Convenio colectivo · Bizkaia
Sanidad privada en Bizkaia: sin convenio propio.
En Bizkaia no hay convenio de sanidad privada en vigor: el último convenio de eficacia general es el de 2003-2005, y el texto de 2009-2011 solo obligaba a quienes lo firmaron. Te explicamos qué se aplica y cuánto debes cobrar como mínimo.
Primero, comprueba tu nómina
Tu nómina debe indicar el convenio que te aplica tu empresa. Si figura uno (de empresa, de otro sector o de otra provincia), ese es el tuyo.
01 · Qué dice el boletín
La situación de tu sector.
- El último convenio de eficacia general de establecimientos sanitarios privados de hospitalización de Bizkaia (código 4800905, hoy 48000905011981) se firmó el 30 de marzo de 2004 y abarcaba de 2003 a 2005. FUENTE BOB n.º 86, 07/05/2004
- El convenio de 2009-2011 que se publicó en 2011 es de eficacia limitada: lo firmaron solo la asociación de clínicas privadas Aseclivi-Cebek y UGT, no llegó a la mayoría exigida por el Estatuto y por eso solo obliga a las partes que representan. No se inscribió como convenio colectivo. FUENTE BOB n.º 26, 08/02/2011
- El convenio se denunció en 2011 (inscripciones del 7 de octubre y del 1 de diciembre) y desde entonces no consta inscrito ningún convenio nuevo del sector (consulta de REGCON a 14/10/2026). FUENTE REGCON
- No existe un convenio estatal ni del País Vasco de sanidad privada que lo sustituya. FUENTE REGCON
Convenios cercanos que pueden ser el tuyo
Si tu empresa se dedica a una de estas actividades, se aplica su convenio:
- Centros de la tercera edad: convenio de Bizkaia (REGCON 48005745012006), en ultraactividad.
- Ayuda a domicilio: convenio de Bizkaia (REGCON 48004565011997), vigente hasta el 31/12/2027.
- Ambulancias: convenio de transporte sanitario del País Vasco (REGCON 86100365012019), vigente hasta el 31/12/2028.
Si ya trabajabas antes
Si ya trabajabas en el sector cuando se aplicaba el convenio: el Tribunal Supremo estableció que, cuando un convenio pierde vigencia, las condiciones que se venían aplicando a cada trabajador forman parte de su contrato y se mantienen (sentencia de 22 de diciembre de 2014, recurso 264/2014). Si tu empresa es de Aseclivi-Cebek y estás afiliado a UGT, el texto de 2009-2011 también te afectaba.
02 · Qué se aplica
Tus mínimos sin convenio.
Sin convenio aplicable rigen el Estatuto de los Trabajadores, el salario mínimo y lo que diga tu contrato, si es mejor.
| Materia | Qué te corresponde | Norma |
|---|---|---|
| Salario | Como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año. | Real Decreto 126/2026 |
| Pagas extra | Al menos dos al año, una en Navidad. | art. 31 ET |
| Vacaciones | 30 días naturales al año como mínimo. | art. 38 ET |
| Jornada | Máximo 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. | art. 34 ET |
| Periodo de prueba | Máximo 6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto; en empresas de menos de 25 personas, hasta 3 meses para quienes no son técnicos titulados. | art. 14 ET |
| Permisos retribuidos | Matrimonio, 15 días; accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar hasta 2.º grado, 5 días; fallecimiento, 2 días (4 con desplazamiento); traslado de domicilio, 1 día. | art. 37.3 ET |
| Preaviso si te vas | El que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar; sin convenio, rige la costumbre. | art. 49.1.d ET |
Actualizado el 13 de octubre de 2026. Información orientativa: si se publica un convenio del sector, esta página cambiará.
03 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Hay convenio de sanidad privada en Bizkaia?
En Bizkaia no hay convenio de sanidad privada en vigor: el último convenio de eficacia general es el de 2003-2005, y el texto de 2009-2011 solo obligaba a quienes lo firmaron. Si tu empresa no tiene convenio propio, se aplican el Estatuto de los Trabajadores y el salario mínimo.
¿Cuánto debo cobrar como mínimo en sanidad privada en Bizkaia?
Al menos el salario mínimo interprofesional de 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
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