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Convenio colectivo de ámbito provincial del sector de comercio en general de Guadalajara (2026-2030).

VigenteDescargar el convenioCódigo 19000085011982

Convenio de los años 2026 a 2030 (del 1/1/2026 al 31/12/2030).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.780horas
Vacaciones30días

naturales · art. 22

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo 1
Director/a1.647,28 €24.709,14 €
Titulado/a de grado superior1.593,84 €23.907,62 €
Jefe/a de división1.593,84 €23.907,62 €
Jefe/a de personal1.549,53 €23.242,90 €
Jefe/a de compras1.549,53 €23.242,90 €
Jefe/a de ventas1.549,53 €23.242,90 €
Encargado/a general1.549,53 €23.242,90 €
Grupo 2
Jefe/a administrativo1.528,39 €22.925,83 €
Jefe/a de sucursal o supermercado1.442,55 €21.638,25 €
Jefe/a de almacén1.442,55 €21.638,25 €
Jefe/a de grupo1.442,55 €21.638,25 €
Jefe/a de servicio mercantil1.442,55 €21.638,25 €
Ayudante técnico sanitario1.350,00 €20.249,98 €
Jefe/a de sección administrativo1.398,33 €20.974,96 €
Encargado/a establecimiento o sección1.376,00 €20.640,01 €
Vendedor/a comprador1.376,00 €20.640,01 €
Intérprete1.376,00 €20.640,01 €
Contable1.381,71 €20.725,67 €
Contable-cajero/a1.376,00 €20.640,01 €
Jefe/a de servicios1.376,00 €20.640,01 €
Dibujante1.376,00 €20.640,01 €
Escaparatista1.376,00 €20.640,01 €
Grupo 3
Dependiente/a1.350,00 €20.249,98 €
Oficial administrativo/a1.350,00 €20.249,98 €
Viajante1.324,08 €19.861,20 €
Corredor de plaza1.324,08 €19.861,20 €
Jefe/a de taller1.324,08 €19.861,20 €
Personal de oficio de 1.ª1.324,08 €19.861,20 €
Personal de oficio de 2.ª1.298,07 €19.470,99 €
Capataz1.298,07 €19.470,99 €
Personal subalterno1.298,07 €19.470,99 €
Conserje1.298,07 €19.470,99 €
Cobrador1.298,07 €19.470,99 €
Grupo 4
Ayudante1.239,49 €18.592,39 €
Auxiliar administrativo/a1.239,49 €18.592,39 €
Delineante1.239,49 €18.592,39 €
Visitador1.239,49 €18.592,39 €
Rotulista1.239,49 €18.592,39 €
Cortador/a1.298,07 €19.470,99 €
Ayudante de cortador/a1.239,49 €18.592,39 €
Personal de oficio de 3.ª1.246,22 €18.693,25 €
Mozo/a especialista1.246,22 €18.693,25 €
Ascensorista1.239,49 €18.592,39 €
Telefonista1.239,49 €18.592,39 €
Mozo/a1.239,49 €18.592,39 €
Empaquetador1.239,49 €18.592,39 €
Repasador de medias1.239,49 €18.592,39 €
Cosedora de sacos1.239,49 €18.592,39 €
Vigilante, sereno, ordenanza o portero1.238,29 €18.574,33 €
Auxiliar de caja1.239,49 €18.592,39 €
Personal de limpieza (por hora)7,44 € por hora7,44 € por hora

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo 1

  • Director/a · nivel 1
  • Titulado/a de grado superior · nivel 2
  • Jefe/a de división · nivel 2
  • Jefe/a de personal · nivel 3
  • Jefe/a de compras · nivel 3
  • Jefe/a de ventas · nivel 3
  • Encargado/a general · nivel 3

Grupo 2

  • Jefe/a administrativo · nivel 4
  • Jefe/a de sucursal o supermercado · nivel 5
  • Jefe/a de almacén · nivel 5
  • Jefe/a de grupo · nivel 5
  • Jefe/a de servicio mercantil · nivel 5
  • Ayudante técnico sanitario
  • Jefe/a de sección administrativo · nivel 7
  • Encargado/a establecimiento o sección · nivel 8
  • Vendedor/a comprador · nivel 8
  • Intérprete · nivel 8
  • Contable · nivel 8
  • Contable-cajero/a · nivel 8
  • Jefe/a de servicios · nivel 8
  • Dibujante · nivel 8
  • Escaparatista · nivel 8

Grupo 3

  • Dependiente/a · nivel 9
  • Oficial administrativo/a · nivel 9
  • Viajante · nivel 10
  • Corredor de plaza · nivel 10
  • Jefe/a de taller · nivel 10
  • Personal de oficio de 1.ª · nivel 10
  • Personal de oficio de 2.ª · nivel 11
  • Capataz · nivel 11
  • Personal subalterno · nivel 11
  • Conserje · nivel 11
  • Cobrador · nivel 11

Grupo 4

  • Ayudante · nivel 12
  • Auxiliar administrativo/a · nivel 12
  • Delineante · nivel 12
  • Visitador · nivel 12
  • Rotulista · nivel 12
  • Cortador/a · nivel 12
  • Ayudante de cortador/a · nivel 12
  • Personal de oficio de 3.ª · nivel 12
  • Mozo/a especialista · nivel 12
  • Ascensorista · nivel 12
  • Telefonista · nivel 12
  • Mozo/a · nivel 12
  • Empaquetador · nivel 12
  • Repasador de medias · nivel 12
  • Cosedora de sacos · nivel 12
  • Vigilante, sereno, ordenanza o portero · nivel 12
  • Auxiliar de caja · nivel 12
  • Personal de limpieza (por hora)

