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Convenio Colectivo de Comercio del Metal de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para 2012 y 2013.

ProrrogadoDescargar el convenioCódigo 38100045012014

Convenio de los años 2012 a 2013 (del 1/1/2012 al 31/12/2013). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.767horas
Vacaciones30días

naturales · art. 12

Pagas extra4

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo I
TÍTULO DE GRADO SUPERIOR1.158,90 €18.542,47 €
TITULO DE GRADO MEDIO1.015,66 €16.250,52 €
AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO903,74 €14.459,85 €
Grupo II
JEFE DE PERSONAL1.090,27 €17.444,26 €
JEFE DE VENTAS1.090,27 €17.444,26 €
JEFE DE COMPRAS1.090,27 €17.444,26 €
ENCARGADO GENERAL1.090,27 €17.444,26 €
JEFE DE ALMACÉN978,35 €15.653,60 €
JEFE DE SUCURSAL1.015,66 €16.250,52 €
JEFE DE GRUPO941,05 €15.056,74 €
JEFE DE SECCIÓN903,74 €14.459,85 €
ENCARGADO DE ESTABLECIMIENTO941,05 €15.056,74 €
VIAJANTES885,09 €14.161,41 €
CORREDOR DE PLAZA847,83 €13.565,32 €
DEPENDIENTE847,48 €13.599,72 €
AYUDANTE825,35 €13.205,56 €
Grupo III
DIRECTOR1.202,19 €19.234,97 €
JEFE DE DIVISIÓN1.146,23 €18.339,64 €
JEFE ADMINISTRATIVO1.015,66 €16.250,52 €
SECRETARIO847,83 €13.565,32 €
CONTABLE CAJERO. TAQUÍGRAFO946,65 €15.146,39 €
JEFE DE SECCIÓN ADMINISTRATIVO941,05 €15.056,74 €
OFICIAL ADMINISTRATIVO903,74 €14.459,83 €
OPERADOR MÁQUINA CONTABLE885,09 €14.161,41 €
AUXILIAR ADMINISTRATIVO. PERFORISTA O GRABADOR847,83 €13.565,32 €
AUXILIAR DE CAJA856,10 €13.697,60 €
Grupo IV
JEFE DE SECCIÓN DE SERVICIOS941,05 €15.056,74 €
DIBUJANTE903,74 €14.459,85 €
ESCAPARATISTA866,44 €13.862,98 €
ROTULISTA847,43 €13.565,32 €
PROFESIONAL DE OFICIO DE 1.ª866,44 €13.862,98 €
PROFESIONAL DE OFICIO DE 2.ª840,34 €13.445,39 €
PROFESIONAL DE OFICIO DE 3.º825,35 €13.205,56 €
CAPATAZ866,44 €13.862,98 €
MOZO ESPECIALIZADO832,84 €13.325,47 €
MOZO DE ALMACÉN828,65 €13.258,38 €
Grupo V
CONSERJE761,64 €12.186,26 €
COBRADOR816,48 €13.063,71 €
PERSONAL DE LIMPIEZA FIJO755,60 €12.089,54 €
VIGILANTE. SERENO, ORDENANZA, PORTERO761,64 €12.186,26 €
PERSONAL DE LIMPIEZA POR HORAS6,80 € por hora6,80 € por hora

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

  • TÍTULO DE GRADO SUPERIOR
  • TITULO DE GRADO MEDIO
  • AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO

Grupo II

  • JEFE DE PERSONAL
  • JEFE DE VENTAS
  • JEFE DE COMPRAS
  • ENCARGADO GENERAL
  • JEFE DE ALMACÉN
  • JEFE DE SUCURSAL
  • JEFE DE GRUPO
  • JEFE DE SECCIÓN
  • ENCARGADO DE ESTABLECIMIENTO
  • VIAJANTES
  • CORREDOR DE PLAZA
  • DEPENDIENTE
  • AYUDANTE

Grupo III

  • DIRECTOR
  • JEFE DE DIVISIÓN
  • JEFE ADMINISTRATIVO
  • SECRETARIO
  • CONTABLE CAJERO. TAQUÍGRAFO
  • JEFE DE SECCIÓN ADMINISTRATIVO
  • OFICIAL ADMINISTRATIVO
  • OPERADOR MÁQUINA CONTABLE
  • AUXILIAR ADMINISTRATIVO. PERFORISTA O GRABADOR
  • AUXILIAR DE CAJA

