Saltar al contenido

Convenio Colectivo Provincial para las actividades de la Construcción de Salamanca.

VigenteDescargar el convenioCódigo 37000135011981

Convenio de los años 2017 a 2026 (del 1/1/2017 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.736horas
Vacaciones30días

naturales · art. 31

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Nivel II · Personal titulado superior1.737,01 €27.422,76 €
Nivel III · Personal titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª1.481,38 €23.585,82 €
Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado de fábrica, encargado general1.437,15 €22.921,88 €
Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras1.426,23 €22.552,52 €
Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, jefe o encargado de taller, escultor de piedra y mármol47,01 €/día22.224,88 €
Nivel VII · Delineante de 2.ª, técnico de organización de 2.ª, capataz, especialista de oficio, viajante46,07 €/día21.894,42 €
Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio, inspector de control y señalización, analista de 2.ª44,71 €/día21.570,90 €
Nivel IX · Auxiliar administrativo, ayudante de topografía, vendedor, conserje, oficial de 2.ª de oficio44,29 €/día21.250,28 €
Nivel X · Vigilante, almacenero, enfermero, cobrador, guarda jurado, especialista de 1.ª43,54 €/día20.939,74 €
Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado42,97 €/día20.626,28 €
Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a42,36 €/día20.322,65 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Nivel II · Personal titulado superior · nivel II
  • Nivel III · Personal titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª · nivel III
  • Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado de fábrica, encargado general · nivel IV
  • Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras · nivel V
  • Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, jefe o encargado de taller, escultor de piedra y mármol · nivel VI
  • Nivel VII · Delineante de 2.ª, técnico de organización de 2.ª, capataz, especialista de oficio, viajante · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio, inspector de control y señalización, analista de 2.ª · nivel VIII
  • Nivel IX · Auxiliar administrativo, ayudante de topografía, vendedor, conserje, oficial de 2.ª de oficio · nivel IX
  • Nivel X · Vigilante, almacenero, enfermero, cobrador, guarda jurado, especialista de 1.ª · nivel X
  • Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado · nivel XI
  • Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a · nivel XII

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus extrasalarial de transportePor día efectivo de trabajo · art. 19 y anexo I6,11 € por día
Plus extrasalarial de ropa de trabajoNiveles VIII a XII; cantidad mensual que no se abona en el mes de vacaciones · art. 20 y anexo I14,15 € al mes en 11 pagas
Plus extrasalarial de desgaste de herramientaNiveles VIII, IX y X que aporten su propia herramienta; por día efectivo de trabajo · art. 21 y anexo I0,89 € por día
Kilometraje con vehículo propioUso autorizado del vehículo propio cuando la empresa no da transporte y el destino está a más de 10 km del domicilio social · art. 19 y anexo I0,28 €
Dieta completaDesplazamiento a otro término municipal a 15 km o más que impide pernoctar en casa (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento) · art. 22 y anexo I30,77 € por día
Media dietaDesplazamiento a otro término municipal a 15 km o más que obliga a comer fuera · art. 22 y anexo I14,25 € por día
Ayuda de estudiosPor cada hijo de 6 a 18 años; se paga antes del 15 de septiembre · art. 28 y anexo I46,14 €
Complemento de incapacidad temporal con hospitalizaciónIncapacidad temporal (cualquier causa) que requiera hospitalización · art. 27La empresa completa la prestación hasta el 100 % del salario base y los pluses salariales durante la hospitalización y los sesenta días siguientes, si sigue la incapacidad
Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien ya cobraba antigüedad al publicarse el Acuerdo Sectorial de 21/11/1996 · art. 18 y anexo IIImporte consolidado (base: salarios a 31/12/1988 del anexo II), invariable; se extingue con el contrato
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable · art. 62 del VII CGSC (disp. adicional 3.ª del convenio provincial)20 % sobre el salario base
Plus de trabajo nocturnoTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 63 del VII CGSC (disp. adicional 3.ª del convenio provincial)25 % sobre el salario base por hora
Complemento por discapacidadDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más) · art. 59 del VII CGSC (disp. adicional 3.ª del convenio provincial)17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento

Horas extra: precio fijado por categoría, de 15,82 a 23,51 € la hora. La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no perturba la producción (arts. 24 y 25 y anexo I). (arts. 24 y 25 y anexo I)

Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (Se aplica para 2025 el incremento del Convenio General (3,5 % sobre las tablas de 2024 con la garantía del 0,40 %); tablas en el anexo I del acta de 30/1/2026.); 2026: 3 % (Se aplica para 2026 el incremento del Convenio General (3 % sobre las tablas de 2025).).

Revisión salarial: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

Permisos pagados.

4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 32.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento o adopción de un hijo (+2 días con desplazamiento)art. 32.1.b3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de un hijo (+2 días con desplazamiento)art. 32.1.c1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento)art. 32.1.d3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Enfermedad, accidente, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento)art. 32.1.e5 (5 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Traslado del domicilio habitualart. 32.1.f1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 32.1.g—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 32.3tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

  • Toda la plantilla: 15 días

Novedades del convenio.

  • 12/2/2026 · Tablas salariales de 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %) y contribuciones al plan de pensiones del sector

Fuente: BOP Salamanca de 21 de diciembre de 2017 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 4, ampliado por el acuerdo de modificación de 2022) y denunciado automáticamente a su término. Tablas 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %) publicadas en el BOP de 12/2/2026.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Salamanca?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Salamanca en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.322,65 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Salamanca?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas

Volver arriba