Convenio colectivo · Provincial · Barcelona
Convenio de transporte de mercancías de Barcelona 2026.
El convenio de transporte de mercancías de Barcelona está vigente (vigencia hasta el 31/12/2028). En 2026 el salario de tabla va de 24.833 € a 43.728 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
Revisado por Gala Worklab ·Convenio colectivo de trabajo del sector de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona (2026-2028)
Vigente del 1/1/2026 al 31/12/2028 (art. 4); publicado en el BOPB el 29/9/2026 (versión catalana y castellana). Los atrasos de 2026 se pagan con la nómina del segundo mes siguiente a la publicación (art. 6).
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Jefe de Servicio | 2.416,58 € | 15 | 43.727,85 € | Calcular neto |
| Inspector principal | 2.283,10 € | 15 | 41.603,70 € | Calcular neto |
| Ingeniero o Licenciado | 2.283,10 € | 15 | 41.603,70 € | Calcular neto |
| Ingeniero Técnico | 1.949,97 € | 15 | 36.305,70 € | Calcular neto |
| Jefe de Sección | 1.949,97 € | 15 | 36.305,70 € | Calcular neto |
| Jefe de Taller | 1.949,97 € | 15 | 36.305,70 € | Calcular neto |
| Jefe de Negociado | 1.752,00 € | 15 | 33.154,65 € | Calcular neto |
| Analista | 1.752,00 € | 15 | 33.154,65 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 45. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 45 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Tabla 2026 del convenio 2026-2028 (BOPB 29/09/2026): +3,5 % sobre 2025 (art. 6). Personal mensual: salario base y plus de convenio al mes, 12 mensualidades + pagas de junio, Navidad y marzo de 30 días de salario base y plus (art. 20) = 15 pagas. Personal de movimiento y taller: importes por día (salario base y plus diarios); limpiadora, por hora. 'anual' es el total anual de la tabla, que incluye la bolsa de vacaciones del art. 18.2 (517,50 €).
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 18).
4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 | Igual que el Estatuto | art. 34.1.a |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente | 5 | Igual que el Estatuto | art. 34.1.b |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado | 3 | Mejora el Estatuto | art. 34.1.c |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual que el Estatuto | art. 34.1.d |
| Boda de padres, hermanos o hijos | 1 | Mejora el Estatuto | art. 34.1.e |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | — | Igual que el Estatuto | art. 34.1.f |
| Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por restricciones de la autoridad o riesgo grave | 4 | Igual que el Estatuto | art. 34.1.i |
| Donación de órganos o tejidos (actos preparatorios) | — | Mejora el Estatuto | art. 34.1.j |
| Asuntos personales (preaviso de 48 horas; un día más para quien trabaja en cámaras a menos de 0 ºC) | 2 | Mejora el Estatuto | art. 34.1.k |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | 4 | Igual que el Estatuto | art. 34.1.l |
03 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
45 categorías o puestos en 4 grupos profesionales.
Grupo I 13 categorías
- Jefe de Servicio
- Inspector principal
- Ingeniero o Licenciado
- Ingeniero Técnico
- ATS
- Jefe de Sección
- Jefe de Negociado
- Analista
- Jefe de Tráfico 1ª.
- Jefe de Tráfico 2ª.
- Encargado General
- Jefe de Taller
- Contramaestre o Encargado
Grupo II 8 categorías
- Oficial 1ª
- Programador Ordenador
- Oficial 2ª
- Controlador Operador
- Encargado de Almacén
- Auxiliar Administrativo
- Perforista-Grabador
- Telefonista
Grupo III 11 categorías
- Jefe de Tráfico 3ª.
- Capataz
- Conductor Mecánico y TPC
- Conductor
- Conductor de Furgoneta
- Conductor Carret. Elev. y Grúa
- Aux. Almacén -Basculero
- Mozo Especializado
- Ayudante Mozo y Mozo Espec.
- Expendedor y Engrasador
- Mozo
Grupo IV 13 categorías
- Cobrador
- Portero y Vigilante
- Limpiadora/hora
- Ordenanza
- Subjefe o Maestro de Taller
- Encargado General
- Encargado de Almacén
- Jefe de Equipo
- Oficial 1ª.
- Oficial 2ª.
- Oficial 3ª.
- Mozo de Taller Especialista
- Peón
04 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto del personal del grupo I: 3 meses
- Resto de personas trabajadoras: 2 meses
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
05 · Novedades
Novedades del convenio.
- Publicado en el BOPB el convenio de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona 2026-2028 (subidas: 3,5 % en 2026, 3,3 % en 2027 y 3,2 % en 2028). · BOPB
- Publicado el acuerdo de la comisión negociadora que prorroga el convenio anterior hasta el 31/12/2025, con subidas del 4,75 % (2023), 4,5 % (2024) y 4,25 % (2025) y cláusula de garantía para 2024-2025. · BOPB
06 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de Barcelona?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028. Vigente del 1/1/2026 al 31/12/2028 (art. 4); publicado en el BOPB el 29/9/2026 (versión catalana y castellana). Los atrasos de 2026 se pagan con la nómina del segundo mes siguiente a la publicación (art. 6).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de transporte de mercancías de Barcelona en 2026?
El importe más bajo de la tabla 2026 es 24.832,70 € brutos al año (Limpiadora/hora).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de Barcelona?
30 días naturales al año, según el art. 18.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto del personal del grupo I: 3 meses. Resto de personas trabajadoras: 2 meses.
Fuente: BOPB de 29 de septiembre de 2026 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 13 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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