Convenio colectivo · Provincial · Castellón

Convenio de construcción de Castellón 2026.

En ultraactividadBOP Castellón 2/6/2018

El convenio de construcción de Castellón está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2021). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 33.463 € brutos al año. Vacaciones: 31 días naturales.

FUENTEBOP Castellón · 02/06/2018 · actualizado el

Convenio Colectivo de la Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares para la provincia de Castellón

CÓDIGO 12000525011973

Texto 2018-2021, denunciado y prorrogado: la Comisión Negociadora acordó en 2023 que siga vigente hasta que lo sustituya otro. Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 3/1/2026) con las subidas del Convenio General estatal.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel II57,11 €/día1433.462,87 €Calcular neto
Mármoles y piedras · Nivel II1.911,23 €1430.146,44 €Calcular neto
Nivel III46,64 €/día1428.444,24 €Calcular neto
Nivel IV45,55 €/día1427.878,53 €Calcular neto
Mármoles y piedras · Nivel III1.748,73 €1427.551,14 €Calcular neto
Mármoles y piedras · Nivel IV1.723,34 €1427.169,34 €Calcular neto
Nivel V42,23 €/día1426.222,30 €Calcular neto
Mármoles y piedras · Nivel V1.616,68 €1425.564,21 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 24. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 24 categorías de la tabla 2026

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 6).

8 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 8.1.a
Matrimonio de familiares de primer grado1Mejora el Estatutoart. 8.1.a
Fallecimiento del cónyuge o de familiar de 1.er grado (7 días si hay que desplazarse a otra provincia)5 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 8.1.b
Fallecimiento de familiares de 2.º grado de cualquiera de los cónyuges4Mejora el Estatutoart. 8.1.d
Nacimiento o adopción de un descendiente (5 días fuera de la provincia)3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 8.1.c
Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º grado5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)art. 8.1.e
Traslado del domicilio habitual (4 días si es a otra provincia)2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 8.1.g
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluida renovación de DNI, pasaporte o carné)—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 8.1.h
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos—Mejora el Estatutoart. 8.1.i
Renovación de la licencia para conducir vehículos o máquinas del puesto (3 horas)3 horasMejora el Estatutoart. 8.1.j
Consulta médica de atención primaria o especialista (hasta 6 veces al año, 3 horas cada una)6 veces al año, 3 horas cada unaMejora el Estatutoart. 8.1.k

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Plus de asistenciasegún categoría, de 6,90 a 15,17 € por díaPor jornada efectivamente trabajada (construcción y obras públicas)art. 16.B y tabla 2026
Plus de actividad7,06 € por díaPor jornada normal efectivamente trabajada; se calcula sobre todos los días de la semana salvo festivos, sábados y domingos, y se paga también en los días laborables no trabajados para no exceder la jornada anualart. 16.A y tabla 2026
Plus de transporte4,37 € por díaPor jornada laboral efectivamente trabajada; igual para todas las categorías, no absorbible ni compensableart. 17.A y tabla 2026
Plus de transporte (mármoles y piedras, niveles II a V)113,29 € al mes en 11 pagasPersonal mensual de mármoles y piedras (niveles II a V)art. 17.A y tabla 2026 (mármoles y piedras, anexo I)
Plus de transporte (mármoles y piedras, niveles VI a XIV)4,60 € por díaPersonal diario de mármoles y piedras (niveles VI a XIV); por día de trabajoart. 17.A y tabla 2026 (mármoles y piedras, anexo I)
Plus de nocturnidad25 % sobre el salario baseTrabajo nocturno, cuando correspondaart. 16.F
Pluses de penosidad, toxicidad y peligrosidad25 % sobre el salario baseTrabajos penosos, tóxicos o peligrosos, cuando correspondaart. 16.E
Desgaste de herramientas0,51 € por díaOficiales y ayudantes, en obras en que la empresa no aporte las herramientas de mano; se pierde el día que no se llevenart. 17.B y tabla 2026
Desgaste de herramientas (mármoles y piedras)según categoría, de 29,57 a 44,62 €Personal de mármoles y piedras de los niveles II a XII con derecho a la compensación (art. 17.B)art. 17.B y tabla 2026 (mármoles y piedras, anexo III)
Tabla de antigüedad (mármoles y piedras)Importe por tramo: 5 %: 0,62 €; 10 %: 1,23 €; 16 %: 2,00 €; 22 %: 2,74 €; 28 %: 3,48 €; 34 %: 4,23 €; 40 %: 4,98 €; 46 %: 5,73 €; 52 %: 6,49 €; 58 %: 7,23 €; 60 %: 7,48 €Personal de mármoles y piedras con derecho a antigüedad según la tabla del anexo IIItabla 2026 (mármoles y piedras, tabla de antigüedad)
Antigüedad consolidada («ad personam»)Importe fijo e invariable consolidado a 21/11/1996 (Acuerdo Sectorial Nacional de 18/10/1996); se suma a las pagas extraordinarias y a las horas extra, y se extingue con el contratoSolo quien tenía consolidado el complemento de antigüedad a 21/11/1996art. 16.C, 15.A y 20
Complemento por discapacidadPor mes natural: 19,99 € (grado 13 %-22 %), 20,98 € (23 %-32 %), 39,99 € (33 % o más)Personal con discapacidad reconocida por el organismo oficial; un solo complemento según el gradoart. 16.D
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras4,00 € por díaGrupos profesionales 1 a 5 que trabajen de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras, en contratas de conservación licitadas tras la publicación del conveniodisposición adicional tercera
Dieta completa59,73 € por díaDesplazamiento a más de 15 km en otro término municipal que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa costea manutención y alojamiento)art. 18 y tabla 2026
Media dieta13,57 € por díaDesplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajadoart. 18 y tabla 2026
Kilometraje (vehículo propio)0,35 €Desplazamientos autorizados por la empresa con vehículo propioart. 18 y tabla 2026