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus compensatorio (sustitutivo de la antigüedad)Toda la plantilla, salvo durante el periodo de prueba y salvo quien tenía consolidados seis o más cuatrienios a 31/12/2017 (esa persona mantiene solo su antigüedad congelada «ad personam»). Proporcional a la jornada. · art. 9 y anexo de tablas64,58 € al mes en 15 pagas
Complemento de conductor/aConductores/as que realicen habitualmente funciones de cobro y/o reparto · art. 10 y anexo de tablas71,02 € al mes
Plus jornada (seis días de trabajo a la semana)Personas que trabajan de forma habitual seis días de promedio a la semana; proporcional si la jornada es parcial o reducida. Con cinco días no se cobra (la tabla lo pone a 0). · art. 20.4 y anexo de tablas125,00 € al mes en 12 pagas
Complemento por domingo o festivo de aperturaPor cada domingo o festivo de apertura autorizada (Ley de Comercio de Castilla-La Mancha) trabajado; además se descansa otro día de esa semana o la siguiente. Proporcional a la jornada si es parcial. · art. 23 y anexo de tablas («Aperturas en Domingos»)90,09 € por día
Complemento de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza · art. 1325 % sobre el salario base por hora
Gratificación especial por escaparatismoPersonas sin la categoría de escaparatista que hacen de forma habitual la ornamentación de escaparates o el cambio de prendas de maniquíes; quien cubre ausencias de escaparatistas, en proporción al tiempo · art. 3710 % sobre el salario base
Plus de distancia «ad personam» (contrataciones de 1986 o anteriores)Solo quien ya cobraba plus de distancia el 31/12/1986 y mantiene las condiciones; por día efectivamente trabajado · art. 123,03 € por día
Media dietaComisión de servicio fuera de la residencia habitual por media jornada; además se pagan los gastos justificados · art. 14 y anexo de tablas6,84 € por día
Dieta completaComisión de servicio fuera de la residencia habitual por jornada completa; además se pagan los gastos justificados · art. 14 y anexo de tablas13,67 € por día

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (festivas +150 %). Regla general: se compensan con un tiempo equivalente de descanso (art. 11). (art. 11)

Subidas pactadas: 2025: 2,5 % (2,5 % sobre las tablas de 2024 (salvo plus jornada)); 2025: 0,4 % (IPC de 2025 del 2,9 %: revisión del 0,4 % sobre las tablas provisionales, con efectos de 1/1/2025); 2026: 3 % (3 % a todos los conceptos salariales y no salariales sobre las tablas de 2025, salvo el plus jornada); 2027: 2 % (2 % sobre las tablas de 2026, salvo el plus jornada).

Revisión salarial: Al cerrar cada año, si el IPC general nacional de enero a diciembre supera el incremento pactado (3 % en 2026; 2 % de 2027 a 2030), se aplica la diferencia con un tope del 1,5 %. La comisión paritaria publica las tablas definitivas y los atrasos se pagan el mes siguiente a su publicación en el BOP. (art. 7).

Permisos pagados.

4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 24.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 24.b5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 24.b bis2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de sobrinos/as o tíos/asart. 24.c1Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 24.d1.5Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 24.e—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Bodas de padres, hijos/as, hermanos/as o abuelos/asart. 24.k1Mejora el Estatuto
Cinco horas al mes para consulta médica propia, preparación al parto, acompañamiento a especialistas, gestiones urgentes, exámenes oficiales, tutorías y averías urgentesart. 24.g—Mejora el Estatuto
Imposibilidad de acceder al trabajo por limitaciones de las autoridades, riesgo grave o fenómeno meteorológico adversoart. 24.h4Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)art. 24 bis4Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos/as titulados/as: 6 meses
  • Resto de personal: 2 meses
  • Resto de personal en empresas de menos de 25 personas: 3 meses
  • Contratos por circunstancias de la producción o de sustitución de hasta 6 meses: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Ayudante/a y Dependiente/a: 15 días
  • Resto de categorías: 1 mes

Novedades del convenio.

  • 14/8/2026 · Publicado el convenio 2026-2030 (FeSMC-UGT y FEDECO), con tablas provisionales de 2026 (+3 %).
  • 19/2/2026 · Publicadas las tablas definitivas de 2025: +0,4 % por el IPC de 2025.
  • 20/10/2025 · Publicado el convenio de 2025 (un año), con tablas provisionales de 2025.

Fuente: BOP Guadalajara de 14 de agosto de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2026 al 31/12/2030 (art. 3); se denuncia solo al vencer y mantiene ultraactividad plena. Las tablas de 2026 publicadas son provisionales (tabla 2025 + 3 %).

Es el convenio general del comercio de Guadalajara. No se aplica a las empresas que antes de 1996 firmaron acuerdos propios de sustitución de la Ordenanza de Comercio. Panaderías y sus despachos de pan tienen convenio propio.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de comercio de Guadalajara?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2030.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de Guadalajara en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 18.574,33 € brutos al año a jornada completa (Vigilante, sereno, ordenanza o portero).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de Guadalajara?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos/as titulados/as: 6 meses. Resto de personal: 2 meses. Resto de personal en empresas de menos de 25 personas: 3 meses. Contratos por circunstancias de la producción o de sustitución de hasta 6 meses: 1 mes.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

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