Convenio colectivo · Provincial · Asturias
Convenio de construcción de Asturias 2026.
El convenio de construcción de Asturias está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2016). En 2026 el salario de tabla va de 18.812 € a 37.134 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOPA · 16/08/2013 · actualizado elConvenio Colectivo del sector de Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias
Texto de 2013-2016 vencido y aplicado en ultraactividad (art. 86 ET); la Comisión Mixta de Interpretación publica cada año las tablas. Tablas 2025 y 2026: BOPA 22/12/2025.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Nivel II · Personal titulado superior | 72,82 €/día | 14 | 37.134,07 € | Calcular neto |
| Nivel III · Titulado medio, jefe de personal, jefe administrativo de 1.ª | 59,67 €/día | 14 | 31.080,52 € | Calcular neto |
| Nivel IV · Ayudante de obra, encargado general | 58,04 €/día | 14 | 30.345,82 € | Calcular neto |
| Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra | 55,37 €/día | 14 | 29.103,82 € | Calcular neto |
| Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de obras | 52,34 €/día | 14 | 27.759,42 € | Calcular neto |
| Nivel VII · Oficial administrativo de 2.ª, capataz, especialista de oficio, jefe de equipo | 51,37 €/día | 14 | 27.192,16 € | Calcular neto |
| Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, gruista | 49,77 €/día | 14 | 26.497,48 € | Calcular neto |
| Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo | 47,52 €/día | 14 | 25.494,79 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 12. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 18).
9 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 17 | Mejora el Estatuto | art. 19.1.a |
| Matrimonio de padres o hijos | 1 | Mejora el Estatuto | art. 19.1.b |
| Fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho conviviente | 7 | Mejora el Estatuto | art. 19.1.c |
| Fallecimiento de hijos, padres o hermanos de uno u otro cónyuge (5 si hay que desplazarse a más de 100 km) | 4 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 19.1.d |
| Nacimiento de hijo («alumbramiento de esposa») (5 si hay que desplazarse a más de 100 km) | 4 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 19.1.d |
| Enfermedad grave de hijos, padres o hermanos de uno u otro cónyuge | 5 (5 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4) | art. 19.1.d |
| Enfermedad, accidente o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge o parientes hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 19.1.e |
| Fallecimiento de nietos o abuelos de uno u otro cónyuge (hasta 5 con desplazamiento a más de 100 km) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 19.1.f |
| Enfermedad, accidente u hospitalización de nietos o abuelos de uno u otro cónyuge (hasta 5 con desplazamiento a más de 100 km) | 5 (5 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 19.1.f |
| Acompañar a consulta médica a un familiar conviviente impedido (tiempo indispensable) | — | Mejora el Estatuto | art. 19.1.g |
| Traslado del domicilio habitual | 2 | Mejora el Estatuto | art. 19.1.h |
| Búsqueda de empleo durante el preaviso de cese de personal fijo de obra (15 horas) | — | Mejora el Estatuto | art. 19.1.k |
| Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el sufragio activo | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 19.1.i |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de asistencia | 9,79 € por día | Por día efectivo de trabajo; con 1 falta en el mes se cobra el 85 % del total mensual, con 2 el 70 %, con 3 el 50 %, con 4 el 25 % y con 5 o más nada (no cuentan las ausencias justificadas del art. 25.3) | art. 25 y tabla salarial 2026 |
| Plus mixto extrasalarial (ropa y transporte) | 3,15 € por día | Por día realmente trabajado, igual para todos los grupos y categorías | art. 26 y tabla salarial 2026 |
| Plus nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 | art. 29.2 |
| Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad | 20 % sobre el salario base | Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas reconocidas por la autoridad laboral (también el buceo, art. 33) | art. 29.1 |
| Plus de turnicidad | 10 % sobre el salario base | Trabajo en régimen de turnos por necesidades de la empresa | arts. 29.3 y 31 |
| Incremento por trabajo nocturno a turnos en túneles | 10 % sobre el salario base | Trabajo continuado en el interior de túneles, entre las 22:00 y las 6:00, en sistema de turnos | art. 34.1.a |
| Complemento por discapacidad | 17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o superior); un solo complemento | Discapacidad reconocida del 13 % o más | art. 30 |
| Dieta completa | 45,44 € por día | Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento) | art. 28 y tabla salarial 2026 |
| Media dieta | 13,06 € por día | Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; no se devenga a menos de 10 km | art. 28 y tabla salarial 2026 |
| Kilometraje (vehículo propio) | 0,43 € | Uso del vehículo propio autorizado por escrito por la empresa | art. 27 y tabla salarial 2026 |
| Garantía personal de antigüedad | Se mantiene, no absorbible ni compensable, la cantidad que se percibía por antigüedad el 31/12/1988 | Solo quien cobraba premio de antigüedad el 31/12/1988 | art. 32.5 y anexo XI |
Horas extra: se pagan con un recargo del 17 % sobre la hora ordinaria. Regla general: se compensan con descanso equivalente incrementado en un 17 %, dentro de los 30 días siguientes (acumulable en medias jornadas o jornadas completas) (art. 17).
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024 del art. 55.4 del VII Convenio General (IPC acumulado del 11,6 %): las tablas de 2024 suben un 0,40 % con efectos de 1/1/2025, sin efectos retroactivos.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas de 2024 actualizadas (tabla 2025 publicada).); 2025: 0,5 % (Contribución al plan de pensiones 2025: la de 2024 actualizada más el 0,50 % de los conceptos salariales de las tablas de 2024 (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Incremento del 3,0 % sobre las tablas de 2025 (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Contribución al plan de pensiones 2026: la de 2025 más el 0,25 % de los conceptos salariales de 2025 (no es subida de tablas).).
Cláusula de revisión: El acta recoge la cláusula de garantía salarial 2025-2026 del VII Convenio General (prórroga de la anterior): si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (acta de la Comisión Mixta de 1/12/2025 (punto 5.º) y art. 55.7 del VII CGSC).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
12 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.
Grupo Sin grupo 12 categorías
- Nivel II · Personal titulado superior · nivel II
- Nivel III · Titulado medio, jefe de personal, jefe administrativo de 1.ª · nivel III
- Nivel IV · Ayudante de obra, encargado general · nivel IV
- Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra · nivel V
- Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de obras · nivel VI
- Nivel VII · Oficial administrativo de 2.ª, capataz, especialista de oficio, jefe de equipo · nivel VII
- Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, gruista · nivel VIII
- Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo · nivel IX
- Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero · nivel X
- Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especialista · nivel XI
- Nivel XII · Peón ordinario y de limpieza · nivel XII
- Nivel XIII · Trabajadores de 16 y 17 años · nivel XIII
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Empleados de niveles III, IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 8 días
06 · Novedades
Cómo va el siguiente convenio.
- Tablas salariales 2025 (+0,4 % de garantía y +3,5 %) y 2026 (+3 %), y calendario laboral 2026 · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Asturias?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/6/2013 al 31/12/2016. Texto de 2013-2016 vencido y aplicado en ultraactividad (art. 86 ET); la Comisión Mixta de Interpretación publica cada año las tablas. Tablas 2025 y 2026: BOPA 22/12/2025.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Asturias en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 24.279,41 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII · Peón ordinario y de limpieza).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Asturias?
30 días naturales al año, según el art. 18.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Empleados de niveles III, IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
Fuente: BOPA de 16 de agosto de 2013 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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