Convenio colectivo · Provincial · Granada

Convenio de hostelería de Granada 2026.

En ultraactividadBOP Granada 5/6/2023

El convenio de hostelería de Granada está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2025). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario de tabla va de 18.878 € a 26.223 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 33 días naturales.

FUENTEBOP Granada · 05/06/2023 · actualizado el

Convenio colectivo provincial para las industrias de hostelería de Granada y provincia 2020-2025

CÓDIGO 18000405011982

Vencido el 31/12/2025 y denunciado el 7/10/2025 (REGCON). Sin convenio nuevo ni tablas 2026 en el BOP de Granada a 14/10/2026: sigue en vigor hasta que se publique el nuevo (art. 4.2) y se aplican las tablas de 2025. REGCON lo marca «texto derogado por otro posterior», pero en el boletín no consta ningún texto posterior.

Comprueba que es tu convenio

Convenio único de hostelería en Granada: hoteles y demás alojamientos, restaurantes, bares, cafeterías, catering, ocio nocturno y reparto de comida a domicilio. Las camareras/os de pisos cobran según este convenio aunque trabajen para otra empresa (art. 1). Tu salario depende del nivel y de la categoría del establecimiento (A, B, C o D).

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Prorrogada del año anteriorFUENTE Tabla · BOP Granada
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel I · establecimientos de categoría A1.873,05 €1426.222,70 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos de categoría B1.724,42 €1424.141,88 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos de categoría C1.724,40 €1424.141,60 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos de categoría A1.723,69 €1424.131,66 €Calcular neto
Nivel III · establecimientos de categoría A1.697,06 €1423.758,84 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos de categoría B1.681,57 €1423.541,98 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos de categoría D1.675,52 €1423.457,28 €Calcular neto
Nivel IV · establecimientos de categoría A1.675,51 €1423.457,14 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 28. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 28 categorías de la tabla 2026

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 33 días naturales al año (art. 16).

6 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.1
Nacimiento, adopción o acogimiento5Mejora el Estatutoart. 19.2
Boda o registro de pareja de hecho de familiares hasta 2.º grado1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.3
Fallecimiento de familiar hasta 2.º grado3 (6 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.6
Fallecimiento de familiar de 3.er o 4.º grado1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.6
Enfermedad grave, accidente u hospitalización de parientes hasta 2.º grado5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 19.8 y art. 37.3.b ET
Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º grado o conviviente5Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.b ET
Traslado de domicilio habitual2Mejora el Estatutoart. 19.7
Primera comunión o bautizo de hijos/as o nietos/as1Mejora el Estatutoart. 19.5
Exámenesel tiempo razonable para hacerlos, justificando la asistenciaIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.4
Deber inexcusable de carácter público y personalel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.d ET

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Antigüedad (sobre el SMI)3 % del SMI a los 3 años de antigüedad y 8 % del SMI a los 6 años (tope máximo: 8 % del SMI vigente en cada momento). Entra también en las pagas de junio y diciembre.Toda la plantillaart. 29 y art. 31
Plus de antigüedad complementaria en hospedajeImporte anual según años de servicio en la empresa: tramo A (de 1 a 7 años) 96,24 €; tramo B (de 8 a 16 años) 208,75 €; tramo C (desde 17 años) 274,98 €. Se paga una vez al año, en la nómina del mes en que se cumple la antigüedad.Solo personal de establecimientos de hospedaje; se suma a la antigüedad generalart. 30 y anexo IV
Plus de nocturnidad15 % sobre la hora ordinaria por horaHoteles: horas entre las 23:00 y las 6:00 (en hoteles de costa, del 1/6 al 30/9, solo entre las 0:00 y las 6:00). Resto de establecimientos: horas entre las 0:00 y las 6:00.art. 38
Festivos trabajados abonados en dinero175 % sobre el salario baseSolo si, de mutuo acuerdo, el festivo trabajado se paga en lugar de compensarse con descansoart. 17
Plus de transporte18,41 € al mesSolo en empresas situadas fuera del extrarradio urbano (perímetro del taxi)art. 36 y anexo IV
Manutención obligatoria27,57 € al mesEmpresas con servicio de comedor y cocina, obligadas a dar comida a la plantillaart. 37 y anexo IV
Manutención no obligatoria14,40 € al mesEmpresas sin servicio de comedor ni cocina, que no están obligadas a dar comida: la abonan cada mesart. 37 y anexo IV
Plus cultural364,95 € al mes en 1 pagasToda la plantilla; se paga una vez al año, con la nómina de septiembreart. 32 y anexo IV
Plus de herramientas de trabajo34,95 € al mes en 6 pagasPersonal de cocina cuando la empresa no le proporciona las herramientas de trabajoart. 33 y anexo IV
Plus de altura9,22 €Toda la plantilla de empresas situadas a partir de 1.500 metros de altitudart. 35 y anexo IV
Premio por matrimonio o pareja de hecho registrada165,98 €Pago único al casarse o registrar la pareja de hechoart. 40 y anexo IV
Premio por nacimiento, adopción o acogimiento165,98 €Pago único por cada nacimiento, adopción o acogimientoart. 41 y anexo IV

