Convenio colectivo de comercio único de la provincia de Huelva (2025-2028).
Convenio de los años 2025 a 2028 (del 1/1/2025 al 31/12/2028).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I | ||
| Reponedor/a | 1.149,59 € | 17.243,85 € |
| Personal de servicios | 1.149,59 € | 17.243,85 € |
| Ayudante de venta y servicios | 1.149,59 € | 17.243,85 € |
| Auxiliar administrativo/a | 1.149,59 € | 17.243,85 € |
| Ayudante operador | 1.149,59 € | 17.243,85 € |
| Grupo II | ||
| Oficial administrativo/a | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Comercial | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Vendedor/a | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Conductor/a-repartidor/a | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Decorador/a | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Ayudante programador | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Secretario/a | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Oficial | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Cajero/a autoservicio | 1.172,35 € | 17.585,25 € |
| Grupo III | ||
| Jefe/a de sección, 2.º encargado/a o equipo | 1.269,90 € | 19.048,50 € |
| Técnico analista de sistemas | 1.269,90 € | 19.048,50 € |
| Jefe/a de unidad | 1.269,90 € | 19.048,50 € |
| ATS | 1.269,90 € | 19.048,50 € |
| Grupo 0 | ||
| Jefe/a de sector | 1.424,56 € | 21.368,40 € |
| Director/a | 1.424,56 € | 21.368,40 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I
- Reponedor/a
- Personal de servicios
- Ayudante de venta y servicios
- Auxiliar administrativo/a
- Ayudante operador
Grupo II
- Oficial administrativo/a
- Comercial
- Vendedor/a
- Conductor/a-repartidor/a
- Decorador/a
- Ayudante programador
- Secretario/a
- Oficial
- Cajero/a autoservicio
Grupo III
- Jefe/a de sección, 2.º encargado/a o equipo
- Técnico analista de sistemas
- Jefe/a de unidad
- ATS
Grupo 0
- Jefe/a de sector
- Director/a
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Domingos y festivos de apertura autorizada (con día libre)Horas trabajadas en domingo o festivo de apertura autorizada; ir es voluntario. Además se da un día de libre disposición. · art. 25.4 | 13,00 € por hora |
| Domingos y festivos de apertura autorizada (sin día libre)Horas trabajadas en domingo o festivo de apertura autorizada cuando no se descansa el día compensatorio · art. 25.4 | 18,00 € por hora |
| Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 · art. 21 | 30 % sobre la hora ordinaria por hora |
| Plus de fríoPersonal que trabaja en cámaras frigoríficas cuando entre sus cometidos esté usarlas, con independencia del tiempo que permanezca en ellas · art. 20 | 30 % sobre el salario base |
| Plus de transporteToda la plantilla, salvo quien se desplaza en vehículos de la empresa · art. 23 | Importe de cuatro billetes de autobús por día de trabajo |
| Plus compensatorio para el desarrollo de políticas socialesSe cobra si la empresa no acredita su adhesión a CECA Comercio Huelva ni un plan propio de políticas sociales visado por la comisión paritaria; igual con cualquier jornada · art. 36 bis | 20,00 € al mes en 12 pagas |
| Complemento de protección familiar (empresas del antiguo sector textil)Solo en el sector textil; con al menos un año en la empresa; por hijos menores de 18 años o mayores incapacitados; si ambos cónyuges trabajan en el sector, solo uno · cláusula adicional primera | Matrimonio sin hijos o con 1 hijo: 15 % de salario base + ad personam; con 2 o 3 hijos: 16 %; con 4 o más: 29 %. Padres o madres solteros, según el número de hijos. |
| Ayuda de estudios para la persona trabajadoraQuien acredite cursar primaria, secundaria, bachillerato, módulos formativos o grados · art. 22 | 382,89 € |
| Ayuda por hijo/a que estudiePor cada hijo/a de hasta 18 años que estudie en centros reconocidos (guardería a grado); todos los grupos · art. 22 | 118,34 € |
| Ayuda por hijo/a con discapacidadPor cada hijo/a con discapacidad, esté o no en centro especial · art. 22 | 341,08 € |
| Dieta por desayunoDesplazamiento a otra localidad que incluye el desayuno · art. 24 | 2,78 € por día |
| Dieta con una comidaDesplazamiento a otra localidad con una comida · art. 24 | 16,46 € por día |
| Dieta con dos comidasDesplazamiento a otra localidad con dos comidas · art. 24 | 32,94 € por día |
| Dieta completa con pernoctaciónDesplazamiento con pernoctación; si el gasto es mayor, la empresa abona el justificado · art. 24 | 51,74 € por día |
Horas extra: se pagan con un recargo del 30 % sobre la hora ordinaria. De común acuerdo, por tiempo equivalente de descanso o en metálico con el 30 % de incremento (art. 26 y art. 25.5). (art. 26 y art. 25.5)
Subidas pactadas: 2025: (2025: Grupo I = SMI + 1 %; Grupo II = SMI + 3 %; Grupos III y 0 = tablas de 2024 + 3 %); 2026: 3 % (3 % sobre las tablas y demás conceptos económicos de 2025); 2027: 3 % (3 % sobre las tablas de 2026).
Permisos pagados.
9 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 28.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 28.b | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge o de parientes de primer grado de consanguinidadart. 28.b | 5 | Mejora el Estatuto |
| Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado o convivientesart. 28.c | 5 (7 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de parientes hasta 2.º grado de consanguinidadart. 28.d | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 28.e | 2 | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 28.f | 1 | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 28.g | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica de atención primaria o especialistaart. 28.h | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes públicos u oficialesart. 28.i | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Trámites de adopción o acogimientoart. 28.j | 5 | Mejora el Estatuto |
| Acompañar a consulta médica a hijos menores de 16 años o familiares hasta 2.º gradoart. 28.k | — | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)art. 28.l | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de acceder al trabajo por limitaciones de las autoridades, riesgo grave o fenómeno meteorológico adversoart. 28.m | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupo I: 1 mes
- Grupo II: 2 meses
- Grupo III y Grupo 0: 6 meses
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 24/4/2026 · Publicado el primer convenio de «comercio único» de Huelva (2025-2028), que agrupa los antiguos convenios del comercio del metal, calzado, textil y mueble; firmado por CECA Comercio Huelva, UGT, CC OO y FETICO.
Fuente: BOP Huelva de 24 de abril de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2028 (art. 2). Si no se denuncia o no hay acuerdo, se mantiene íntegro hasta el nuevo convenio (art. 3).
Es el convenio general del comercio de Huelva («comercio único»). No se aplica al comercio de alimentación, que tiene convenio propio, ni a las farmacias.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de comercio de Huelva?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de Huelva en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.243,85 € brutos al año a jornada completa (Reponedor/a).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de Huelva?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: 1 mes. Grupo II: 2 meses. Grupo III y Grupo 0: 6 meses.
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