Grupo IV

  • JEFE DE SECCIÓN DE SERVICIOS
  • DIBUJANTE
  • ESCAPARATISTA
  • ROTULISTA
  • PROFESIONAL DE OFICIO DE 1.ª
  • PROFESIONAL DE OFICIO DE 2.ª
  • PROFESIONAL DE OFICIO DE 3.º
  • CAPATAZ
  • MOZO ESPECIALIZADO
  • MOZO DE ALMACÉN

Grupo V

  • CONSERJE
  • COBRADOR
  • PERSONAL DE LIMPIEZA FIJO
  • VIGILANTE. SERENO, ORDENANZA, PORTERO
  • PERSONAL DE LIMPIEZA POR HORAS

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento personalSolo quien tuviera derecho a él por el convenio anterior; importe individual en nómina · art. 15.BImporte individual de la nómina; se incluye en las 4 pagas extra
Plus de idiomasConocimiento y empleo de idiomas acreditado con título de un centro homologado · art. 15.D15 % sobre el salario base
Plus de peligrosidadTrabajos peligrosos (parking, vigilante, sereno, vigilante jurado y otros); en desacuerdo decide la autoridad laboral · art. 15.G20 % sobre el salario base
Plus de cajaPersonal de caja que debe quedarse hasta 30 minutos tras la jornada para cuadrarla · art. 15.H39,00 € al mes en 12 pagas
DietaViajes o desplazamientos por necesidad de la empresa a otra población (sin alojamiento ni traslado) · art. 15.E16,28 € por día
Media dietaDesplazamiento por necesidad de la empresa a otra población · art. 15.E9,77 € por día
KilometrajeUso del vehículo propio para un trabajo encargado por la empresa · art. 15.F0,14 €

Horas extra: se pagan con un recargo del 150 % sobre la hora ordinaria (festivas +300 %). Dos horas de descanso por cada hora extra, a disfrutar en los cuatro meses siguientes (art. 11). (art. 11)

Revisión salarial: Si el convenio no se denuncia y se prorroga, los conceptos salariales y extrasalariales se incrementan en la misma proporción que el IPC general nacional del último año de vigencia. No se ha publicado ninguna tabla actualizada con esta cláusula. (art. 4).

Permisos pagados.

4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 13.A.a15 (18 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de padres, cónyuge, hijos o conviviente acreditadoart. 13.A.b5Mejora el Estatuto
Enfermedad grave u hospitalización de padres, cónyuge, hijos o convivienteart. 13.A.c5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)
Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º gradoart. 13.A.c2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Hospitalización o enfermedad grave de otros parientes hasta 2.º gradoart. 13.A.c5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º gradoart. 13.A.k5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Acompañar a hijos enfermos al médico o atenderlos en casaart. 13.A.d2Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijo o hermanoart. 13.A.f1Mejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 13.A.g2Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 13.A.L (remite a la ley)1Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Personal técnico titulado: 6 meses
  • Resto del personal: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Todos: 15 días

Novedades del convenio.

  • 25/3/2015 · Corregido el código del convenio: 38100045012014.
  • 11/12/2013 · Publicadas por corrección de errores las tablas salariales de 2013.
  • 11/11/2013 · Publicado el convenio del comercio del metal de Santa Cruz de Tenerife 2012-2013 (sin tablas).

Fuente: BOP Santa Cruz de Tenerife de 11 de noviembre de 2013. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vencido el 31/12/2013 y sin denunciar (REGCON: «no denunciado»): se prorroga año a año (art. 4). Sin tablas posteriores a 2013 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2013 (art. 86 ET), que quedan por debajo del SMI en casi todas las categorías, así que en la práctica se cobra como mínimo el SMI.

Es el convenio de la especialidad del metal (ferretería, efectos navales, material eléctrico, electrodomésticos, joyería y relojería, armería, fotografía, música, juguetería, muebles metálicos, maquinaria, informática y demás comercio del metal). El resto del comercio va al convenio de comercio general de la provincia si existe. Ojo: las tablas son de 2013 y nadie las ha actualizado en el boletín; casi todos los salarios quedan por debajo del SMI, que es lo mínimo que se cobra.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de comercio metal de Santa Cruz de Tenerife?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/2012 al 31/12/2013.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio metal de Santa Cruz de Tenerife en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 12.089,54 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio metal de Santa Cruz de Tenerife?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal técnico titulado: 6 meses. Resto del personal: 1 mes.

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