Convenio Colectivo de la Construcción de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Convenio de los años 1993 a 2026 (del 1/1/1993 al 31/12/2026). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Operarios (retribución diaria) | ||
| Peón ordinario | 33,65 €/día | 20.293,93 € |
| Peón especialista | 34,14 €/día | 20.606,77 € |
| Ayudante de oficio | 34,23 €/día | 20.898,59 € |
| Oficial 2ª | 34,70 €/día | 21.576,70 € |
| Oficial 1ª | 35,57 €/día | 22.300,91 € |
| Capataz | 36,71 €/día | 22.686,23 € |
| Directivos, administrativos y técnicos (retribución mensual) | ||
| Aux.Adtvo. | 1.027,23 € | 21.224,80 € |
| Adtvo I | 1.047,13 € | 21.543,40 € |
| Adtvo II | 1.071,19 € | 21.866,58 € |
| Encargado Obra Jefe sección | 1.123,85 € | 22.870,24 € |
| Jefe Adtvo | 1.200,99 € | 24.322,62 € |
| Jefe de fabricación | 1.256,17 € | 25.360,82 € |
| Titulado Medio | 1.278,17 € | 25.775,55 € |
| Titulado Superior | 1.388,41 € | 27.850,40 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo Operarios (retribución diaria)
- Peón ordinario · nivel XII
- Peón especialista · nivel XI
- Ayudante de oficio · nivel X
- Oficial 2ª · nivel IX
- Oficial 1ª · nivel VIII
- Capataz · nivel VII
Grupo Directivos, administrativos y técnicos (retribución mensual)
- Aux.Adtvo. · nivel IX
- Adtvo I · nivel VIII
- Adtvo II · nivel VII
- Encargado Obra Jefe sección · nivel VI
- Jefe Adtvo · nivel V
- Jefe de fabricación · nivel IV
- Titulado Medio · nivel III
- Titulado Superior · nivel II
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Dieta completaDesplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural (solo el 20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento) · tabla salarial 2026 (BOME 10/2/2026) y art. 86 del VII CGSC | según categoría, de 49,32 a 50,50 € por día |
| Media dietaDesplazamiento que obliga a comer fuera, sin comida facilitada, pudiendo pernoctar en casa; por día efectivo trabajado · tabla salarial 2026 (BOME 10/2/2026) y art. 86 del VII CGSC | 10,82 € por día |
| Plus de trabajo nocturnoTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 63 del VII CGSC | 25 % sobre el salario base por hora |
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable · art. 62 del VII CGSC | 20 % sobre el salario base |
| Complemento por discapacidadDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más); un solo complemento · art. 59 del VII CGSC | 17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más), por mes natural |
| Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 · art. 58 del VII CGSC | Importe personal invariable; se extingue con el contrato |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 15,51 a 24,56 € la hora. La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no perturba el proceso productivo (art. 68.2 del VII CGSC) (tabla salarial 2026 (BOME 10/2/2026) y arts. 67 y 68 del VII CGSC). (tabla salarial 2026 (BOME 10/2/2026) y arts. 67 y 68 del VII CGSC)
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de revisión del 0,4 % sobre las tablas de 2024 antes de la subida de 2025.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,5 % sobre las tablas de 2024 revisadas, retroactivo al 1/1/2025; atrasos en dos meses como máximo desde la publicación.); 2025: 0,5 % (Contribución al plan de pensiones: +0,4 % de los conceptos salariales de 2024 y +0,5 % adicional sobre los de 2024 revisados (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Incremento del 3 % sobre las tablas de 2025.); 2026: 0,25 % (Contribución al plan de pensiones: +0,25 % de los conceptos salariales de 2025 (no es subida de tablas).).
Revisión salarial: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. Las actas de Melilla no recogen una cláusula propia. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).
Permisos pagados.
4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 77.1.a del VII CGSC | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento o adopción de un hijoart. 77.1.b del VII CGSC | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de un hijoart. 77.1.c del VII CGSC | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 77.1.d del VII CGSC | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 77.1.e del VII CGSC | 5 (7 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 77.1.f del VII CGSC | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 77.1.g del VII CGSC | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 77.3 del VII CGSC | tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 10/2/2026 · Publicadas las tablas 2025 (+0,4 % y +3,5 %) y 2026 (+3 %)
Fuente: BOME de 10 de febrero de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Texto provincial de 1993 prorrogado año a año, completado por actas de la comisión negociadora que asumen el Convenio General; tablas 2025 y 2026 publicadas el 10/2/2026; los acuerdos de 22/12/2025 rigen hasta el 31/12/2026.
El texto del convenio provincial de Melilla es de 1993 y no está publicado en línea. Las tablas salen de las actas oficiales recientes; el resto de condiciones (jornada, permisos, pluses generales) son las del VII Convenio General del Sector de la Construcción, que esas actas asumen.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Melilla?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/1993 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Melilla en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 20.293,93 € brutos al año a jornada completa (Peón ordinario).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Melilla?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.