1ª
- Técnicos de Organización de 2ª
Grupo 4 · Operarios 2 categorías
- Encargados
- Profesional de Oficio Especial (gran empr)
Grupo 5 · Empleados 8 categorías
- Cajero
- Delineante de 2ª
- Oficiales Administrativos de 1ª
- Oficiales Administrativos de 2ª
- Viajante
- Vendedor
- Analista de 1ª
- Analista de 2ª
Grupo 5 · Operarios 7 categorías
- Chófer de Camión
- Jefe o Encargado (Pequeño Taller)
- Jefes de grupo y Capataces
- Profesional de Oficio de 1ª
- Profesional de Oficio de 2ª
- Profesional Siderúrgico de 1ª
- Profesional Siderúrgico de 2ª
Grupo 6 · Empleados 10 categorías
- Almacenero
- Auxiliares en general
- Camarero
- Cocinero
- Conserje
- Dependiente
- Listero
- Operador de Ordenador
- Pesador-Basculero
- Telefonista
Grupo 6 · Operarios 5 categorías
- Chófer de Turismo
- Conductor de Máquina
- Especialista
- Profesional de Oficio de 3ª
- Profesional Siderúrgico de 3ª
Grupo 7 · Empleados 2 categorías
- Ordenanza
- Portero
Grupo 7 · Operarios 1 categoría
- Peón
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Grupos profesionales 1 y 2: 2 meses
- Grupos profesionales 3 y 4: 1 mes
- Grupos profesionales 5, 6 y 7: 15 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado en el BOP de Guadalajara el convenio siderometalúrgico 2024-2026, con las tablas de 2024, 2025 y 2026. · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Guadalajara?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026. Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026 (art. 4). Al terminar, mientras no se sustituya, sigue vigente su contenido normativo; las partes se comprometen a negociar el nuevo dos meses antes del fin. Las tablas de 2024, 2025 y 2026 vienen en el propio texto.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio del metal de Guadalajara en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.598,08 € brutos al año a jornada completa (Pesador-Basculero).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Guadalajara?
22 días laborables al año, según el art. 21.
Fuente: BOP Guadalajara de 12 de febrero de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.
Siguiente paso