Horas extra: precio fijado por categoría, de 13,42 a 22,08 € la hora. La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no se perturba el proceso productivo; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año (art. 20 y tabla 2026 (columnas «Hora extraordinaria» y «Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos»)).

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024 del Convenio General: las tablas de 2024 suben un 0,40 % antes de aplicar la subida de 2025.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas de 2024 (con la garantía), con efectos retroactivos desde el 1/1/2025; incluye dietas, media dieta, kilometraje y desgaste de herramienta.); 2025: 0,5 % (Aportación empresarial al plan de pensiones del sector: 0,50 % (no es subida de tablas; importe por nivel en la tabla).); 2026: 3 % (Incremento del 3,00 % sobre las tablas de 2025, desde el 1/1/2026 (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Aportación adicional al plan de pensiones del sector: 0,25 % (no es subida de tablas; importe por nivel en la tabla).).

Cláusula de revisión: El convenio remite las revisiones salariales al Convenio General (art. 10). Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 10 del convenio provincial y art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

24 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.

Grupo Sin grupo 24 categorías
  • Nivel II · nivel II
  • Nivel III · nivel III
  • Nivel IV · nivel IV
  • Nivel V · nivel V
  • Nivel VI · nivel VI
  • Nivel VII · nivel VII
  • Nivel VIII · nivel VIII
  • Nivel IX · nivel IX
  • Nivel X · nivel X
  • Nivel XI · nivel XI
  • Nivel XII · nivel XII
  • Mármoles y piedras · Nivel II · nivel II
  • Mármoles y piedras · Nivel III · nivel III
  • Mármoles y piedras · Nivel IV · nivel IV
  • Mármoles y piedras · Nivel V · nivel V
  • Mármoles y piedras · Nivel VI · nivel VI
  • Mármoles y piedras · Nivel VII · nivel VII
  • Mármoles y piedras · Nivel VIII · nivel VIII
  • Mármoles y piedras · Nivel IX · nivel IX
  • Mármoles y piedras · Nivel X · nivel X
  • Mármoles y piedras · Nivel XI · nivel XI
  • Mármoles y piedras · Nivel XII · nivel XII
  • Mármoles y piedras · Nivel XIII · nivel XIII
  • Mármoles y piedras · Nivel XIV · nivel XIV

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1736 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Personal técnico titulado superior y medio: 6 meses
  • Niveles III (salvo titulaciones medias), IV y V: 3 meses
  • Niveles VI a X: 2 meses
  • Resto del personal no operario: 15 días
  • Personal operario: encargado y capataz: 1 mes
  • Resto del personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

  • Personal técnico y administrativo: 30 días
  • Resto del personal: 7 días

06 · Novedades

Cómo va el siguiente convenio.

  • Tablas salariales 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %), aportaciones al plan de pensiones y calendario laboral 2026 (1.736 horas) · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Castellón?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2018 al 31/12/2021. Texto 2018-2021, denunciado y prorrogado: la Comisión Negociadora acordó en 2023 que siga vigente hasta que lo sustituya otro. Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 3/1/2026) con las subidas del Convenio General estatal.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Castellón en 2026?

La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 14.754,79 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Castellón?

31 días naturales al año, según el art. 6.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal técnico titulado superior y medio: 6 meses. Niveles III (salvo titulaciones medias), IV y V: 3 meses. Niveles VI a X: 2 meses. Resto del personal no operario: 15 días. Personal operario: encargado y capataz: 1 mes. Resto del personal operario: 15 días.

Fuente: BOP Castellón de 2 de junio de 2018 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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