Convenio colectivo · Provincial · Guadalajara
Convenio de construcción de Guadalajara 2026.
El convenio de construcción de Guadalajara está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 35.442 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Guadalajara · 15/05/2026 · actualizado elConvenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Guadalajara 2022-2026
Vigente hasta el 31/12/2026 (texto publicado el 15/5/2026). Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 8/1/2026) con las subidas del Convenio General estatal.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Nivel II (mensual) · Personal titulado superior | 1.566,88 € | 14 | 35.441,51 € | Calcular neto |
| Nivel III (mensual) · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª | 1.328,58 € | 14 | 30.348,94 € | Calcular neto |
| Nivel IV (mensual) · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general de fábrica, encargado general | 1.294,45 € | 14 | 29.789,66 € | Calcular neto |
| Nivel V (mensual) · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de sección de organización de 2.ª, jefe de compras | 1.237,45 € | 14 | 27.854,40 € | Calcular neto |
| Nivel VI (mensual) · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, práctico de topografía de 1.ª, técnico de organización de 1.ª | 1.119,57 € | 14 | 25.330,63 € | Calcular neto |
| Nivel VII (mensual) · Técnico de organización de 2.ª, delineante de 2.ª, práctico de topografía de 2.ª, analista de 1.ª, viajante | 1.103,11 € | 14 | 24.894,20 € | Calcular neto |
| Nivel VIII (mensual) · Oficial administrativo de 2.ª, corredor de plaza, analista de 2.ª, inspector de control, señalización y servicios | 1.097,49 € | 14 | 24.095,75 € | Calcular neto |
| Nivel IX (mensual) · Auxiliar administrativo, ayudante topográfico, auxiliar de organización, conserje, vendedor | 1.070,97 € | 14 | 22.901,08 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 18. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 28).
4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.1 |
| Matrimonio de un hijo (+2 días con desplazamiento) | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 29.1 |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (5 días laborables con desplazamiento) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 29.1 |
| Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o persona conviviente | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.1 |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.1 |
| Exámenes en centros de enseñanza reconocidos | — | Mejora el Estatuto | art. 29.1 |
| Nacimiento, adopción, guarda o acogimiento (si no se cobra el subsidio por nacimiento y cuidado de menor; +2 días con desplazamiento) | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 29.1 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.3 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de asistencia y actividad (personal diario) | según categoría, de 17,42 a 25,05 € por día | Por día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto | art. 36 y anexo VI (2026) |
| Plus de asistencia y actividad (personal mensual) | según categoría, de 356,95 a 757,00 € al mes | Se devenga por día efectivamente trabajado en jornada normal; la tabla lo da en importe mensual | art. 36 y anexo VII (2026) |
| Plus extrasalarial de distancia y transporte (personal diario) | 6,65 € por día | Por día efectivo de trabajo, cualquiera que sea la distancia; igual para todas las categorías | art. 45 y anexo VI (2026) |
| Plus extrasalarial de distancia y transporte (personal mensual) | 137,12 € al mes en 11 pagas | Personal mensual; igual para todos los niveles | art. 45 y anexo VII (2026) |
| Plus de trabajo nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 | art. 43 |
| Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos | 20 % sobre el salario base | Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable | art. 42 |
| Antigüedad consolidada («ad personam») | Importe consolidado a 21/11/1996 más la parte devengada y no cobrada a esa fecha según las tablas de los anexos IV (diaria) y V (mensual); invariable y se extingue con el contrato. Se suma a pagas, vacaciones y festivos | Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 | arts. 35, 38 y 41 y anexos IV y V |
| Complemento por discapacidad | 17 €/mes (grado 13 %-22 %), 24 €/mes (23 %-32 %), 34 €/mes (33 % o más) | Personal con discapacidad reconocida por el organismo oficial; un solo complemento según el grado | art. 44 |
| Dieta completa | según categoría, de 35,03 a 46,97 € por día | Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa costea manutención y alojamiento) | art. 48 y anexo VIII (2026) |
| Media dieta | según categoría, de 13,30 a 15,92 € por día | Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajado | art. 48 y anexo VIII (2026) |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 12,24 a 14,18 € la hora. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas en los 4 meses siguientes no cuentan para el límite de 80 al año (art. 37 y anexo VI (2026, fila «Horas extras»)).
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024: las tablas de 2024 suben un 0,4 % (sin efectos retroactivos) como base para 2025.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas revisadas de 2024, desde el 1/1/2025; dietas igual.); 2025: 0,5 % (Contribución empresarial al plan de pensiones: +0,50 % de los conceptos salariales de la tabla revisada de 2024 (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Incremento del 3,00 % sobre las tablas de 2025, desde el 1/1/2026 (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Contribución empresarial al plan de pensiones: +0,25 % de los conceptos salariales de la tabla de 2025 (no es subida de tablas).).
Cláusula de revisión: Cláusula de garantía 2025-2026: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 30.5).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
18 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.
Grupo Sin grupo 18 categorías
- Nivel II (mensual) · Personal titulado superior · nivel II
- Nivel III (mensual) · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª · nivel III
- Nivel IV (mensual) · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general de fábrica, encargado general · nivel IV
- Nivel V (mensual) · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de sección de organización de 2.ª, jefe de compras · nivel V
- Nivel VI (mensual) · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, práctico de topografía de 1.ª, técnico de organización de 1.ª · nivel VI
- Nivel VII (mensual) · Técnico de organización de 2.ª, delineante de 2.ª, práctico de topografía de 2.ª, analista de 1.ª, viajante · nivel VII
- Nivel VIII (mensual) · Oficial administrativo de 2.ª, corredor de plaza, analista de 2.ª, inspector de control, señalización y servicios · nivel VIII
- Nivel IX (mensual) · Auxiliar administrativo, ayudante topográfico, auxiliar de organización, conserje, vendedor · nivel IX
- Nivel X (mensual) · Auxiliar de laboratorio, vigilante, almacenero, enfermero, guarda jurado, cobrador · nivel X
- Nivel XI (mensual) · Especialista de 2.ª, peón especializado · nivel XI
- Nivel XII (mensual) · Peón ordinario, limpiador/a · nivel XII
- Nivel VI (diario) · Encargado o jefe de taller, encargado de sección de laboratorio, escultor de piedra o mármol · nivel VI
- Nivel VII (diario) · Capataz, auxiliar técnico de obra, especialista de oficio · nivel VII
- Nivel VIII (diario) · Oficial 1.ª de oficio · nivel VIII
- Nivel IX (diario) · Auxiliar administrativo de obra, oficial 2.ª de oficio · nivel IX
- Nivel X (diario) · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª · nivel X
- Nivel XI (diario) · Especialista de 2.ª, peón especializado · nivel XI
- Nivel XII (diario) · Peón ordinario · nivel XII
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
- Contratos temporales: 7 días
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Guadalajara?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026 (texto publicado el 15/5/2026). Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 8/1/2026) con las subidas del Convenio General estatal.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Guadalajara en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.110,57 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Guadalajara?
30 días naturales al año, según el art. 28.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
Fuente: BOP Guadalajara de 15 de mayo de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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