Horas extra: se pagan con un recargo del 100 % sobre la hora ordinaria (art. 18).

Subidas pactadas: 2025: 2,9 % (2,90 % sobre todos los conceptos económicos de las tablas de 2024 (anexo IV); además, la camarera/o de pisos sube el 50 % de la diferencia entre el Nivel V y el Nivel IV (Nivel IV BIS)); 2026: (Sin subida general pactada para 2026. Desde el 1/1/2026 la camarera/o de pisos cobra el salario del Nivel IV (resto del 50 % de la diferencia)).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

7 categorías o puestos en 7 grupos profesionales.

Nivel I 1 categoría
  • Nivel I: jefe/a de recepción, jefe/a de cocina, jefe/a de comedor, contable general, 1.º conserje, gobernanta/e general, jefe/a de servicios técnicos
Nivel II 1 categoría
  • Nivel II: 2.º jefe/a de recepción, 2.º conserje, jefe/a de bar, 2.º jefe/a de cocina, 2.º jefe/a de comedor, repostero/a, 1.º y 2.º encargado/a de mostrador, interventor/a, cajero/a general, jefe/a de economato, conserje de noche
Nivel III 1 categoría
  • Nivel III: jefe/a de partida, jefe/a de sector, 2.º jefe/a de bar, barman, subgobernanta/e, montadiscos, bodeguero/a
Nivel IV 1 categoría
  • Nivel IV: contable, oficial de contabilidad, cocinero/a, cafetero/a, oficial de repostería, camarero/a, sumiller, recepcionista, dependiente/a
Nivel V 1 categoría
  • Nivel V: cajero/a, ayudante de sector, planchista, telefonista, encargado/a de lencería, conductor/a, encargado/a de sala de billar, riders o repartidor/a de comida y bebidas
Nivel VI 1 categoría
  • Nivel VI: portero/a de noche, guardarropa, fregador/a, vigilante de noche, portero/a de servicio, mozo/a de equipajes, ordenanza de salón, lavandero/a, planchador/a, limpiador/a, personal de platería, trabajador/a mayor de 18 años, marmitón
Nivel IV BIS (2025) / Nivel IV (desde 2026) 1 categoría
  • Camarero/a de pisos

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1800 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Granada?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2025. Vencido el 31/12/2025 y denunciado el 7/10/2025 (REGCON). Sin convenio nuevo ni tablas 2026 en el BOP de Granada a 14/10/2026: sigue en vigor hasta que se publique el nuevo (art. 4.2) y se aplican las tablas de 2025. REGCON lo marca «texto derogado por otro posterior», pero en el boletín no consta ningún texto posterior.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Granada en 2026?

No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. El importe más bajo de la tabla es 18.878,44 € brutos al año a jornada completa (Nivel VI · establecimientos de categoría C).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Granada?

33 días naturales al año, según el art. 16.

Fuente: BOP Granada de 5 de junio de 2023. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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